5 feb 2010

Aprobada la normativa de los Porteros en establecimientos públicos en Galicia

Decreto 8/2010, do 21 de xaneiro, polo que se regula a actividade de control de acceso a espectaculos publicos e actividades recreativas.

Datos
Ficha
Boletin
Diario Oficial de Galicia. Número 24 de 5 de Febrero de 2010
Sección
I. DISPOSICIONS XERAIS
Órgano emisor
CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONS PUBLICAS E XUSTIZA
Número de disposición
8/2010
Fecha de disposición
21 de Enero de 2010
Tipo de norma
DECRETO

A Lei orgánica 16/1995, do 27 de decembro, de transferencia de competencias á Comunidade Autónoma de Galicia, transfírelle a competencia exclusiva en materia de espectáculos públicos, sen prexuízo da competencia estatal sobre seguridade pública, de acordo co artigo 149 da Constitución española.
O Real decreto 1640/1996, do 5 de xullo, recolle o traspaso de funcións e servizos da Administración do Estado á Comunidade Autónoma de Galicia en materia de espectáculos públicos.
Polo Decreto 336/1996, do 13 de setembro, a comunidade autónoma asume as funcións e servizos transferidos en materia de espectáculos públicos, e procede a asignarlle as ditas funcións á Consellería de Xustiza, Interior e Relacións Laborais, que actualmente son desempeñadas pola Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, de conformidade co previsto no Decreto 79/2009, do 19 de abril, polo que se establece a estrutura orgánica da Xunta de Galicia.
Actualmente en Galicia, en materia de persoal controlador de acceso, continúa vixente o Real decreto 2816/1982, do 27 de agosto, polo que se aproba o Regulamento xeral de policía de espectáculos públicos e actividades recreativas que, no seu artigo 60, fai só unha referencia xenérica á posibilidade de que os porteiros impidan a entrada ou permanencia dos menores de dezaseis anos en determinados establecementos ou espectáculos públicos.
A actividade de control de acceso a establecementos de espectáculos públicos e actividades recreativas debe exercerse en condicións de máximo respecto e garantía para as persoas clientes, de tal xeito que en todo momento queden salvagardados os seus dereitos como usuarios/as e garantido o libre acceso en condicións de igualdade e non discriminación. Para alcanzar esta finalidade é requisito básico que o persoal encargado desta función conte coa capacitación, formación e habilitación precisas para desenvolver as súas tarefas no respecto aos dereitos e garantías expostos.
En consecuencia, cómpre superar a inseguridade xurídica que xera o baleiro normativo actual e, ademais diso, faise necesario regular a actividade de control de acceso por dúas razóns inaprazables: a primeira, para dar resposta á lexítima reivindicación que manteñen as persoas representantes dos sectores implicados sobre a urxente ordenación dos requisitos de capacitación e funcións do persoal encargado destas tarefas para alcanzar a súa profesionalización; e, a segunda e principal, porque esta regulación é demandada pola cidadanía usuaria como garantía dunha adecuada prestación de servizos de calidade.
Xa que logo, o decreto establece o seu obxecto e concreta os espectáculos, actividades recreativas e establecementos incluídos no seu ámbito de aplicación.
Así mesmo, regúlanse as funcións e os requisitos do persoal de control de acceso, que se encontra baixo a dependencia da persoa titular ou organizadora daquelas actividades, facendo especial fincapé na necesidade de que dispoña dunha habilitación, que outorgará a dirección xeral con competencia na materia tras a superación das probas correspondentes na Academia Galega de Seguridade Pública, coa finalidade de garantir o axeitado desempeño da actividade de control de acceso.
Na súa virtude, por proposta do conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, de acordo co Consello Consultivo de Galicia e logo de deliberación do Consello da Xunta de Galicia, na súa reunión do día vinte e un de xaneiro de dous mil dez,
DISPOÑO:
Artigo 1º.-Obxecto.
1. Este decreto ten por obxecto regular a actividade de control de acceso nos espectáculos públicos e actividades recreativas que dispoñan do dito servizo.
2. Así mesmo, regúlanse os criterios da habilitación e as funcións do persoal de control de acceso a establecementos de espectáculos públicos e actividades recreativas.
Artigo 2º.-Concepto.
Enténdese por persoal de control de acceso aquel que exerce as funcións de admisión e control de acceso do público ao interior de establecementos públicos, espectáculos públicos ou actividades recreativas que dispoñan do dito servizo e que se encontra baixo a dependencia da persoa titular ou organizadora destas actividades.
Artigo 3º.-Ámbito de aplicación.
1. Este decreto será de aplicación ao persoal de control de acceso que exerza esta actividade naqueles establecementos, espectáculos e actividades públicos que dispoñan do dito servizo e estean incluídos no Catálogo de espectáculos públicos e actividades recreativas da Comunidade Autónoma de Galicia, aprobado polo Decreto 292/2004, do 18 de novembro.
2. Quedan excluídos do ámbito de aplicación deste decreto aqueles establecementos públicos que se rexan pola súa normativa específica de admisión e control de acceso.
Artigo 4º.-Funcións.
1. As funcións do persoal de control de acceso son as seguintes:
a) Controlar a entrada das persoas ao establecemento público, espectáculo público ou actividade recreativa, co fin de que se realice de xeito ordenado e pacífico e non perturbe o desenvolvemento do espectáculo ou a actividade recreativa que se celebre.
