11 jul 2009

La sentencia que desestimó las pretensiones del Alcalde de la Isla de Arosa donde se construye el caso denominado Villa Psoe.

La libertad no es con frecuencia para el hombre sino la facultad de escoger servidumbre.
Se encuentran muchos hombres que hablan de libertad, pero se ven muy pocos cuya vida no se haya consagrado, principalmente, a forjar cadenas.
Gustavo LE BON.
El Alcalde de la Isla de Arosa y sus concejales, a pesar de la justicia, han perdido,--en una sentencia demoledora-- y se ha producido en este sentido porque en nada tenían razón, y como en otras cosas tampoco tienen razón y como no corran más de prisa y su partido se apresure a resolver lo que tienen pendiente, no les va a dar tiempo a llegar a completar la legislatura presente y actualísima, y no es sólo un órdago puede llegar a ser una realidad.
Han perdido, y la sentencia ha sido fulminante, han perdido y con gran merecimiento, porque querían dar un escarmiento y cercenar lo único que tenemos los ciudadanos normales y que trabajamos todos los días : "nuestro derecho a la libertad de expresión"; han perdido y condenados a pagar todas las costas.
Señores, que nos representan y viven muy bien a costa de la política , ahora les toca a ustedes aguantar la carga del cargo y asumir responsabilidades políticas y especialmente al Sr. Alcalde, presentar la dimisión, y a mayores cumplir con sus obligaciones y entregar la documentación que le vienen requiriendo día tras día sin resultados, que deja claro sus intenciones, que no son ni más ni menos, que los administrados ciudadanos, no lleguen a conocer los documentos y los reformados que se han hecho y han permitido una mole a pie de playa adornada por una sentencia que avala la construcción después de que el Secretario certificara algo que el propio BOP del año 1991, demuestra notoria y palmaria que no es real. Tristemente y al lado ciudadanos sin poder, humildes trabajadores y que sólo conocen ganar el pan del día con sus cansadas y viejas manos asisten impasibles al derribo de sus ancestros inmuebles heredados de sus bisabuelos, esto sólo es creible en una sociedad sin justicia y sin derechos fundamentales, lo que me recuerda un viejo aserto de una universidad americana que dice: "Tendrás tanta justicia como dinero tengas para pagarla", aquí también podemos añadir, tendrás tanta justicia como partido en el que milites.

La formación Virtual, para aprender a aprender y a desaprender a lo largo y ancho de la vida.


LA FORMACIÓN ONLINE CONTINÚA AFIANZÁNDOSE ENTRE LOS INTERNAUTAS Y COMIENZA A APLICAR LAS ÚLTIMAS HERRAMIENTAS QUE APARECEN EN EL MERCADO.

