25 nov 2008

Leyes fundamentales de la estupidez humana


LEYES FUNDAMENTALES DE LA ESTUPIDEZ HUMANA.

Las leyes fundamentales de la estupidez humana.
Probablemente el mejor texto que jamás se ha escrito sobre el tema.
Primera Ley:
Siempre e inevitablemente subestimamos el número de individuos estúpidos en circulación
La cosa no es tan obvia como parece, observa Cipolla, porque:
a) Personas que nos parecían racionales e inteligentes se revelan repentinamente inequívoca e irremediablemente como estúpidas.
b) Día tras día, con monotonía incesante, uno es obstaculizado y entorpecido en sus actividades por individuos obstinadamente estúpidos que aparecen repentina e inesperadamente en los lugares y momentos menos oportunos.
Segunda Ley:
La probabilidad de que cierta persona sea estúpida es independiente de cualquier otra característica de la misma persona.
Tercera Ley (y de oro):
Una persona estúpida es una persona que causa un daño a otra persona o a un grupo de personas sin conseguir ventaja alguna para sí misma o incluso padeciendo un daño ella misma.
Cuarta Ley:
Las personas no estúpidas siempre subestiman el potencial nocivo de las personas estúpidas. Olvidan constantemente que en cualquier momento y lugar, y en cualquier circunstancia, tratar o asociarse a individuos estúpidos infaliblemente constituye un costoso error.
Quinta Ley:
La persona estúpida es el tipo de persona más peligroso que existe.
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Hay cuatro categorías de personas según el modo como se comportan en una transacción:
Incautos
Personas que con su acción se causan daño a sí mismas mientras producen un beneficio a algún otro.
Inteligentes
Personas cuyas acciones les benefician a ellos mismos y también a los otros.
Bandidos
Personas que actúan de tal modo que sacan beneficio pero dañan a los otros.
Estúpidos
Ya tenemos esta definición en la Tercera Ley.
Carlo cipolla
Si nuestros políticos tuvieran un atisbo o aliento de responsabilidad y de verguenza, dimitirían en bloque se exiliarían y devolverían todo el dinero que a gran escala han robado por su pésima gestión.
Anguita tiene razón, es hora de movilizarse y decirle a los ..... políticos que tenemos "BASTA YA Y MANOS LIMPIAS".

CREE QUE EL TIEMPO LE HA DADO LA RAZÓN





Anguita: "Me gustaría volver al Congreso y decir, ¿y ahora qué, hijos de puta?"



Julio Anguita asistía a la cena del 72 aniversario de PSUC en la que entre otras cosas se abordaba la crisis financiera que traviesa en estos momentos el sistema. En este contexto el ex coordinador de IU aseguró que le gustaría volver a ser diputado por un solo día y decir desde el estrado: ¿Y ahora qué hijos de puta?


Julio Anguita, ex secretario de IU
Anguita expuso en esta cena coloquio que la situación de crisis financiera que vivimos en estos momentos se debe fundamentalmente a las políticas neoliberales que han aplicado los sucesivos gobiernos en los últimos 30 años. El ex secretario general del PCE también quiso intervenir en la polémica y aseguró que en los años que estuvo en el Palacio de la Carrera de San Jerónimo sufría las burlas desde las filas populares y socialistas cuando trataba de exponer sus planes económicos. Frutos afirma que tuvo que escuchar cosas como fracasado o anticuado desde las bancadas del PP y el PSOE. Para Frutos lo paradójico es que aquellos que entonces se reían ahora inyectan dinero público para nacionalizar bancos

En una partida de ajedrez, todas las piezas están en el tablero, andan y se mueven el resultado al final de la partida

Sentado en quietud, sin hacer nada, llega la primavera y la hierba crece sola.
"La verdad esencial y profunda no puede expresarse con palabras, no es exclusiva de nadie, aquellos que saben no hablan y sólo hablan quienes no saben”

Negociaciones y acuerdos de éxito, el alcalde de la Isla es un gran negociador y acordador, hacen falta más alcades PSOE como éste

