18 feb 2008

Noticia de última hora y en primicia: Presentada querella criminal contra el Presidente del Gobierno Sr. Zapatero.


Nos ha llegado fax por medio del cual nos han notificado que una asociación canaria ha presentado Querella criminal contra el Presidente actual del Gobierno Sr. Zapatero, y pongo un extracto de lo que nos han remitido:

A LA SALA SEGUNDA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO
MADRID

ASUNTO: DENUNCIA POR PRESUNTO DELITO ELECTORAL POR PARTE DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Y SECRETARIO GENERAL DEL PSOE, D. JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ ZAPATERO.
TRÁMITE: ESCRITO DE DENUNCIA ANTE LA SALA DE LO PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO.
DENUNCIANTE: D. LEONARDO SANJUÁN SANTANA, EN CONDICIÓN DE PRESIDENTE DE “AJA” (ASOCIACIÓN ACCIÓN Y JUSTICIA ANTICORRUPCIÓN).
PARTE DENUNCIADA: D. JOSÉ LUÍS RODRÍGUEZ ZAPATERO, EN CONDICIÓN DE PRESIDENTE DEL GOBIERNO Y SECRETARIO GENERAL DEL PSOE.

El Presidente del Gobierno y Secretario General del PSOE, D. José Luís Rodríguez Zapatero, el pasado domingo día 27 de Enero en la conferencia política del PSOE se comprometió, si gana las elecciones, devolver 400 euros a “todos los trabajadores” .
Estas declaraciones las realizó, en la clausura de la conferencia política que había aprobado el programa electoral socialista para las elecciones del 9 de Marzo.
Y añadió, que esta devolución se pone en marcha porque es consciente de que hay familias que tienen más dificultades debido a la subida de los precios y de los créditos hipotecarios.
La rebaja de 400 euros en la declaración de la renta será igual para todos los contribuyentes, independientemente de sus ingresos, manifestó el Presidente.
Desde un punto de vista fiscal, esta dádiva electoral es una vulneración de los principios económicos y de legalidad recogidos en la Carta Magna y Leyes concordantes; y es simplemente una compra de votos con el dinero de todos los españoles.

Premio Injuve para la creación joven.