b) Comprobar a idade das persoas que pretendan acceder ao local cando sexa procedente, mediante a exhibición do DNI ou de calquera outro documento acreditativo.
c) Controlar a adquisición da entrada ou localidade por parte das persoas asistentes ao establecemento.
d) Controlar en todo momento que non se exceda a capacidade autorizada.
e) Impedir o acceso das persoas que incumpran as condicións específicas de admisión fixadas polas persoas titulares ou responsables dos establecementos públicos, espectáculos públicos ou actividades recreativas.
f) Vixiar que as bebidas expedidas no interior do local se consuman dentro del e non sexan, en ningún suposto, sacadas ao exterior.
g) Prohibir o acceso do público a partir do horario de peche do local.
h) Informar inmediatamente o persoal de vixilancia, se o tivese ou, no seu defecto, as forzas e corpos de seguridade, das alteracións da orde que se produzan nos accesos ou no interior do establecemento, sen prexuízo das actuacións que poida levar a cabo co fin de velar pola integridade física das persoas e os bens, cando a urxencia o requira.
i) En caso necesario, auxiliar as persoas que se encontren feridas e chamar ao teléfono de urxencias correspondente, cando teñan que recibir asistencia médica de profesionais sanitarios.
j) Permitir e colaborar nas inspeccións ou controis regulamentarios establecidos na normativa vixente.
2. O persoal de control de acceso só poderá exercer as funcións sinaladas no número anterior, sen que, en ningún caso, poida asumir ou exercer as funcións de servizo de seguridade.
Artigo 5º.-Requisitos.
Para desempeñar as funcións de persoal de control de acceso será necesario reunir os seguintes requisitos:
a) Ser maior de idade.
b) Ter a nacionalidade española ou dalgún dos países que integran a Unión Europea ou estar en posesión do permiso de residencia e traballo correspondentes.
c) Carecer de antecedentes penais.
d) Ter coñecementos básicos das linguas oficiais de Galicia para poder atender o público en calquera delas.
e) Ter superadas as probas específicas que convoque a Academia Galega de Seguridade Pública, consistentes na realización dun test psicolóxico e un test de coñecemento sobre as materias relacionadas coas funcións propias da súa actividade, consonte o programa que figura como anexo deste decreto.
Artigo 6º.-Habilitación do persoal de control de acceso.
1. Para desenvolver a función de control de acceso deberá contarse coa habilitación da dirección xeral con competencia na materia, logo da obtención do certificado acreditativo de ter superadas as probas previstas no artigo 5º deste decreto, expedido pola Academia Galega de Seguridade Pública.
2. A dirección xeral con competencia na materia promoverá a adopción das medidas necesarias para o fomento da participación feminina nesta actividade.
Artigo 7º.-Renovación da habilitación.
A validez da habilitación a que se refire o artigo anterior será de cinco anos desde a data da súa expedición. A súa renovación requirirá a superación de novo das probas específicas e o cumprimento dos requisitos que se establecen no artigo 5º deste decreto.
Artigo 8º.-Identificación do persoal de control de acceso.
O persoal de control de acceso levará de forma visible e permanente un distintivo, expedido pola dirección xeral competente por razón da materia, que o identifique e o acredite como tal.
Artigo 9º.-Revogación da habilitación.
A habilitación para exercer as funcións do persoal de control de acceso revogarase, logo de audiencia ao interesado, cando se deixe de cumprir algún dos requisitos fixados nas alíneas b) e c) do artigo 5º deste decreto
Disposición transitoria
Única.-Réxime transitorio.
Para exercer a actividade de control de acceso exixirase dispoñer da correspondente habilitación no prazo dun ano desde a realización das probas específicas que convoque a Academia Galega de Seguridade Pública.
Disposición derradeira
Entrada en vigor.
Este decreto entrará en vigor aos vinte días da súa publicación no Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, vinte e un de xaneiro de dous mil dez.
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Alfonso Rueda Valenzuela
Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza
ANEXO
Programa
-Constitución española de 1978: dereitos e deberes fundamentais da persoa.
-Normativa do dereito de admisión.
-Normativa básica sobre follas de reclamacións.
-Nocións básicas sobre a tenza de armas nos locais de concorrencia pública.
-Normativa sobre horarios de establecementos públicos.
-Normativa sobre menores de idade e limitacións á oferta de bebidas alcohólicas e tabaco.
-Nocións básicas sobre medidas de seguridade nos establecementos de concorrencia pública: plans de seguridade, seguridade contra incendios, saídas de emerxencia e evacuación.
-Conceptos básicos de primeiros auxilios para atender situacións de asistencia sanitaria inmediata.
-Criterios de actuación en situacións de perigo para as persoas. A interactuación persoal para previr situacións de riscos específicos e os diferentes tipos de comportamentos das persoas noutras situacións previsibles

Hola Ministro, Aplíquese a defender los intereses de España, Hola Ministro.

España nunca ha tenido en su administración, -- excepto al de los Gal, Fondos Reservados, Operación Columna, Corcuera, Lasa y Zabala, etc etc. Felipe González -- una panda de aprovechados, mediocres, inservibles y vividores, y me quedo corto, con un vistazo se puede observar cómo no hacen nada ni sirven para nada, eso sí, todos los meses cobran y abusan de los privilegios que sus cargos electos le dan, formando una clase política alejada de los ciudadanos que les eligen, han logrado la existencia de una democracia sin demócratas.