Siempre se ha dicho que el saber no ocupa lugar, que no tiene límites. Y con la entrada en escena de la formación online este refrán ha cobrado más sentido que nunca.
Esta fórmula de aprendizaje, conocida como e-learning, se ha convertido en una vía perfecta para obtener o ampliar conocimientos sobre una determinada materia de forma rápida, cómoda y fácil.
La razón no es otra que el vehículo utilizado para su transmisión, Internet permite ofrecer incalculables prestaciones, las que conocemos, las que empezamos a oír y las que todavía ni nos imaginamos.
Los cursos online, que ya son algo familiar para muchas personas, no son una excepción en este sentido se están afianzado pero todavía tienen mucho que aportar.
En sus inicios, cuando empezaron a surgir los portales que incorporaban cursos de formación online, además de utilizar formatos bastante básicos, se apreciaba que pocas personas accedían a ellos por las barreras tecnológicas que existían. El acceso a Internet no era tan universal como lo puede ser hoy en día y, por lo tanto, la tecnología en sí misma constituía un freno de desarrollo.
Ahora la situación es distinta, porque este inconveniente, en gran medida, ha desaparecido. No sólo porque mucha más gente tiene ordenador en casa, sino porque es un instrumento de trabajo común y existen centros que ponen equipos informáticos a disposición de todos los ciudadanos.
Así pues, si la tecnología ya no es un problema, ¿cuáles son los retos del e-learning?
Los internautas que quieren formarse desde sus ordenadores necesitan un servicio completo que les anime a empezar y acabar un curso, porque uno de los mayores caballos de batalla que tiene este sistema es el abandono provocado por una pérdida de interés.
Evitar que esta situación se produzca depende íntegramente del promotor de la plataforma web. Depende de él, porque, aunque es la propia persona la que ha de ser constante, el responsable del portal es quien tiene que incentivar esa constancia.
Contenidos de interés, diseño atractivo, aplicaciones de última generación, una buena gestión y servicios de valor añadido, son las bases sobre las que se asienta una buena plataforma de formación online.
En lo que respecta a los contenidos, son la esencia de este tipo de iniciativas, así que han de estar perfectamente estudiados, cuidados y actualizados.
Han de ser importantes para el alumno. La respuesta a un desconocimiento existente con anterioridad. Por lo tanto, es preciso centrarse en una determinada materia, analizar las necesidades de los alumnos potenciales y crear un contenido de calidad.
Para que los cursos tengan éxito, además de este trabajo inicial, es preciso actualizar toda la información recopilada para que no se quede obsoleta.
La experiencia en este campo apunta a que las enseñanzas técnicas despiertan bastante interés entre los ciudadanos, posiblemente porque ven en ellas la oportunidad de adquirir conocimientos específicos de forma rápida.
Otras características como el diseño, las aplicaciones o la gestión son cuestiones visuales que también tienen su parcela de importancia. Es decir, la plataforma tiene que entrar por los ojos, porque siempre es más probable que una persona se detenga en un site que es atractivo, tiene herramientas interesantes y está bien organizado y gestionado.
Quizás hasta este punto es relativamente fácil posicionarse, así que hay que hacer algo más y aquí entra en juego el valor añadido. Los servicios de valor añadido pueden ser muy diversos y, entre ellos, uno de los más relevantes es el de la figura del tutor, lo que significa asesoramiento constante y actulizado.
La comunicación ocupa un papel muy importante en los servicios por la Red. En las acciones de e-learning cumple una doble función; Por un lado, establecer relaciones con otros usuarios de los cursos y, por otro, contactar con una persona especializada que resuelva dudas o sugerencias.
Por otra parte, existen otras prestaciones que también son muy valoradas por los estudiantes online.
Entre ellos cabe destacar apoyos en soporte audiovisual, que completan la información recogida en el curso y que se pueden consultar durante el desarrollo del mismo. Contenidos locutados que refuerzan el mensaje lanzado en los cursos o pequeños cuestionarios intercalados que afiancen ideas vistas anteriormente en la programación.
Finalmente, también es positivo que estas plataformas incorporen sistemas de autoevaluación, para que haya una motivación extra y los alumnos puedan comprobar el éxito de sus esfuerzos.
Todas estas características son las que hacen que un internauta se decida por una web o por otra, junto a otro factor de gran importancia: el precio. Y es que ésta es una cuestión fundamental a la hora de hacer la elección.
No hay que caer en el error de pensar que sólo los cursos de pago son de calidad, porque no es así, existen muchos portales que ofrecen formación gratuita de interés y con buenos contenidos encontrárlos es una habilidad de navegar e informarse.
El futuro del e-learning es muy prometedor, sobre todo con la incorporación a sus servicios de las aplicaciones novedosas que van surgiendo en este área, tales como las redes sociales, las técnicas virtuales o el uso del móvil, estudiar en red es una cuestión de tiempo que ya llegó.