Costas acata la sentencia de la Audiencia Nacional y Cabodeiro pasa a ser urbano

Cabodeiro se ha convertido en zona urbana por sentencia judicial. / iñaki abella

Fotos de la noticia
G. / A IllaLa Dirección General de Costas del Estado asume, tras un largo proceso judicial, que la zona de Cabodeiro, en A Illa de Arousa, es suelo consolidado como urbano, por lo que la línea de protección del litoral debe descender de los 100 a los 20 metros. El ente decidió acatar la sentencia dictada en el mes de junio por la Audiencia Nacional y retirar el recurso de casación interpuesto ante el Tribunal Supremo, lo que ha provocado que este tribunal lo haya convertido en firme. La decisión permite que se conviertan en legalizables cuatro viviendas de Cabodeiro sobre las que pende un expediente de derribo al considerarse que se encontraban dentro de los límites de protección de Costas. La sentencia recoge que entre los vértices 39 (playa de A Sapeira) y 47 (O Furado) del deslinde marítimo terrestre efectuado en septiembre de 2001 existe un grave error al considerar como suelo rústico un entorno que contaba con todos los servicios urbanos mucho antes de la aprobación de la Ley de Costas en 1988. Una vez firme, A Illa gana más de 39.000 metros cuadrados de superficie urbanizable.David contra GoliatPara llegar a este punto, el concello de A Illa ha tenido que pasar un buen número de batallas en forma de trámites burocráticos y judiciales contra un adversario muy superior y que contaba con toda la maquinaria del Estado. La primera batalla se libró con la realización del deslinde marítimo terrestre en septiembre de 2001, un apeo al que presentaron alegaciones el concello, la cofradía, la junta de montes y varios particulares. En febrero de 2004 el Gobierno central desestima las alegaciones y aprueba definitivamente el deslinde realizado con los técnicos de Costas. En ese momento se inicia un contencioso administrativo que se resolvió el pasado 5 de julio a favor del concello. En el mes de septiembre, Costas del Estado presenta recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia. Dos meses después el concello presenta su oposición al recurso, iniciando una serie de negociaciones que llevan a Costas del Estado a retirar el recurso el 26 de noviembre. El pasado día 10, el Tribunal Supremo declara desierto el recurso de Costas y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, abriéndose un plazo de dos meses para que el ente dependiente del Ministerio de Medio Ambiente ejecute la sentencia. En caso de no ser así, el concello reclamará al Supremo que se proceda a su ejecución.El alcalde de A Illa, Manuel Vázquez, destacaba ayer la colaboración mostrada por el director general de Costas que, tras mostrarle toda la documentación urbanística que demuestra que Cabodeiro no es suelo rústico accedió a retirar el contencioso. Si bien el reconocimiento de Cabodeiro es un gran logro, más difícil se antoja el de otras zonas, como son las ubicadas en el oeste y noroeste de A Illa, cuyo deslinde marítimo terrestre fue aprobado en 1996 de forma definitiva sin que se realizara ninguna alegación por parte del antiguo Concello de Vilanova, por lo que "va a ser complicado modificarlo

Las varitas mágicas de nuestras Instituciones o el que tiene padrino se bautiza


Aviso para navegantes espabilados, las guerras se ganan con batallas y las cosas grandes empiezan por cosas muy pequeñitas, lo de VILLA PSOE, se sabrá con el tiemp0, una muestra publicada en su día por los medios de comunicación social.


Situadas en zona rústica
Política territorial derribará varias viviendas ilegales en A Illa de Arousa
Etiquetas: A Illa, ladrillo, urbanismo
Galiciae / EFE. La Consellería de Política Territorial procederá a la demolición de varias viviendas ilegales situadas en A Illa de Arousa y sobre las que pesan expedientes desde 1994 y 1996, informó la delegada en Pontevedra, Isabel Domínguez.Estas casas se encuentran "en zona rústica y con sentencia firme" de derribo por lo que al departamento autonómico le toca "el mal gusto" de tener qu ejecutar la decisión judicial, explicó Domínguez, y añadió que en el sur de A Illa todavía existen viviendas aisladas en situación irregular.A este respecto, los diputados del BNG, Bieito Lobeira y Carmen Dasilva presentaron una pregunta a la comisión de Política Territorial para conocer cuales son las soluciones que se van a dar a estos inmuebles, sobre todo teniendo en cuenta las peculiaridades de A Illa, el número de expedientes abiertos y si se van a ralentizar las medidas mientras no se llegue a una alternativa definitiva.Desde el departamento autonómico no aclararon cuántas viviendas están afectadas por las órdenes de derribo ni su situación exacta en la isla, cuyos problemas urbanísticos parecían casi resueltos a finales de 2007 con la declaración de O Cabodeiro como zona urbana y la legalización de las casas construidas en este lugar. Los antecedentes de O Cabodeiro Costas consideraba como suelo rústico la zona de O Cabodeiro (situada al noreste de la isla) en el deslinde marítimo terreste realizado en 2001 y por ello fijó una línea de 100 metros de protección del litoral.Posteriormente, la Audiencia Nacional y el Supremo ratificaron esta zona como urbana, reduciendo la franja de exclusión a 20 metros, "pero sólo en un tramo de 200 metros, apuntó la delegada provincial de Política Territorial.En concreto, la sentencia recogía que los vértices 39 (playa de A Sapeira) y 47 (O Furado) debían ser considerados como terreno urbanizable, con lo que A Illa ganó más de 39.000 metros cuadrados para la edificiación