Señor Ministros, explíqueme, y hágalo claro, qué pasa con el entorno de ETA, dónde está Josu Ternera etc, le puedo asegurar que esta vez no vamos a fallar en demostrar las dos varas de medir que utiliza y los medios y artificios que siempre han utilizado contra los demócratas y contra la democracia. Cuando fue el tema Roldán, pretendimos ponerlo delante de las cámaras y que toda España supiera la verdad, por minutos no lo conseguimos, por minutos fracasamos; a años vista le auguro de que seguir así en sus planteamientos pronto tendrá su merecido. Le recuerdo que se ha aprobado una PNL en el congreso el 30 de Septiembre del año 2009, y por unanimidad, y están haciendo caso omiso de un mandato del órgano de representación democrático que tenemos los Españoles, dejando claro una vez más con sus actitudes que no se puede confiar en ustedes.

EL ANÁLISIS DE LA IZQUIERDA ABERTZALE, EN BREVE

Rubalcaba prohíbe que John Carlin, autor de Invictus, entreviste a Otegi en prisión


Rubalcaba prohíbe que John Carlin, autor de Invictus, entreviste a Otegi en prisión

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba (Efe).

Carlos Fonseca.- 05/02/2010

El ministro del Interior no quiere que Arnaldo Otegi hable desde prisión justo cuando la izquierda abertzale está a punto de hacer públicas las conclusiones de su debate interno, que se espera suponga un paso más en su desmarque de ETA. Alfredo Pérez Rubalcaba ha prohibido que el periodista y escritor británico John Carlin se encuentre con el dirigente abertzale en la cárcel, pese a que éste había accedido a recibirle. Carlin es autor de “El factor humano”, libro en el que está basada la recién estrenada película “Invictus” sobre el presidente sudafricano Nelson Mandela.

John Carlin manifestó a este periódico que conoce a Otegi de sus viajes al País Vasco e Irlanda, y confirmó que éste había aceptado entrevistarse con él. Una decisión en la que también ha influido la relación del periodista con el mediador sudafricano Brian Currin, que tuvo un papel destacado durante el frustrado proceso de paz. Su participación en el mismo fue sugerida por el Congreso Nacional Africano de Nelson Mandela a los dirigentes batasunos que viajaron a Sudáfrica en busca de apoyos.

Brian Currin, con experiencia en el conflicto sudafricano y en el irlandés, es uno de los asesores del documento de debate con el que la izquierda abertzale quiere dejar clara su apuesta por la política y pretende marcar distancias con ETA, aunque sin llegar a condenar la violencia. Un debate cuyas conclusiones se conocerán este mes y del que la abogada Jone Goiricelaia ha asegurado que “no va a dejar frío a nadie”. Esta iniciativa ha sido descalificada por el Gobierno, que la considera una mera estrategia para eludir la ilegalización de sus formaciones políticas y poder concurrir a las municipales y forales del próximo año.

Apuesta política

Otegi fue juzgado la semana pasada por un delito de enaltecimiento del terrorismo durante el homenaje al etarra José María Sagarduy en 2005, y aunque se negó a condenar la violencia, en su alegato final ante el tribunal afirmó: “mi vocación, mi propuesta, mi intención y la de la izquierda abertzale es hacer una apuesta única y exclusivamente por vías pacíficas, y por ninguna otra”.

John Carlin fue corresponsal en Sudáfrica del diario británico The Independent entre 1989 y 1995, y como tal cubrió informativamente la liberación de Nelson Mandela en 1990, tras pasar 27 años en prisión, y su llegada al poder en 1995. En una entrevista días antes del estreno de “Invictus” el pasado enero manifestó que “la democracia en Sudáfrica es más estable que en España, puesto que allí no hay movimientos separatistas”. La película aborda las dificultades que tuvo Mandela para asentar la democracia en su país y sus esfuerzos para unir a blancos y negros a través del deporte. El actor Morgan Freeman encarna al popular líder africano, en una cinta dirigida por Clint Eastwood.

Entre políticos y cargos de confianza España arruinada, y no rinden cuentas por sus pésimas gestiones.

Un trabajador mantiene a dos personas más.

¿Para quién se trabaja en este país?

Cada vez menos ciudadanos tienen que financiar más y más gasto

Aumenta la carga sobre los trabajadores

Los trabajadores asfixiados por caga y la presión fiscal

Recientemente los demoledores datos del paro ofrecidos por la EPA y el Ministerio de Trabajo agravan la depresión en la que la economía española navegará durante varios años sin rumbo, en busca de una recuperación que no aparece en el mapa.

Para comprender el verdadero alcance de lo que representan realmente los 5.436.637 de demandantes de empleo (sin contar los que cobran el PER, los EREs, las prestaciones de los € 420, los que están en cursos de formación, que haría superar la cifra de los 6 millones), debemos descubrir hasta que punto la responsabilidad y la carga que soportan los que aún mantienen su empleo.

46.745.807 de personas conforman el reino de taifas español, de todas estos tan sólo 18.645.900 cuentan con empleo, es decir, el 40% de la población es la responsable de garantizar la prosperidad, sanidad, educación y riqueza para el futuro del conjunto de la nación.