Boletín Oficial: BOE NÚMERO 40 Fecha Publicación:15-02-2008
Sección: III. Otras disposiciones
Órgano Emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Fecha Emisión: 14-01-2008
Título:
RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2008, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan los Premios Injuve para la Creación Joven, en el año 2008.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden TAS/159/2006, de 12 de enero, («BOE» de 1 de febrero) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios Injuve para la Creación Joven» por el organismo autónomo Instituto de la Juventud; en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace preciso desarrollar el procedimiento para su concesión durante el ejercicio económico 2008.
En su virtud, esta Dirección General ha dispuesto:
Artículo 1. Régimen de la concesión.
De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, recogidas en la Orden TAS/159/2006 («BOE» de 1 de febrero), se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, los «Premios Injuve para la Creación Joven», para el año 2008:
Muestra de Artes Visuales. Cómic e Ilustración. Diseño. Composición de Música Contemporánea. Textos Teatrales «Marqués de Bradomín». Propuestas Escénicas. Narrativa y Poesía.
Artículo 2. Créditos presupuestarios y cuantía máxima de los premios convocados.
1. Los gastos que genere el desarrollo de los diferentes premios se imputarán a los créditos presupuestarios asignados al Instituto de la Juventud para el año 2008, disponibles en la aplicación presupuestaria 19.201.232 A. 486.
2. La Dirección del Instituto de la Juventud, a propuesta de los respectivos jurados, concederá los siguientes premios:
a) Muestra de Artes Visuales
1. Obra realizada: Tres premios de 5.000 euros cada uno. Seis accésits de 3.000 euros cada uno. Selección de obra para exposición, de un máximo de doce participantes.
2. Proyectos: Siete premios de 3.000 euros cada uno, como ayuda a la producción, para proyectos en fase de preproducción.
b) Cómic e Ilustración: Cuatro premios de 3.000 euros cada uno. Seis accésits de 1.000 euros cada uno. Selección de obra para exposición, de un máximo de seis participantes.
c) Diseño
1. Obra realizada: Tres premios de 4.000 euros cada uno. Selección de trabajos para exposición, de un máximo de siete participantes.
2. Proyectos: Tres premios de 2.500 euros cada uno, como ayuda a la producción, para proyectos en fase de preproducción.
d) Composición Música Contemporánea: Un premio de 5.000 euros, otorgado por el Instituto de la Juventud. Dos premios de 3.000 euros cada uno, otorgados por el Centro para la Difusión de la Música Contemporánea.
e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín»: Un premio de 6.000 euros. Dos accésits de 3.000 euros cada uno.
f) Propuestas Escénicas: Tres premios de 4.000 euros cada uno
g) Narrativa y Poesía: Un premio de 3.000 euros, por modalidad. Un accésit de 1.500 euros, por modalidad.
3. Todos y cada uno de los premios podrán ser declarados desiertos.
Artículo 3. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.
1. El objeto de la presente convocatoria es recompensar el trabajo de los nuevos y las nuevas artistas, con la finalidad de fomentar la actividad creadora, favorecer su promoción y la difusión de su obra, a la vez que propiciar su incorporación al ámbito profesional, con las siguientes condiciones, en razón de cada una de las modalidades convocadas:
a) Muestra de Artes Visuales: Se admitirá todo tipo de obra artística plástica o visual en cualquier técnica y soporte.
b) Cómic e Ilustración: Las modalidades serán el cómic y la ilustración. Se admitirán obras realizadas en cualquier técnica y soporte.
c) Diseño: Se admitirá todo tipo de trabajo de diseño: gráfico, industrial, de interiores, de moda, o cualquier otra modalidad
d) Composición de Música Contemporánea: Los participantes seleccionados/as, hasta un máximo de 30, asistirán al Encuentro de Composición de Música Contemporánea que se celebrará en el Centro Eurolatinoamericano de Juventud (CEULAJ) de Mollina (Málaga), que estará dirigido y bajo la tutoría artística de compositores/as de reconocido prestigio nacional e internacional.
Durante el Encuentro, las personas participantes presentarán su obra musical. Un grupo instrumental residente realizará un panel de lectura de un máximo de quince obras, seleccionadas previamente en reunión del jurado, de las que se elegirá un máximo de seis para ser interpretadas en el concierto/presentación. De entre estas seis obras, el jurado propondrá las tres susceptibles de ser premiadas, de acuerdo con el artículo 2, punto 2, letra d, de la presente Resolución.
e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín»: Se admitirán textos en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español. Deberán ser originales, inéditos y no estrenados.
f) Propuestas Escénicas: Se admitirá todo tipo de propuestas escénicas: interpretación teatral, danza contemporánea, performance o nuevos lenguajes.
g) Narrativa y Poesía: Se admitirá libertad de tema para ambas, y libertad de metro y rima para la poesía. Los textos, que deberán ser originales e inéditos, se podrán presentar en cualquiera de las lenguas oficiales del Estado Español.
2. Para todas las obras presentadas, deberá justificarse el haber sido ejecutadas o desarrolladas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.
Artículo 4. Requisitos para solicitar la participación.
1. Podrán solicitar su participación, de forma individual o colectiva en las modalidades artísticas convocadas –excepto en el Encuentro de Composición de Música Contemporánea– los y las jóvenes de nacionalidad española y todos aquellos y aquellas legalmente establecidos/as en España, que no superen la edad de treinta años el 31 de diciembre de 2008. En el caso de obra realizada de forma colectiva, todos sus miembros deberán inscribirse.