Otra condena por Usura contra una financiera que iba embargar a los prestamistas


DIARIO INFORMACION
Primera condena por usura contra una financiera que aplicó intereses del 500%
Los afectados pidieron 16.700 euros a una empresa de créditos rápidos y se encontraron con que tenían que pagar 60.000 en seis meses.

JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ Un juez de Alicante ha aplicado la primera condena por usura contra una empresa de créditos rápidos desde el estallido de la crisis económica. El fallo, al que ha tenido acceso este diario, anula un préstamo en el que a una familia se le imponían intereses de hasta un 500 por ciento. Les dejaron 16.000 euros pero se encontraron con que tenían que pagar 60.000 antes de seis meses a otro prestamista privado, que había comprado la deuda. Ante notario, les habían obligado a firmar una letra de cambio por la que se la cedían a este prestamista. Según el fallo del juzgado de Primera Instancia número siete, las condiciones del contrato "fueron leoninas" y aceptadas por el prestatario por "su situación angustiosa", sin que conste en el contrato a cuánto ascendía el crédito principal, ni el tipo de interés que se aplicaba. La resolución no es firme y puede ser recurrida a la Audiencia Provincial.Hace cuatro meses, otro juzgado de Alicante anuló otro crédito que aplicaba intereses del 120% en un caso similar. Sin embargo, en aquella ocasión no se aplicó la Ley de Usura, y se limitaba a rebajar la cuantía de los intereses que se debían abonar.Esta vez, el juez establece que los afectados sólo paguen el dinero que se les prestó, sin que la entidad tenga derecho a cobrar interés alguno. En este caso, la familia afectada ya tenía subastada la vivienda y en cualquier momento podían ir del juzgado a echarles. El prestamista había iniciado el proceso para embargar la casa por impago y un juzgado de Torrevieja le había dado la razón. Esa sentencia no había sido ejecutada porque se había recurrido a la Audiencia. Este nuevo fallo anula la letra de cambio con el prestamista. La sentencia ha frenado este procedimiento. Asimismo, obliga a la financiera a pagar las costas del procedimiento y a que retire todas las cargas registrales del inmueble que había puesto en el Registro de la Propiedad.El caso empieza en el año 2005 cuando los afectados necesitaban con urgencia 16.700 euros y los bancos ya les habían cerrado el grifo y no daban más crédito. Se trata de una familia de origen chileno y nacionalidad sueca, que estaba afincada en Torrevieja. Sobre la vivienda ya tenían dos hipotecas, tenían pendientes letras del coche, así como pagos realizados con la tarjeta de crédito tras atravesar una mala racha. En estas circunstancias dieron con la empresa financiera que les daba la oportunidad de reunificar todas sus deudas. La financiera les ofrecía pagar todas sus letras al instante y, a través de este crédito puente, la oportunidad de refinanciar sus créditos para pagarlos durante 40 años. Esta hipoteca, que iba a ascender hasta los 100.000 euros, no se llegó a firmar ya que la financiera se quitó de enmedio cuando vendió el crédito inicial a otro prestamista. El juez indica que para estas operaciones ha de prevalecer "el verdadero espíritu animador de la operación, siendo secundaria su envoltura externa o forma".
Sentencia que supone un precedente:- El abogado de la Asociación de usuarios de bancos (ADICAE), Carlos Zarco, que ha llevado el caso explicó que con motivo de las restricciones que los bancos están poniendo a dar créditos son muchas familias las que se ven obligadas a acudir a este tipo de préstamos rápidos. "Es conveniente leerse bien y entender lo que se está firmando, porque luego pueden venir sorpresas desagradables", señaló Zarco. La ley de la usura se remonta al año 1908, pese a lo que sigue vigente. Las lagunas legales que existen en torno a estas pequeñas financieras, la han convertido en el instrumento para erradicar este tipo de conductas abusivas."Lo preocupante es que este caso se remonta al año 2005, cuando la situación económica era boyante. Con las dificultades que ponen los bancos para dar créditos, se estarán dando situaciones dramáticas", explicó Zarco. Aunque en estos momentos, este abogado tiene unas diez causas por posible usura en juzgados de la provincia, se muestra convencido de que debe haber muchos más. "Hay personas que piensan que no hay nada que puedan cambiar y lo dan todo por perdido", señaló, por lo que dijo que es importante que este tipo de sentencias tengan la máxima repercusión.