Cada trabajador mantiene a 2.5 personas (el incluido), si lo prefieren ver de otra forma cada empleado sufraga los costes de 1.5 españoles aparte de si mismo.

La riqueza de un país es el fruto del trabajo de sus empresas que son las que generan el empleo gracias al cual se pagan los impuestos que el Estado gestiona a través de los presupuestos generales.

El funcionamiento es simple en una economía de mercado, los empresarios buscan oportunidades de negocio que necesitan mano de obra, ambos pagan impuestos por su actividad (sociedades, IVA, IRPF, etc.) y el gobierno lo invierte según su criterio y contrato con los electores a través de su programa electoral (pleno empleo en el caso del vencedor de las últimas elecciones).

Dentro de la población ocupada (los que trabajan) se cuentan los funcionarios, que realizan funciones de gestión y servicios básicos e imprescindibles, pero no ofrecen capacidad productiva ni riqueza al PIB nacional equiparable al del sector privado (la misión de la administración pública es administrar, gestionar y dar ciertos servicios sociales, pero no producir tecnología, generar negocios que propicien nuevos empleos o producir bienes para el consumo, exportación, etc.).

Si descontamos de los 18 millones a los 3 de funcionarios (Alemania con el doble de población posee la mitad de trabajadores públicos) nos quedan 15 millones que han de innovar, producir, invertir y vender en una economía mundializada altamente competitiva productos y servicios para mantener a 46.7 millones de compatriotas (es decir cada trabajador del sector privado, financia a 2 españoles más).

Si a estas personas (que se reducen casi a un ritmo de 100.000 al mes), les cargamos con el sustento de 2 ciudadanos más, les suben el IBI, el impuesto de circulación, tasas de basuras, aumento de las multas, el IRPF, la electricidad, el teléfono, los transportes (públicos y privados), le aumentamos la edad de jubilación... ¿Hasta qué punto pueden soportar los trabajadores el peso que la sociedad y, sobre todo, las administraciones públicas carga sobre sus espaldas?.

4 feb 2010

Ya empiezan a adaptarnos al Espacio Europeo y a la Directiva del año 2006, "Ya era hora"

Real Decreto 39/2010, de 15 de enero, por el que se derogan diversas normas estatales sobre acceso a actividades turisticas y su ejercicio.

Ficha
Boletin Boletín Oficial del Estado. Número 30 de 4 de Febrero de 2010
Sección I. DISPOSICIONES GENERALES
Órgano emisor MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Número de disposición 39/2010
Fecha de disposición 15 de Enero de 2010
Tipo de norma REAL DECRETO
Tipo de legislación Legislacion
Documento solicitado
Documento en formato PDF

Dentro de nuestro marco constitucional y, en concreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 148.1.18.ª de la Constitución y sus respectivos estatutos de autonomía, las comunidades autónomas han venido asumiendo las competencias exclusivas en materia de ordenación del turismo en su ámbito territorial, aprobando en consecuencia sus respectivas normas sectoriales reguladoras de los diferentes servicios turísticos, mientras que las normas del Estado, mantenían un carácter supletorio.

No obstante, lo dispuesto en la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, incorporada al ordenamiento interno mediante la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, a la que ha seguido la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, ha llevado a la revisión de esa normativa turística estatal, concluyéndose en que resulta precisa su derogación, para que, en el ejercicio de sus competencias, sean las propias comunidades autónomas las que adapten las correspondientes normas de ordenación conformes con la citada Directiva 2006/123/CE.

En el marco de este proceso de modificación, mediante este real decreto se derogan diversas normas reglamentarias estatales que todavía regulan, por lo menos con carácter supletorio, el acceso a algunas actividades turísticas y su ejercicio.

Se trata de decretos, reales decretos y órdenes ministeriales, en muchos casos preconstitucionales, que se considera necesario derogar expresa y formalmente para que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en el ejercicio de sus competencias, adopten las correspondientes normas de ordenación, que obviamente deberán ser conformes con lo establecido en la Directiva 2006/123/CE.

Todo ello, en cumplimiento de la obligación de incorporar la Directiva 2006/123/CE al ordenamiento jurídico español, obligación que se deduce de lo dispuesto en el artículo 249 (antiguo artículo 189) del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea y asimismo en el artículo 10 (antiguo artículo 5) del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, que dispone que los Estados miembros adoptarán todas las medidas generales o particulares apropiadas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Tratado o resultantes de los actos de las instituciones de la Comunidad.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de enero de 2010,

DISPONGO:

Artículo único. Derogación de disposiciones.

1. Quedan derogados los decretos y reales decretos que se relacionan a continuación:

a) Decreto 231/1965, de 14 de enero, por el que se aprueba el Estatuto ordenador de las Empresas y de las Actividades Turísticas Privadas.

b) Decreto 2482/1974, de 9 de agosto, de medidas de ordenación de la oferta turística.

c) Real Decreto 2877/1982, de 15 de octubre, de ordenación de apartamentos turísticos y de viviendas turísticas vacacionales.

d) Real Decreto 1634/1983, de 15 de junio, sobre ordenación de establecimientos hoteleros.

e) Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, por el que se regula el ejercicio de las actividades propias de las Agencias de Viajes.