2. En el Encuentro de Composición de Música Contemporánea podrán participar los y las jóvenes que reúnan los requisitos del párrafo anterior y, además, aquellos y aquellas pertenecientes a nacionalidades iberoamericanas y europeas que dominen el idioma español, que será la lengua de trabajo del Encuentro. Los participantes no deberán superar los treinta y cinco años de edad el 31 de diciembre de 2008.
3. No podrán participar en esta convocatoria aquellos y aquellas jóvenes que en ediciones anteriores hubieran obtenido los premios de mayor cuantía en cada una de las diferentes modalidades convocadas.
4. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, los galardonados/as con el Premio Injuve de Composición de Música Contemporánea, en ediciones anteriores, podrán asistir y participar, si bien no podrán obtener premio alguno ni ser seleccionada su obra para ser interpretada en el panel de lectura.
Artículo 5. Solicitudes y documentación a aportar.
1. Los y las participantes en las manifestaciones artísticas convocadas solicitarán tomar parte en esta convocatoria cumplimentando el anexo I.
2. Los y las participantes en las modalidades de Textos Teatrales «Marqués de Bradomín» y de Narrativa y Poesía, además, cumplimentarán el anexo II.
3. Documentación:
3.1 De carácter general: La aportación de documentos de identificación quedará sujeta a lo previsto en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos vinculados o dependientes y su norma de desarrollo, Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad o normas que en el futuro los modifiquen o sustituyan. En caso contrario, deberán incluir, también, fotocopia del documento acreditativo de la persona solicitante.
3.2 Documentación de carácter específico para cada una de las modalidades de premios:
a) Muestra de Artes Visuales: Documentación para obra realizada y proyectos: Currículo artístico.
Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de las obras originales.
Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra original: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica.
En el caso de obras audiovisuales, se adjuntará una copia en DVD que permita su visionado tanto en reproductor de DVD como en PC. En la ficha técnica, se especificará la duración de la/s obra/s.
Documentación específica para proyectos: Cuando se trate de proyectos, el dossier deberá incluir además una breve descripción conceptual (máximo de 30 líneas), técnica y de producción del proyecto, así como una relación de los recursos propios y de posibles coproducciones y el presupuesto total estimado para su realización. Dicho presupuesto deberá especificar y diferenciar, en su caso, entre los gastos de producción propios de la obra y los gastos de producción de elementos expositivos diferenciados que se requieran en el montaje de la obra en exposición y sean fundamentales para la comprensión o identidad de la obra.
b) Cómic e Ilustración: Currículo artístico
1. En la Modalidad de Cómic: Dossier, en formato máximo de DIN A4, de un mínimo de tres trabajos, con una extensión máxima cada uno de ocho páginas.
2. En la Modalidad de Ilustración: Dossier, en formato máximo de DIN A4, de un mínimo de diez ilustraciones.
Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra origina: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica.
c) Diseño: Documentación para obra realizada y proyectos: Currículo artístico. Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de los prototipos, maquetas y proyectos realizados (en ningún caso las maquetas ni los prototipos), y material documental que se estime oportuno: esquemas, bocetos y/o planos, en soporte papel y/o vídeos en CDROM o DVD que permita su visionado tanto en reproductor de DVD como en PC.
Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de una sinopsis (máximo de 30 líneas) y de la correspondiente ficha técnica de la obra original: título, fecha de realización, dimensiones, materiales y técnica.
Documentación específica para proyectos: Cuando se trate de proyectos, el dossier deberá incluir además una breve descripción conceptual (máximo de 30 líneas), técnica y de producción del proyecto, así como una relación de los recursos propios y de posibles coproducciones y el presupuesto total estimado para su realización.
d) Composición de Música Contemporánea: Para participar en la selección del panel de lectura, se enviará una partitura de una duración aproximada de diez minutos, con las correspondientes particellas, para un grupo formado por un máximo de diez intérpretes y mínimo de seis con la siguiente plantilla instrumental: 1 flauta piccolo/flauta/flauta alto; 1 oboe/corno inglés; 1 clarinete Sib/clarinete bajo Sib; 1 fagot; 1 violín; 1 viola; 1 violonchelo; 1 contrabajo; 1 piano; 1 percusionista con los siguientes instrumentos: marimba, vibráfono, lira, campanólogo, crótalos afinados, 2 timbales (29», 26»), bombo, tamtam, tomtoms (máximo 4), templeblocks, cajas chinas (máximo 3), caja, platos suspendidos (máximo 3), plancha de trueno, cortinas (metal o bambú), claves, maracas, triángulos, castañuelas, güiro, o alguna otra pequeña percusión de uso cotidiano.
Se podrá adjuntar, asimismo, cualquier otra documentación que se considere oportuna para demostrar la calidad de su formación.
e) Textos Teatrales «Marqués de Bradomín», Narrativa y Poesía: Se podrá presentar hasta un máximo de tres textos en cada una de las modalidades.
En la modalidad de Narrativa, la extensión de las obras estará comprendida entre las 15 y 75 páginas, tamaño DIN A4, escritas por una sola cara a doble espacio. En la modalidad de Poesía, se presentarán entre un mínimo de 400 y un máximo de 500 versos.