Reforma obligatoria de los colegios profesionales

Siempre he manifestado mi protesta por la forma de organizarse y tratar a los miles de colegiados que financiamos a infinidad de colegios profesionales a los que por ley estamos obligados a pertenecer, y yo añado , a mantener; nuevamente España, aunque tarde , tendrá que adaptarse a Europa y transponer las directivas que van a modificar sustancialmente el panorama colegial, en resumen era hora ya de que se metiera mano a la inoperancia de estructuras gremiales que sólo se miran el ombligo y no dan servicios, y adaptarse a la nueva realidad universitaria con el nuevo escenario de la reforma de Bolonia EEES, de todos modos España es diferente, véremos qué pasa.
Como colegio profesional, ¿estoy obligado a implantarlo?
La Directiva 2006/123/CE establece en su artículo 6 y 8 el derecho de los colegiados (prestadores del servicio) a realizar procedimientos y trámites relativos a su profesión a través de ventanilla única y de forma telemática.Los estados miembros están obligados a transponer la presente Directiva antes de final del presente año, lo que supondrá la creación directa de una obligación para los colegios profesionales de dar respuesta a los nuevos derechos de su colectivo y la implantación de las sedes electrónicas. España está en estos momentos en ese proceso de transposición. El Boletín Oficial de las Cortes publicaba el pasado 03 de abril el proyecto de ley de transposición (proyecto de ley de Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio) con lo que se inicia el debate parlamentario.


Qué ocurrirá si no desarrollo la ventanilla única en mi colegio profesional?
La no implantación de estos requisitos supondrá por parte del colegio profesional una disminución de la efectividad en el desarrollo profesional del colectivo al que representa.Por otro lado, desde la perspectiva colegial, la no implantación de nuevas tecnologías supondrá una limitación de captación de posibles colegiados y fidelización frente a otros colectivos similares debido a que uno de los principales objetivos de la Directiva de servicios es el de fomentar el crecimiento de la economía eliminando barreras nacionales y dando la opción a los profesionales para extender operaciones en toda Europa.En cuanto a posibles sanciones, se desconocen a día de hoy dado que la Ley está aún en fase de transposición a nuestro ordenamiento jurídico.

Madurez en la gestión de requirimientos

RMM: Madurez en la Gestión de Requerimientos
Así se traduce el nombre de un modelo que Jim Heumann para IBM/Rational desarrolló en 2003, Requirements Management Maturity (RMM), y que Scott Sehlhorst yuxtapone y compara en Tyner Blain con el Capability Maturity Model Integration (CMMI).
Esta comparación es lógica, pues también se trata de un modelo de cinco niveles —aunque no hay una relación paralela entre un mismo nivel para ambos modelos—, los cuales son:
RMM Nivel 1: Requerimientos Escritos.
RMM Nivel 2: Requerimientos Organizados.
RMM Nivel 3: Requerimientos Estructurados.
RMM Nivel 4: Requerimientos Trazados.
RMM Nivel 5: Requerimientos Integrados.

Aclaro que no cuento la indefinición como nivel, aunque el modelo lo menciona.Además, RMM también promete cubrir los aspectos relacionados con la gestión de los requerimientos necesarios para evaluarse, al menos, en los primeros tres niveles de CMMI, por lo cual considero interesante su análisis por parte de las empresas para emplearlo como modelo de bajo nivel y complementar al CMMI. El documento completo en inglés, de título «The Five Levels of Requirements Management Maturity», puede descargarse desde el sitio de IBM.

REMM
“No importa si son políticos, directivos, académicos, profesionales, filántropos o trabajadores de fábrica; los individuos son ingeniosos y evaluadores maximizadores. Responden creativamente a las oportunidades que el entorno les presenta, y trabajan para relajar las restricciones que evitan que hagan lo que ellos desean hacer.
Se preocupan no solamente del dinero, sino por casi todo: respeto, honor, poder, amor, y el bienestar de otros. El desafío para nuestra sociedad, y para todas las organizaciones, es establecer las reglas de juego y los procedimientos educativos que aprovechen y dirijan la energía creativa de los REMM de modo que aumente el uso eficaz de nuestros recursos escasos. Los y las REMM están en todos lados” Michael Jensen“The Nature of Man”, 1994
.
REMM --Resourceful, Evaluative, Maximizing Model--
Michael Jensen “The Nature of Man”, 1994.