2. Asimismo quedan derogadas las órdenes ministeriales que se relacionan a continuación:

a) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 20 de noviembre de 1964, por la que se regula el funcionamiento del Registro de Empresas y Actividades Turísticas.

b) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la ordenación turística de restaurantes.

c) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 18 de marzo de 1965, por la que se aprueba la ordenación turística de cafeterías.

d) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 28 de julio de 1966, por la que se aprueba la ordenación turística de los campamentos de turismo.

e) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 17 de enero de 1967, por la que se aprueba la ordenación de apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.

f) Orden del Ministerio de Información y Turismo de 11 de agosto de 1972, por la que se aprueba el Estatuto de los directores de establecimientos de empresas turísticas y se dictan normas sobre inscripción en el registro correspondiente

g) Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones de 14 de abril de 1988, por la que se aprueban las normas reguladoras de las Agencias de Viajes.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 15 de enero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Industria, Turismo y Comercio,

MIGUEL SEBASTIÁN GASCÓN

Gorrión angustiado de Leganés. Josmán

Gorrión angustiado de Leganés.


Lo reconozca o no, Sostenibilidad o Medio Ambiente, disminuye paulatinamente la población de gorriones en nuestra ciudad. Y encima cercaron su habita en el pasado año, y no se vio sobrevolar el vallado a ninguno, y no es una casualidad, es un enclaustramiento psicológico.

Todos los que hemos tenido o tenemos animales de compañía, sabemos, que éstos tienen su propia psiquis, porque vemos sus reacciones, su tristeza y su euforia, ante las cosas más cotidianas.

Las rejas son una frontera más psicológica que real, en su parque, en su ambiente, un hierro ajeno, una jaula... una sinrazón.


Es febrero y da el sol en tu ventana...
ya no llegan los gorriones
¿los echaron las palomas?
y un alcalde y otro alcalde
que los cercan con las rejas,
los angustian, los ahogan,
padecen un cautiverio
en la cárcel de Montoya.


Este proyecto de Ráez, *
con un cerebro de alondra,
tan sólo pudo pensar
en el óxido que aploma
una mínima esperanza.
-pepinero y cabezota-


Hoy piensan que gobernar
es subirse a una picota,
y ver que ancha es Castilla.


Feudalismo que trasnocha
en naciente democracia,
cangilones... negra noria...


leganés, 4 de febrero de 2010

José Manuel García García (JOSMAN)



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Publicado por JOSMAN. para
JOSMAN el 2/04/2010 10:38:00 AM

El posible cese y procesamiento de Garzón predice un cambio en el país, La justicia puede empezar a funcionar.

Inminente suspensión del juez Garzón por el 'caso de las fosas'

3 feb 2010

Josman relata sus memorias.

Cayo Lara (IU)
En las primeras elecciones democráticas, asistí a un mitin con mi padre, hablaba Santiago Carrillo, y le dije a mi padre: Papá que bien ha hablado, y cuántas verdades ha dicho. Mi padre me contestó, "Es que este nunca canta en bastos" interpreté que quería decir que no iba a ganar las elecciones y por ello, podía decir la verdad. No cantar era no gobernar...
Eso le pasa a Cayo Lara, es el que dice más verdades, ¿pero gobernará en 2012?



Silva el tren, ¡peligro!

habla Zapatero, ¡cuidado!

lo hace Rajoy, ¡échate a un lado!


¿Y estos aman al pueblo?

mejor silencio, callaros...

Cuando el perro ladra

siempre esconde algún pecado.


Sube el pan y la aceite...

Y el perro de mi huerto

siempre ladra a los gatos,

uno por hueso de más

otros, raspa de pescado...


Habla Cayo Lara,

¡escuchemos y aprendamos,

siempre dice la verdad

el que nunca canta en bastos!


José Manuel García García (JOSMAN)


--
Publicado por JOSMAN. para
JOSMAN el 2/03/2010 09:24:00 AM

La Banca y el PSOE, un matrimonio bien avenido, Vivan los trabajadores.


Zapatero con la banca en Moncloa.

No nos merecemos la banca ni el Gobierno que tenemos

Viva la banca... y el PSOE

A los españolitos de a pie no le perdonan ni un céntimo

Javier Nart, 02 de febrero de 2010 a las 12:41
¿Aún hay alguien que tenga la desvergüenza de señalar a nuestra banca con dedo acusador?Emiliootín.

Tenemos una banca que no nos merecemos. Amable y comprensiva que nos quiere como una madre. Érase que se era un cliente al que se le concedió por una entidad bancaria un crédito.

Llegado su vencimiento, hace 15 años, quedó una parte sustancial pendiente de pago, 2,5 millones de euros, cantidad que, con sus intereses, alcanzaba la cifra de 6,7 millones. Desde entonces no se pagó ni un céntimo de euro. Desaparecido el delito de usura (la llamada “Ley Azcárate”), la banca en toda impunidad puede aplicarle al españolito de a pie razonables intereses de hasta el 25%. Aquí eran sólo del 19%.

Pues bien, nuestra caritativa banca decidió no sólo rebajar el 80% de los intereses de la deuda hasta el año 1999, ¡¡sino todos los intereses desde esa fecha hasta la actualidad!! ¿Aún hay alguien que tenga la desvergüenza de señalar a nuestra banca con dedo acusador? ¿No es ésta una conducta ejemplar, digna de nuestra admiración y alabanza? Lamentablemente este es un caso aislado. No se repite con frecuencia.