Con objeto de que permanezca la identificación del autor/a del texto o textos en el anonimato, la documentación y el modo a presentar será:
1. Anexo II
2. En sobre cerrado, con el o los mismos lemas del anexo II, el texto o textos con los que se concurre al concurso, mecanografiados a doble espacio y por duplicado, sin firma, ni indicación alguna de autoría
3. En sobre cerrado y con el o los mismos lemas, la solicitud de inscripción del anexo I, y el currículo artístico.
f) Propuestas Escénicas: Dossier, en formato máximo de DIN A4, compuesto por imágenes de la representación o interpretación y un DVD con selección de fragmentos representativos de la obra y duración máxima de 10’, además de cuanto material documental se estime oportuno.
Cada trabajo presentado deberá ir acompañado de la correspondiente ficha técnica (título, fecha de realización, duración) y sinopsis (máximo de 30 líneas).
5. Las solicitudes y la documentación preceptiva, que no serán objeto de devolución, y en ningún caso se admitirá obra artística original; se podrán presentar en el Instituto de la Juventud (C/José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid), directamente o a través de cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. En el supuesto de no reunir las solicitudes todos y cada uno de los requisitos previstos en la presente convocatoria, se estará a lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992 citada.
Artículo 6. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes para participar en todas las modalidades artísticas convocadas finalizará a los dos meses, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «BOE».
Artículo 7. Criterios de valoración de las solicitudes.
Los Jurados seleccionarán, en todas las modalidades convocadas, bajo estricto criterio de objetividad y atendiendo a la variedad y diversidad en las líneas de trabajo y actuación de la creación artística contemporánea, en base a la calidad artística de los trabajos presentados, así como la originalidad, la investigación y la innovación creativa de los mismos.
Artículo 8. Difusión de las obras premiadas.
1. El Instituto de la Juventud producirá sendas exposiciones, sin ánimo de lucro y durante un periodo no superior a los seis meses, con las obras de los y las artistas seleccionados/as en la Muestra de Artes Visuales y en las modalidades de Cómic e Ilustración, y de Diseño.
a) Se editarán los respectivos catálogos con las obras de los artistas premiados y seleccionados que participen en la exposición. El Instituto de la Juventud podrá utilizar la reproducción de la imagen completa o un detalle de dichas obras para ilustrar las portadas de los diferentes catálogos, folletos y cartelería, u otros elementos de divulgación relativos a las exposiciones a producir.
b) También podrá organizar itinerancias con las mismas, sin ánimo de lucro, por centros y salas especializados, durante un periodo de seis meses, por lo que las obras premiadas y seleccionadas quedarán en depósito en el Instituto de la Juventud durante este plazo de tiempo.
2. En cuanto al encuentro de Composición de Música Contemporánea, el Instituto de la Juventud posibilitará que las obras premiadas y seleccionadas del panel de lectura sean interpretadas y presentadas, sin ánimo de lucro, en concierto, a la vez que editará un CD con dichas obras.
3. Del mismo modo, en el concurso de textos teatrales «Marqués de Bradomín», y certamen de Narrativa y Poesía, con carácter divulgativo y sin finalidad lucrativa, el Instituto de la Juventud, podrá editar las obras premiadas dentro de los seis meses siguientes a la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud.
De igual forma, y durante el periodo referido en el párrafo anterior, y a propuesta del jurado, el Instituto de Juventud podrá colaborar en la puesta en escena de la obra premiada en el concurso de textos teatrales «Marqués de Bradomín», con un máximo de 18.000 €.
4. Propuestas Escénicas. Durante un periodo de seis meses el Instituto de la Juventud podrá favorecer la representación de los trabajos premiados en centros y salas especializadas.
5. En la difusión de todas las obras premiadas deberá figurar el nombre del premio y la institución que lo ha concedido.
Artículo 9. Órganos competentes.
1. Los órganos colegiado y concedente serán los señalados en el artículo 6 de la Orden TAS/159/2006, de 12 de enero.
2. El órgano instructor estará formado por personal adscrito a la División de Programas del Instituto de la Juventud.
Artículo 10. Plazo de resolución y notificación.
El plazo para la resolución y notificación del procedimiento de concesión de los premios será el que determina el artículo 6.9 de la Orden de bases reguladoras.
Artículo 11. Medio de notificación o publicación.
La resolución de concesión conteniendo la relación de los adjudicatarios de los premios en cada una de las modalidades, así como la desestimación del resto de las solicitudes y, en su caso, los premios que se hayan declarado desiertos, se publicará en el Boletín Oficial del Estado mediante resolución de esta Dirección General en su calidad de órgano concedente.
Artículo 12. Recursos.
Dicha resolución de concesión pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella, en el plazo de un mes, recurso potes tativo de reposición, o también, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo, según los artículos 9, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Artículo 13. Aceptación de las normas de la convocatoria.
La participación en cualquiera de las modalidades artísticas recogidas en la presente convocatoria, implica la aceptación de estas normas.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de enero de 2008.– La Directora General del Instituto de la Juventud, Leire Iglesias Santiago.