•Al individuo le interesa casi todo: conocimiento, independencia, status, amistades, medioambiente, riqueza, aprobación de los demás...
•Trade-off: siempre está dispuesto a sacrificar una porción de algo a cambio de una suficiente porción de otra cosa.
• Las preferencias poseen propiedad transitiva.
Valoración decreciente cuanto más ya poseemos del “bien”.
Deseos ilimitados
Maximización del nivel de beneficios, como objetivo intrínseco del comportamiento humano.
Restricciones: riqueza, tiempo, naturaleza, conocimiento
.• Ingeniosos: responden creando nuevas oportunidades.

REMM vs Modelos Tradicionales.
El modelo REMM toma algunos conceptos de cada uno, y rechaza otros:
• Psicológico:
– Acepta que la elasticidad por ciertos “bienes” tiene cierta regularidad mundial.
– Rechaza el concepto de necesidades absolutas
• Económico:
– Acepta que la gente es ingeniosa, interesados en sí mismo y maximizadores.
– Rechaza el concepto de que sólo les interesa el dinero o lo material.
• Sociológico:
– Acepta que la sociedad impone costos en la gente por violar normas sociales.
– Rechaza la idea de que jamás se alejarían de esas normas, sino que considera que sí se alejarían, si los beneficios son lo suficientemente grandes.
• Político:
– Acepta que la gente tiene la capacidad del altruísmo
– Rechaza el concepto de “agentes perfectos”

La videovigilancia


Derechos y deberes ante la videovigilancia
Las cámaras de vigilancia se extienden dentro de organismos públicos y empresas con fines de seguridad, pero pueden invadir la intimidad del ciudadano
Son un ojo incansable e impasible que todo lo ve. La vida pública queda registrada en las cámaras de videovigilancia instaladas en algunas calles. Su objetivo es registrar las posibles malas acciones de algunos ciudadanos, pero para ello tienen que observar todo lo que sucede: las escenas de la vida cotidiana, quién se relaciona con quién o quiénes son pareja. Las cámaras de videovigilancia acechan en las esquinas de las calles y en el interior de empresas y comercios hasta el punto de crear preocupación incluso en la Agencia Española de Protección de Datos. ¿Qué derechos tienen los ciudadanos frente a esta práctica y qué deberes los que instalan estos sistemas?