Solamente en casos contados y aplicable a deudores exquisitos merecedores de toda consideración: al Partido que se dice Socialista y Obrero, siendo ciertamente Español. Porque a usted y a mí, y al lucero del alba, la banca aplica con rigor cartesiano, con fría determinación los intereses pactados.

Me refiero a los del 19 (o 25%). Justa penitencia al pecado. Pero claro, hay diferencias. Los españolitos de a pie no contamos con un argumento definitivo: el Boletín Oficial del Estado. A propósito, ¿se han preguntado ustedes por qué razón la banca no cuenta con limitación alguna para establecer sus comisiones de gestión o sus intereses de demora? Pongamos un ejemplo: un amigo mío solicitó un cheque bancario de 100.000 euros contra su propia cuenta corriente. Por 15 segundos de trabajo del funcionario de la banca le cargaron 400 euros. No nos merecemos la banca que tenemos. Ni tampoco al Gobierno.

NOTA. Este artículo fue originalmente publicado en La Gaceta.

Publicado el reconocimiento a los UMEDOS del ejército.

Ya era hora, tarde pero ha llegado el reconocimiento a los UMEDOS del ejército, ahora toca con los UMEDOS de la Guardia Civil y el cumplimiento de la Proposición No de Ley aprobada el 30 de Septiembre del año pasado 2009, que está vagando en el cajón en la DGGC, la justicia debe ser rápida e inmediata ,sino, sólo son parches y claros oportunismos políticos que no reparan heridas.

Reconocimiento a los miembros de la Unión Militar Democrática (UMD).


Orden 431/01548/10

El 1 de abril de 2009 la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley, por la que se instaba al Gobierno a iniciar las actuaciones necesarias para rendir homenaje a los militares que colaboraron decididamente en el proceso de evolución hacia un régimen democrático en España con especial reconocimiento a aquellos que en defensa de esos ideales arriesgaron su carrera y promoción profesional e incluso su libertad personal como miembros de la Unión Militar Democrática (UMD) y a hacer públicos con precisión sus sacrificios personales y profesionales.

Para dar cumplimiento a la proposición no de ley, el 4 de diciembre del 2009 el Consejo de Ministros aprobó una declaración institucional de reconocimiento a miembros de las Fuerzas Armadas en la transición a la democracia con especial mención a la Unión Militar Democrática (UMD). Por todo ello para hacer visible la especial mención a los miembros pertenecientes a la UMD.

En atención a los méritos y circunstancias que concurren en el personal a continuación relacionado, se le concede las recompensas militares que para cada uno se expresan.


Los colegios profesionales no son los únicos en el mercado, deben adaptase si quiere sobrevivir al espacio económico global

Reproduzco un artículo corto y resumido de los cambios que se avecinan en España, debido a la adaptación a la directiva 2006-123-CEE, que por imperativo legal y aplazando hasta el último minuto aprobó en Noviembre diciembre nuestra administración , normas conocidas como Ley Paraguas y Ley Omnibus. Siempre pensé, y especialmente desde que se aprobó la reforma de Bolonia --1999- que el mercado no puede estar monopolizado y que un título no hace una profesión , sino que puede hacer muchas y en ese sentido trabajé desde mi puesto de responsabilidad como cabeza visible en el consejo de Gobierno de la UNED desde que fui elegido; logrando gracias a la colaboración de los órganos rectores que se apoye el saber hacer, no sólo el saber, y que se otorguen los títulos de especialistas universitarios con capacitación profesional. -- Como se viene haciendo en la actualidad con el INCUAL--. Esta reforma es vital y se apoya en la selección de los más aptos, en las teorías de la evolución y de la mejora y de la libre competencia, no se puede admitir que para restringir derechos humanos y fundamentales , nos apoyemos en nuestras titulaciones universitarias, para vapulear o robar a nuestros clientes, que además reciben un servicio en muchísimos casos carentes de los más elementales grafismos de profesionalismo. Como ejemplo multitud de casos que van a ser vapuleados en breve al no tener un bien jurídico superior a proteger, salvo hacer adinerados a los de siempre: Administraciones de loterías, taxistas, autoescuelas, Cursos de reeducación y recuperación por puntos, farmacias, Procuradores, Abogados, Visados, Estancos, etc. tantos y tantos ejemplos que por el mero hecho de ampararse en leyes incompetentes e inconstitucionales nos alejan de progreso y de la competencia en el marco de la excelencia que el mercado global nos impone y nos exige.

