«Caso fondos reservados»: Barrionuevo y Corcuera, absueltos; Vera, condenado
La Audiencia Provincial de Madrid absolvió ayer a los ex ministros socialistas de Interior José Barrionuevo y José Luis Corcuera al estimar que no hay pruebas de que entre 1983 y 1993 autorizasen o consintiesen el desvío de fondos reservados para el pago de sobresueldos a altos cargos. Sin embargo, la Sala sí ha condenado a penas de entre diez meses y siete años de cárcel a otros cinco ex dirigentes de Interior a los que atribuye la sustracción de 775 millones de pesetas «para su enriquecimiento personal».
La Sección Quinta de la Audiencia de
Madrid, presidida por el magistrado Francisco Vieira y compuesta por
Jesús Guijarro y Arturo Beltrán, ponente del fallo conocido ayer, divide
la sentencia -acordada por unanimidad- en dos planos muy distintos. Por
un lado sostiene que, pese a haber «sospechas» y «posibilidad» de que
los ex ministros Barrionuevo y Corcuera «conociesen y consintiesen» la
malversación de los fondos reservados asignados a su Departamento, no
existe «certeza» de que ello fuese así. Por eso los absuelve.
De
otro lado, mantiene que sí hay pruebas o una conjunción lógica y
racional de indicios que le permiten aseverar que Rafael Vera, Julián
San Cristóbal, José María Rodríguez Colorado, Francisco Álvarez y José
Ignacio López se apropiaron de distintas cantidades de fondos reservados
para su «enriquecimiento personal».
NO HABRÁ AÚN INGRESOS EN PRISIÓN
La
pena más dura, siete años de prisión, ha recaído en Rafael Vera, a
quien la Audiencia condena por «sustraer para sí» 141 millones de
pesetas que invirtió en la compra, reforma y mejora de bienes inmuebles
-«valiéndose de su suegro como mero testaferro»- y por la entrega a
otros ex altos cargos de más de 600 millones.
El ex
director general de la Policía, José María Rodríguez Colorado, ha sido
condenado a seis años de cárcel por apropiarse de 89 millones de
pesetas. El ex director de la Seguridad Julián San Cristóbal, quien
admitió haberse lucrado con 66 millones, ha sido condenado a cuatro años
de cárcel al considerar el Tribunal acreditado que, al menos, se
enriqueció con 130 millones. El ex jefe del Mando Único de la Lucha
Contraterrorista, Francisco Álvarez, y el ex gobernador civil de
Vizcaya, Juan Ignacio López, han sido condenados a once y diez meses de
prisión por haber ingresado en cuentas bancarias quince y siete millones
de pesetas respectivamente.
La sentencia, de 121
folios, no es firme y ya ayer varios defensores de los condenados
anunciaron su intención de recurrirla ante el Tribunal Supremo. Tras el
fallo, el fiscal -las acusaciones no lo van a hacer- tiene ahora la
potestad de solicitar a la Sala que decrete el ingreso en prisión de los
condenados a mayores penas, pero no es previsible que esa eventual
petición llegue a fructificar, al menos hasta que la resolución adquiera
firmeza en el alto Tribunal.
Además de las penas
impuestas -iguales o inferiores a las reclamadas por el fiscal Alejandro
Luzón a excepción del caso de San Cristóbal, para quien solicitó tres
años de cárcel y ha sido condenado a cuatro-, el Tribunal ha rechazado
la petición de la acción popular que ejercía el empresario José María
Ruiz-Mateos de deducir testimonio e iniciar una investigación judicial
sobre el ex presidente del Gobierno Felipe González, su ex secretaria
Pilar Navarro, el ex director general de la Guardia Civil José Antonio
Sáenz de Santamaría y el suegro de Vera, Enrique Esquiva.
«LA CORRUPCIÓN DE AUTORIDADES»
La
sentencia inicia el relato de hechos probados recordando que había tres
cuentas del Banco de España con dotación presupuestaria para la
asignación de gastos reservados en Interior y que, sobre todo, de la
dependiente de la Secretaría de Estado «se sustraía dinero para el
enriquecimiento personal de altos cargos del Ministerio». Esta conducta
se veía facilitada porque «no existía control real externo por parte de
órganos fiscalizadores o interventores».
Además, se
considera probado que se utilizaba dinero para pagar gratificaciones o
retribuciones, al margen de la nómina, «a una pluralidad de
funcionarios» destinados en la Dirección de la Seguridad del Estado,
aunque esta circunstancia no era objeto de acusación.
El
Tribunal alaba la actuación de las instructoras que investigaron este
asunto desde 1994 y sostiene que la Administración ha actuado dentro de
la legalidad «al no declarar incluido en materia clasificada aquello
que, por su naturaleza, no debe serlo» y permitir la investigación
judicial. «Más bien al contrario -dice el fallo- lo que perjudica a la
seguridad del Estado y compromete los intereses nacionales es la
corrupción de las autoridades y funcionarios públicos, sobre todo si
cifran su impunidad en un pretendido secreto».
«Terminado
el juicio -añade- no podrá decirse seriamente que, a resultas del
mismo, se ha comprometido la seguridad del Estado ni aun que se ha
revelado secreto alguno. (...) Nada tiene que ver la investigación
patrimonial de los acusados con los servicios de Información».
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