La eficiencia de la factura electrónica.

La Factura Electrónica supone un ahorro potencial de más de 15.000 millones de euros al año en España.
El ahorro de hasta 9.000 millones de hojas de papel hace de la Factura Electrónica un importante avance en la defensa del Medio Ambiente. Con Facturae los ministerios de Economía y Hacienda, e Industria, Turismo y Comercio garantizan un formato gratuito, abierto y con las máximas garantías. El ahorro para las empresas mejorará su competitividad y productividad. La Ley de Contratos del Sector Público hará obligatoria la utilización de la Factura Electrónica con la Administración Pública. España lidera el desarrollo de la Factura Electrónica en Europa.

Planes de estudios para el sector sanitario.

El Consejo de Ministros aprueba las condiciones para los planes de estudio de los títulos de Enfermería, Farmacia, Fisioterapia y Dentista
El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro Acuerdos por los que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios de los nuevos títulos universitarios oficiales de Graduado o Graduada que habiliten para el ejercicio de las actividades profesionales reguladas en España de Enfermería, Fisioterapeuta, Dentista y Farmacéutico. Las cuatro profesiones están reguladas, asimismo, por normativa europea.
En línea con la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior, los titulados de estas carreras serán Graduados, en lugar de Diplomados o Licenciados como en la actualidad. Los planes de estudio de los títulos de Graduado o Graduada en Enfermería y en Fisioterapia tendrán una duración de 240 créditos europeos, es decir, cuatro años, uno más que en la actualidad. Los planes de estudio de Odontología y de Farmacia tendrán una duración de 300 créditos europeos.
Tras la adopción de estos acuerdos, el Ministerio de Educación y Ciencia publicará las órdenes que establecen los objetivos del título y la planificación de las enseñanzas. Después, serán las Universidades las que propondrán los nuevos planes de estudio a partir de las condiciones establecidas en este acuerdo y en las Órdenes Ministeriales. De este modo se podrá configurar una oferta competitiva y abierta a la necesidad de la sociedad más próxima a su entorno.
El pasado 14 de diciembre el Consejo de Ministros acordó las condiciones de los planes de estudios de otras dos carreras sanitarias que conducen al ejercicio de profesiones reguladas: Veterinaria y Medicina.

Jornadas sobre reconocimiento de las cualificaciones profesionales de Ingenieros.

Jornada sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de los ingenieros en el marco europeo
El colectivo de los ingenieros está organizando una jornada que, bajo el título "La movilidad de los ingenieros en Europa. El reconocimiento de las ingenierías en la Unión Europea", tratará de dar una perspectiva clara sobre el cambio de escenario al que se enfrenta esta profesión en nuestro país, de cara al proceso de europeización de las enseñanzas universitarias de ingeniería también.
La jornada, que tendrá lugar el próximo día 7 de marzo, se celebrará en el Instituto de la Ingeniería de España, y contará con ponencias tales como "Las posiciones en el Parlamento Europeo tras la transposición de la Directiva". La intención de esta jornada es clarificar todas las posturas con respecto a la Directiva de Servicios 2005/36/CE, sobre cualificaciones profesionales.

La UE, entra en el fondo de los monopolios, ahora le toca a las farmacías.

Se abre un nuevo debate sobre la liberalización de las farmacias españolas
El informe Ecorys, encargado por el comisario europeo de Mercado Interior, Charlie McCreevy, insiste en la línea liberalizadora para el sector farmacéutico que está también detrás del expediente abierto a España por su modelo de farmacia. En el mes de marzo conoceremos si, finalmente, dicho expediente es o no enviado al Tribunal de Justicia Europeo. La reacción a este informe por parte del Consejo General de Farmacéuticos no se ha hecho esperar alegando que se trata de un estudio puramente económico y donde no se tiene en cuenta para nada que las leyes del mercado no son aplicables a las oficinas de farmacia.