Cámaras por prevención
Las cámaras de videovigilancia se colocan en los distintos lugares con el fin de prevenir delitos o reunir pruebas para perseguir a quienes los cometan. Esta práctica plantea la disyuntiva entre una suerte de seguridad preventiva y una cesión de la intimidad de los usuarios, que pueden ser captados en momentos privados. Sólo las Fuerzas de Seguridad pueden colocar las cámaras de seguridad en la vía pública. La Ley Orgánica 4/1997 de cuatro de agosto les reserva esta atribución. Por otro lado, las que se sitúan en las carreteras dependen de las autoridades que gestionan el tráfico, como la DGT, y se encuentran obligadas a señalizar su situación.
Ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle
Por esta razón, en principio, ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle. Se tienen que limitar al entorno privado, con la única excepción de que la calle sea el único lugar posible para captar la escena deseada y siempre que el objeto de grabación pertenezca a la empresa. Un ejemplo de esta situación se produce cuando se sitúa una cámara en la calle para conseguir la perspectiva suficiente para vigilar un garaje. Inevitablemente se grabaría a las personas que pasearan por la acera en la parte correspondiente a dicho garaje.
En los lugares de trabajo también se pueden colocar cámaras y no es necesario el consentimiento de los trabajadores. Sin embargo, deben informar de que se han instalado. Según la legislación actual, hay que seguir el principio de la proporcionalidad. Es decir, que no haya un método menos invasivo para la intimidad y que se sitúen donde menos molesten a las personas. Así, no se pueden instalar en baños o vestuarios, zonas de descanso, taquillas, ni en las aulas de un colegio (salvo casos excepcionales) o en zonas donde la imagen de la persona pueda verse afectada, como los gimnasios.
Notificar la presencia de la cámara
Las empresas u organismos que instalen un sistema de videovigilancia deben notificárselo a la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD), incluso si se trata de comunidades de vecinos, tarea para la que tendrán que contratar a una empresa de seguridad privada autorizada, según la Ley de Seguridad Privada. Además, se debe designar quién será el responsable del visionado de las imágenes y qué personas están autorizadas a contemplar las mismas. Cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada.
Por otro lado, se debe señalar de forma clara la zona donde se produce la videovigilancia con "al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible", según la Instrucción 1/2006 de la AGPD. Esto no significa que se deba poner al lado de la cámara, sino que cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada. Al mismo tiempo, las empresas u organismos tienen la obligación de facilitar hojas a los ciudadanos donde se informe de los derechos de acceso y cancelación de su presencia en dichas imágenes. El propietario del sistema debe identificarse en aquellos casos en que haya varias posibilidades, por ejemplo, dentro de un centro comercial.
Si se graban y guardan las imágenes de las cámaras de videovigilancia, se debe crear un fichero y registrarlo en el Registro General de Protección de Datos de la AGPD. Las empresas se exponen a sanciones en caso de no hacerlo. Si las imágenes sólo se visualizan por un encargado de seguridad y no se registran en ningún soporte, desaparece la obligación de elaborar el fichero.
Se deben bloquear pasado un mes.
Según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD, 15/1999 de 13 de diciembre), los poseedores de estos sistemas deben garantizar la seguridad de las imágenes. Esta ley desarrollada en la instrucción 1/2006 de la AGPD explicita que se debe evitar su "alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado".
Por otro lado, los vídeos deben bloquearse como máximo un mes después del día en que se grabaron. Esto significa que una vez bloqueados sólo pueden acceder a ellos las administraciones públicas, jueces o tribunales para la "atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento" y sólo mientras prescriben éstas. Se refiere a supuestos como que se produzca un delito y éste haya sido captado por las cámaras. Entonces, se debe conservar la grabación como prueba hasta que se prescriba el plazo correspondiente, momento en que se deben suprimir los contenidos.
Las grabaciones realizadas por videocámaras domésticas, pensadas para captar momentos de ocio, se liberan de cualquiera de las obligaciones de la LOPD, igual que ocurre con las efectuadas por medios de comunicación y por otros elementos como los videoporteros.
Derechos y deberes ante la videovigilancia.
Las cámaras de vigilancia se extienden dentro de organismos públicos y empresas con fines de seguridad, pero pueden invadir la intimidad del ciudadano.
Riesgo para la privacidad
Ante el incremento del número de cámaras en entornos privados, los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia. Para ello, se debe entregar una fotografía personal reciente de forma que el responsable de la instalación pueda comparar la imagen con la que se supone que aparece en las grabaciones. Después, los responsables enviarán por escrito el momento en que se captó a la persona y lo que estaba haciendo en ese momento.
Los ciudadanos también tienen el derecho de cancelar su contenido
, que será borrado después de ser examinado por las autoridades judiciales o los cuerpos de seguridad en un plazo determinado de tiempo. En caso de la denegación de uno de estos derechos, se puede solicitar la tutela del director de la AGPD.
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia situadas en entornos privados, salvo en bancos y cajas de ahorro.
Los bancos y las cajas de ahorros constituyen una excepción porque se encuentran obligados por ley a instalar cámaras de vigilancia. Además, sólo podrán acceder a ellas las Fuerzas de Seguridad en caso de que se cometa un delito y las imágenes sólo las pueden contemplar éstas y los servicios de seguridad privada. Por esta razón, en este caso los ciudadanos no tienen el derecho de acceso y tampoco de cancelación, que se produce automáticamente cuando transcurren 15 días.
Por otro lado, desde ámbitos académicos se ha analizado el resultado de la instalación de cámaras de vigilancia en las ciudades. Por ejemplo, un estudio (PDF) llevado a cabo por el CITRIS (siglas en inglés de Centro para la Investigación en Tecnologías de la Información para el Interés de la Sociedad) y la Universidad de Berkeley en la ciudad de San Francisco (Estados Unidos), y publicado en diciembre del año pasado, determinó que no se habían reducido los crímenes violentos pero que sí habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%.
Resistencia activa ante las cámaras.
Un estudio norteamericano llegó a la conclusión de que con la videovigilancia habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%
En Estados Unidos se han formado diversos grupos que protestan ante la colocación indiscriminada de cámaras en la vía pública. Por ejemplo, el grupo Surveillance Camera Players ofrece mapas de los equipos de grabación instalados en la ciudad de Nueva York, con gráficos de cómo se distribuyen por diferentes lugares como Times Square, la Quinta Avenida, Harlem, etcétera. También dispone de mapas de otras ciudades estadounidenses, como Boston, Chicago o Portland. Entre sus actividades proponen circuitos guiados por Nueva York para ver en persona los diferentes sitios donde se sitúan las cámaras.
Asimismo, resulta curiosa una iniciativa del Institute for Applied Autonomy denominada I-See. Se trata de una aplicación web que permite encontrar las rutas más adecuadas para caminar y evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York. En la práctica, dada la proliferación de estos equipos en Manhattan, resulta muy difícil evitarlos en ciertas calles. Además, ofrecen su propio mapa de la situación de los equipos de grabación.
Acceso a las imágenes vía Internet
El servicio web I-See permite encontrar las rutas más adecuadas para evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York
La tecnología permite enviar con facilidad las imágenes captadas a través de Internet. El vídeo comprimido no ocupa mucho y la extensión de accesos ADSL y cable permite la velocidad suficiente para una buena transferencia de las imágenes. Así, el control y tratamiento del vídeo se puede producir lejos de la instalación concreta, pero el riesgo para la privacidad de las personas aumenta, sobre todo en el caso de que no se cifre la conexión de datos.
En el mercado se venden cámaras de vigilancia inalámbricas y caseras que sirven para vigilar y que también se tienen que ajustar a los preceptos de la LOPD. Conviene tener en cuenta antes de adquirir uno de estos equipos que ofrezca cifrado en su conexión (si es WPA2, mejor), de forma que se dificulte al máximo que personas ajenas accedan a los contenidos registrados por la cámara

