6 may 2009

Los Jueces vulneran los principios constitucionales, hay que cambiar el sistema judicial radicalmente.

Subo este artículo de Jaime Ignacio del Burgo, por ser un artículo de brillante actualidad, narra todo con suma naturalidad y está hablando de muchos concursos de delitos que posiblemente estén ocurriendo día tras día en nuestra España actual; es imprescidimble cambios de criterios y quizás legales, pero es imprescindible respetar los derechos humanos y los constitucionales , forman parte de nuestro ordenamiento jurídico.
Constantemente desde los órganos de Interior: Delegaciones del Gobierno, Subdelegaciones, etc, sería prolijo relatar todo, se inician y filtran datos que conviertes a la presunción de inocencia en un juicio con veredicto incluido, ahí es donde debe actuar fiscalía, en fin debemos aportar por otro orden judicial copiado de los mejores, se decir, del anglosajón, tenemos una oportunidad de oro, aprovechar los cambios en el Espacion Educativo Europeo Superior --EEES o reforma de Bolonia-- para ejecutarlos y cambiar.

derecho, justicia, Francisco Caamaño, presunción de inocencia
Jaime Ignacio del Burgo - 06/05/2009

Toda persona es inocente mientras no se demuestre lo contrario en virtud de un juicio justo, rodeado de todas las garantías procesales. En eso consiste el derecho a la presunción de inocencia amparado por nuestra Constitución. Que el derecho existe no tiene duda. Sin embargo, en España, éste y otros derechos de salvaguarda de la libertad y de la seguridad de las personas, son sistemáticamente quebrantados.
Las filtraciones del sumario, por ejemplo, tienen el efecto perverso de provocar la apertura de un juicio paralelo -o mejor, linchamiento mediático- en el que la opinión pública dicta sentencia, las más de las veces condenatoria, dando por supuesta la veracidad de lo publicado. Todo ello genera una radical y absoluta indefensión.
Junto a la presunción de inocencia hay otros derechos conexos que suelen ser violados con demasiada frecuencia. Es el caso del derecho a ser informado de la acusación que justifica la apertura de diligencias penales y de la prohibición de instrucciones generales para investigar toda la vida y milagros de una persona a partir de la denuncia -a veces anónima- de un hecho delictivo concreto.
Hace unos días se publicó la noticia de que la UCO de la Guardia Civil, de quien se dice que es nuestro 'Gran Hermano', junto al CNI y la UDYCO de la Policía Nacional, recorre los comercios de una ciudad mediterránea en busca de pistas que permitan probar que el ex presidente de la Comunidad gastó sumas millonarias en decoración y obras de arte. No consta que se haya abierto ninguna investigación judicial contra el ex presidente. Pero se sabe que la Fiscalía lo tiene en su punto de mira y que ha abierto una verdadera causa general contra él, sin que el interesado haya sido informado de semejante proceder.
Más aún, son muchos los cargos políticos no socialistas que tienen la sensación de encontrarse bajo sospecha generalizada. La mayoría están convencidos de son objeto de escuchas ilegales. Lo peor de todo es que la Fiscalía anticorrupción no hace nada para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, que es su primer deber.
A esto se añaden las detenciones espectaculares de personajes públicos, siempre del PP, realizadas ante las cámaras de televisión y con un despliegue impresionante de medios policiales. Los detenidos, después varios días incomunicados, suelen acabar en prisión preventiva ante la “alarma social” que genera la gravedad de su conducta. En bastantes casos, todo queda en nada, aunque mucho tiempo después. Pero el gravísimo quebranto producido en el honor de la persona víctima de semejante linchamiento queda absolutamente impune.
Pues bien, el actual ministro de Justicia, Francisco Caamaño, catedrático de Derecho Constitucional, es un firme defensor de la presunción de inocencia. Escribió Caamaño ('La garantía constitucional de la inocencia', 2003) que la Constitución de los Estados Unidos de América prohíbe expresamente a las fuerzas de orden público “iniciar averiguaciones sobre la vida de las personas sin una ‘probable cause”. Se trata de impedir que “un ciudadano pueda verse sometido indebida e innecesariamente a una investigación policial y a un ulterior proceso judicial (lo que entre nosotros denominaríamos pena de banquillo”.
Advierte Caamaño que en nuestra Constitución no existe una garantía semejante a la norteamericana. “Por el contrario, el riesgo de una instrucción general, esto es, de una investigación genérica (sin ‘probable cause’) de la vida de una persona, tendente a la búsqueda de una hipotética conducta ilícita inicialmente desconocida, se produce no sólo en relación con la actuación policial, sino -y esto es lo realmente grave- dentro de la propia instrucción judicial, de suerte que el Juez Instructor, lejos de operar como garantía frente a instrucciones generales puede convertirse, mediante un uso indebido de sus facultades, (y así actúa, en mi opinión, cuando acuerda abrir las denominadas diligencias indeterminadas), en el primero y más peligroso inquisidor”.
Pero esta omisión constitucional “no significa que esa garantía no exista en absoluto”. “En mi criterio -añade Caamaño-, la prohibición de instrucciones generales es una garantía ínsita al derecho fundamental a ser informado de la acusación que no se limita a operar como un genuino derecho de defensa vinculado al principio contradictorio sobre el que debe articularse el proceso penal...; es también, y sobre todo, un derecho previo, presupuesto de aquél, y por el que el ciudadano tiene que saber, no ya los contenidos de la acusación sino, más sencillamente, la mera existencia de las diligencias judiciales iniciales... Se trata, también, de que con anterioridad, conozca la sola existencia del proceso, de modo que éste no pueda seguirse a sus espaldas”.
Caamaño debería desempolvar su propia doctrina. Como ministro de Justicia tiene ahora la oportunidad de impulsar la introducción en nuestro ordenamiento jurídico y nuestra praxis judicial y policial las reformas legales y las medidas necesarias para garantizar los derechos fundamentales. Asimismo, está en su mano evitar que algunos jueces y fiscales anticorrupción se conviertan en peligrosos inquisidores que, so pretexto de luchar contra ese gran cáncer de nuestra democracia que es la corrupción, vulneren los derechos fundamentales de personas que, aunque sean políticos, tienen derecho al honor y a la presunción de inocencia.