COMPETENCIA Y SERVICIOS PROFESIONALES

LUIS BERENGUER FUSTER. Pte del Tribunal Defensa Competencia de España


La Directiva fue aprobada limando algunas de sus aristas más problemáticas (de forma acertada en su no aplicación a los derechos sociales, si bien no puede decirse tanto en las exclusiones de otros servicios, verbigracia en el sector de las farmacias) y antes de final de año deberían adaptarse las legislaciones nacionales. Y, lógicamente, los lobbies de quienes veían en peligro sus privilegios se han puesto a cabalgar de nuevo, arrastrando extrañamente opiniones que uno podía pensar más ecuánimes o, mejor dicho, más preocupadas por el interés general que por los intereses de unos pocos.
Pero en cualquier caso el debate siempre es positivo y servirá para poner a cada uno en su sitio, para que los ciudadanos conozcan cuales son los efectos de cada reforma, de cada modificación legislativa. Vaya como ejemplo que recientemente han aparecido en estas páginas varios artículos referidos a los cambios que deben afrontar las profesiones colegiadas y los Colegios Profesionales ante dicha transposición de la Directiva de Servicios. Es éste un debate fundamental por la importancia de este sector en la economía española, y que no sólo debe preocupar a los profesionales afectados, sino que interesa a todos los usuarios, reales o potenciales, de los servicios profesionales. Es decir a todos.
Me gustaría empezar señalando los límites del debate planteado. En primer lugar, lo que tenemos que tener en mente no es la preocupación y los intereses de los operadores económicos y colectivos que dominan en ciertos sectores a día de hoy. Lo que deberíamos pensar es cuál es la mejor regulación de esos sectores para lograr que haya mejores servicios y más baratos para los consumidores y que, al mismo tiempo, aumente la actividad económica y se cree más empleo (éstos son, en definitiva, los beneficios de la competencia). Está claro que siempre encontraremos resistencias de los colectivos que gozan ahora de una situación privilegiada: a ellos sólo cabe ofrecerles una transición más o menos organizada hacia un entorno de mayor competencia que, a largo plazo, es inevitable.
En segundo lugar, no se trata de discutir sobre si los Colegios Profesionales deben o no seguir existiendo. La discusión básica es sobre los requisitos de acceso a determinadas profesiones y si la colegiación ha de ser obligatoria para ejercerlas o no. Es preciso romper con la unión automática de una profesión y un título. Sin perjuicio de que, en algunos casos, el interés general pueda justificar que una determinada profesión sólo sea ejercida por los poseedores de una titulación concreta, no debe ser ese el caso general, sino la excepción; de tal forma que se permita que profesionales con titulaciones diversas puedan competir en el mismo mercado.
Sólo en el caso, pues, de que razones de peso de interés general justifiquen la limitación de acceso a una determinada profesión, ésta tendrá razón de ser. Introducir barreras artificiales va contra la competencia, contra lo dispuesto en la Directiva de Servicios y, más en general, en contra del espíritu de nuestro tiempo. Y lo que es más importante: acaba perjudicando a los usuarios de esos servicios, es decir, a todos nosotros. Y me gustaría ilustrar con ejemplos concretos lo que quiero decir.
En una ocasión, en Extremadura, la apertura de una joyería tuvo que retrasarse casi dos años hasta que los Tribunales sentenciaron que el decorador era un profesional competente para firmar el proyecto de reforma del escaparte, porque el Ayuntamiento del lugar consideraba que debía estar firmado por un aparejador y no por un decorador (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 12 de septiembre de 2002).
Los Colegios de Ingenieros Industriales y el de Ingenieros de Telecomunicaciones llegaron hasta el Tribunal Supremo tratando de atribuirse en exclusiva la firma del proyecto de instalación de antenas de la TDT. Finalmente, el Tribunal afirmó que cualquier ingeniero puede firmar el proyecto de instalación de antenas de TDT (Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2007).
Los Colegios de Ingenieros de Caminos consideraban, por su parte, que un proyecto de instalación de una gasolinera debería ir firmado por un ingeniero de caminos, canales y puertos (superior) o bien por cuatro ingenieros técnicos de obras públicas, uno por especialidad: uno de obras hidráulicas, otro de tráfico, otro de obras civiles, y otro de comunicación y transporte. Llegaron hasta el Tribunal Supremo para tratar de atribuirse en exclusiva la firma de estos proyectos. El Tribunal falló, sin embargo, que cualquiera de ellos (el superior o el técnico) puede firmar estos proyectos (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2000).
Sobre estos variados temas ha informado la Comisión Nacional de la Competencia ocasionando no pocas reacciones contrarias por parte de representantes de algunos (que no de todos pues hemos encontrado un buen número de adhesiones; también entre Colegios Profesionales) Colegios. Pero algunas de estas reacciones ponen de manifiesto lo que se encuentra detrás. El Presidente de un Consejo Superior de Colegios de Ingenieros, ante nuestras propuestas de eliminar la recomendación de honorarios y los visados porque encarecían los servicios, se permitió comentar en la prensa: "Si no es obligatorio el visado y no podemos aprobar tarifas, ¿de qué vamos a vivir?". Más claro, agua.
Estos ejemplos sirven para ilustrar el sinsentido de estas compartimentaciones artificiales o del mantenimiento de trámites que sólo sirven para retrasar y encarecer los servicios y que somos todos nosotros los que acabamos padeciendo estas rigideces, por medio de un servicio peor y unos precios más caros que si hubiera competencia entre los mejores profesionales para la prestación de servicios profesionales

La falta de Inteligencia de nuestro Gobierno y el cotinuo coqueteo con Josu Ternera superará el esperpento del GAL.

IMPUTADOS DOS ALTOS CARGOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

El PP y oficiales de la Guardia Civil serán acusación conjunta en el 'chivatazo' a ETA

El PP y oficiales de la Guardia Civil serán acusación conjunta en el 'chivatazo' a ETA


El Partido Popular ha conseguido su objetivo y podrá ejercer la acusación popular en el caso del ‘chivatazo’ a ETA, que los populares han convertido en casus beli contra el Gobierno en el arranque del nuevo periodo de sesiones. Los populares tendrán que compartir la acusación con la Unión de Oficiales (UO) de la Guardia Civil, una asociación profesional de la escala de oficiales con representación en el Consejo de la Benemérita. Esta acusación conjunta se suma a las acciones populares que desde hace más de tres años ejercen la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia.