La formación y Saramago

Formación
José Saramago

¿A dónde pretendo llegar con este plática? A la universidad. Y también la democracia. A la universidad porque deberá ser tanto una institución dispensadora de conocimientos como el lugar por excelencia de formación del ciudadano, de la persona educada en los valores de la solidariedad humana y del respeto por la paz, educada para la libertad y para la crítica, para el debate responsable de las ideas. Se argumentará que una parte importante de esa tarea pertenece a la familia como célula básica de la sociedad, sin embargo, como sabemos, la institución familiar atraviesa una crisis de identidad que la hace impotente ante las transformaciones de todo tipo que caracterizan nuestra época. La familia, salvo excepciones, tiende a adormecer la conciencia, mientras que la universidad, siendo lugar de pluralidades y encuentros, reúne todas las condiciones para suscitar un aprendizaje práctico y efectivo de los más amplios valores democráticos, empezando por el que me parece fundamental: el cuestionamiento de la propia democracia. Hay que buscar el modo de reinventarla, de arrancarla del inmovilismo de la rutina y de la descreencia, bien ayudadas, una y otra, por los poderes económico y político a los que le conviene mantener la decorativa fachada del edificio democrático, aunque nos vienen impidiendo verificar si por detrás de esa fachada subsiste todavía algo. En mi opinión, lo que queda, se usa, casi siempre, más para armar eficazmente las mentiras que para defender las verdades. Lo que llamamos democracia comienza a parecerse tristemente al paño solemne que cubre el féretro donde ya está descomponiéndose el cadáver. Reinventemos, pues, la democracia antes de que sea demasiado tarde. Y que la universidad nos ayude. ¿Querrá? ¿Podrá?
Esta entrada fue publicada el a las Junio 26, 2009 y está archivada bajo las categorías El cuaderno de Saramago. Puedes seguir las respuestas de esta entrada a través de sindicación RSS 2.0. Tanto comentarios como pings de momento quedan cerrados.