No te aburras más, engánchate a los Juegos de Messenger

Los políticos siempre utilizando al ciudadano incluso cuando hay sentencias judiciales firmes que obligan al derribo.

Nuestros políticos siempre igual , no dejan de asombrarnos desde su impunidad de ciudadanos de primera, estos brillantes servidores de la cosa pública o que se sirven de la cosa de todos, tuvierno tiempo para no hacer lo que perjudica a cientos de familias que están jugándose su vivienda habitual y con una hipoteca para años.
Ellos son los responsables, especialmente el PSOE y ahora tratan de vulnerar lo que dice una sentencia judicial firme, Sr. Alcalde menos cara y más sujección al derecho positivo, menos jeta y más exigir responsabilidades, tanto desde la vertiente disciplinaria, penal y política, son ustedes una verguenza y significan un caos para nuestra maltrecha España, en fin una verguenza que pagamos todos.

El Concello mantiene que O Piricoto puede legalizarse y pide al TSXG evitar el derribo.

Argumenta en un escrito remitido al tribunal que el Plan Xeral consolida el entorno como una zona urbanizada, y apela al proyecto de medidas correctoras para reducir el impacto del edificio .


Sobre le edificio pesa una orden de demolición del alto tribunal gallego
J. PastorizaEl Concello quema sus últimos cartuchos para evitar el derribo de la urbanización de O Piricoto. Los servicios jurídicos municipales han remitido un escrito al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en el que piden que deje sin efecto la orden de demolición que pesa sobre el edificio después de que el mismo ente judicial sentenciase que, por su volumen, es incompatible con el entorno en el que se ubica, próximo al parque de Castrelos y el Pazo Museo Quiñones de León. El incidente de inejecución planteado sostiene que el edificio es legalizable, según fuentes municipales, al señalar que tiene encaje en el nuevo Plan Xeral aprobado por la Xunta, y que éste recoge nuevos bloques residenciales cerca, lo que acreditaría que no hay agresión ambiental. Los jurídicos apelan también al proyecto redactado por el propio Concello hace dos años, que establece unas medidas para aminorar el impacto de la también llamada Colina de Castrelos.El Tribunal Supremo rechazó este verano el recurso planteado por la comunidad de propietarios del edificio contra la orden de derribo que había dictado el TSXG en junio de 2006. El fallo reactivó así el requerimiento al Concello para que proceda a la demolición "parcial o total" de O Piricoto, a fin de eliminar el impacto estético sobre el entorno. La ejecución de la sentencia podría llevar a la bancarrota al Ayuntamiento, ya que la urbanización se construyó con licencia municipal y, por tanto, legalmente. Fue la alta instancia judicial gallega la que anuló el permiso con posterioridad, lo que podría ocasionar indemnizaciones estimadas en hasta 40 millones de euros a la administración local si se echa abajo el inmueble. En la Colina residen más de un centenar de familias.Nueva bazaAnte el rechazo al recurso de los propietarios, el Concello ha decidido mantener su postura de que el edificio es legalizable y apelar a la inejecución de la sentencia. La aprobación del Plan Xeral por parte de la Xunta el pasado mes de agosto ha supuesto una nueva baza, al incluir nuevas edificaciones en ámbitos cercanos, algunos de ellos aún más próximos al parque. También se alega el proyecto de medidas correctoras, que no ha sido tenido en cuenta hasta ahora. En él se establecen una serie de actuaciones como la instalación de pantallas vegetales para reducir el impacto visual del edificio.Otra de las vías para justificar que O Piricoto puede adaptarse al entorno sin derribo pasaba por que la Consellería de Cultura avalase el proyecto de medidas. Sin embargo, el departamento se ha inhibido al alegar que la propuesta municipal es anterior a la sentencia del Tribunal Supremo que avaló la orden de demolición, por lo que entiende que queda sin efecto.Sin embargo, aún quedaría otra opción abierta. La Concejalía de Patrimonio Histórico redacta el Plan Especial de Protección de Castrelos, que sufre un largo retraso en su tramitación pero se ha reactivado en los últimos meses. El plan podría determinar que la polémica urbanización no supone una agresión ambiental al bien patrimonial, lo que daría nuevos argumentos para tratar de evitar el derribo ordenado por el TSXG.