Viernes, 14-11-08 N. COLLI
MADRID. El «caso AVE» ya tiene sentencia firme. La dictó
el Tribunal Supremo ayer, catorce años después de que, escindido del
«caso Filesa», comenzara en un juzgado de Madrid la instrucción de este
procedimiento sobre presunta financiación ilegal del PSOE. La Sala
Segunda del alto Tribunal, que estima en parte los recursos de la
Fiscalía y de la acusación ejercida por el PP, condena a la ex
coordinadora de finanzas de los socialistas, Aída Álvarez, y a su
marido, Miguel Molledo, a seis meses y un día de prisión menor y al
pago de una multa de 1.200 euros cada uno por un delito continuado de
falsedad en documento mercantil.
Tanto la ex dirigente del PSOE como su esposo fueron
absueltos al aplicar la Audiencia Provincial de Madrid el principio de
«cosa juzgada», que impide que una persona sea juzgada dos veces por los
mismos hechos. Ambos habían sido condenados con anterioridad en el
«caso Filesa» por ese mismo delito.
El Supremo admite que, al tratarse de un delito
continuado, los hechos podrían haberse juzgado en un único procedimiento
(Filesa), en lugar de quedar escindidos en dos (Filesa y AVE). Sin
embargo, rechaza que pueda aplicarse el principio de «cosa juzgada»
porque, precisamente como consecuencia del fraccionamiento de la causa
madre, el delito es el mismo pero los hechos nos son idénticos. A
cambio, impone una pena moderada que, si se sumara a la que recayó sobre
Álvarez y Molledo por «Filesa», nunca sobrepasaría la que la Audiencia
podría haberles impuesto si hubieran sido juzgado por todo de una sola
vez.
Por otra parte, el Supremo estima el recurso de Francisco
Francés Orfila y Mario Huete, a los que absuelve por considerar
prescrito el delito continuado de falsedad mercantil por el que fueron
condenados.
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