La dirección letrada le corresponde desde esta semana el abogado Guillermo Regalado, en representación del PP. Alicia Martín, la procuradora, ha sido designada por la UO. Un portavoz oficial de la Benemérita manifestó a este diario que es perfectamente compatible la personación de dicha organización profesional en la causa, pese a que en la misma están imputados el ex director general de la Policía, Víctor García Hidalgo, y el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamies. La UO asegura que su intención exclusiva es “defender el honor e integridad de las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado" y afirma que el 'chivatazo' "no es cuestión entre partidos, sino un auténtico asunto de Estado". El problema es que entre los sospechosos del mismo están altos cargos del departamento y del Cuerpo "hermano".

Munición contra el Gobierno

La personación del PP en la causa le permite tener acceso a toda la instrucción, salvo la documentación que el juez mantiene ‘secreta’ en una pieza separada que alude a la conexión entre ‘el chivatazo’ y el último proceso negociador con ETA. El contenido del sumario dará abundante munición al principal partido de la oposición para atacar al Gobierno de Rodríguez Zapatero y, en particular, a su ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, su particular bestia negra.

El PP y la UO aspiraban a ejercer la acción popular de forma independiente, pero el juez Baltasar Garzón se opuso a ello y les invitó a sumarse a Dignidad y Justicia o la AVT. La personación de una tercera acusación ha causado sorpresa por el momento en el que se produce, casi cuatro años después del ‘chivatazo’, y cuando el fiscal de la causa había reclamado el archivo de la misma y el magistrado debía decidir sobre la misma o continuar con la investigación. El recurso de apelación fue resuelto la pasada semana por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal que aceptó la personación de ambos pero bajo una misma dirección letrada.

La nueva acusación ha reclamado al juez, entre otras pruebas, los informes policiales relativos al número de teléfono 6481XX190, que era utilizado por García Hidalgo y vincula el ‘chivatazo’ con la negociación con ETA durante el frustrado proceso de paz. También ha solicitado que se facilite la respuesta que el Ministerio del Interior dio a la comisión rogatoria 21/2007 cursada por la jueza francesa Laurence Levert para identificar al titular del citado móvil.

Nuestra casta política que sirve al ciudadano todavía está cobrando y de vacaciones de Navidad.

LOS DIPUTADOS SE REINCORPORAN LA SEMANA QUE VIENE, TRAS 48 DÍAS DE DESCANSO

Todavía es Navidad en el Congreso: el prometido recorte de las vacaciones cae en el olvido


Todavía es Navidad en el Congreso: el prometido recorte de las vacaciones cae en el olvido

Imagen del hemiciclo del Congreso casi vacío (Efe).

El PSOE y el PP se comprometieron hace ahora un año a estudiar cómo recortar las vacaciones parlamentarias y ampliar los periodos de sesiones del Congreso. Pero su promesa ha caído en el más absoluto olvido. Los 350 diputados de la Cámara Baja no volverán a ocupar sus escaños en la Carrera de San Jerónimo hasta el próximo 9 de febrero. Para entonces, la inmensa mayoría de ellos habrá disfrutado de 48 días de vacaciones navideñas, ya que el último pleno se celebró el pasado 22 de diciembre, cuando se aprobaron los Presupuestos Generales del Estado.

El 25 de febrero del pasado año, y ante la creciente presión de la opinión pública y los medios de comunicación por las privilegiadas vacaciones de los diputados y las habituales escenas de un hemiciclo semivacío, la Junta de Portavoces se comprometió a encargar un informe a los servicios jurídicos del Congreso para abordar la ampliación de la actividad de la Cámara a enero y julio, considerados meses inhábiles. Pero ese informe, según confirmaron ayer a El Confidencial fuentes parlamentarias solventes, ni siquiera llegó a solicitarse. Y ningún grupo parlamentario ha demostrado desde entonces el menor interés en resucitar tan incómodo asunto.

La falta de voluntad política para emprender esa reforma es más que patente. La Presidencia del Congreso, el PSOE y el PP no supieron explicar ayer a este periódico si el mencionado informe había sido ya redactado o aún era objeto de estudio por parte de los servicios jurídicos. Ni siquiera sabían que no llegó a encargarse porque la Junta de Portavoces olvidó trasladar su acuerdo a la Mesa -el órgano de gobierno que preside José Bono- para que tramitase la petición.

Reforma constitucional o cambio del reglamento

Los servicios jurídicos debían determinar si para ampliar el periodo de actividad del Congreso era necesario modificar la Constitución o bastaba con reformar el reglamento de la Cámara. El artículo 73 de la Carta Magna fija dos periodos ordinarios de sesiones al año: el primero de febrero a junio y el segundo de septiembre a diciembre. El principal obstáculo para la reforma constitucional es que, cuando menos, requiere el apoyo de los dos grandes partidos -PSOE y PP-, ya que es imprescindible una mayoría de tres quintos para que salga adelante.

En cuanto al anquilosado reglamento del Congreso -que desarrolla fielmente lo estipulado en la Constitución-, lo cierto es que todos los gobiernos, desde Felipe González, se han comprometido a cambiarlo, pero ninguno se ha atrevido jamás a hacerlo.

Una semana antes de que la Junta de Portavoces acordase que los servicios jurídicos elaborasen ese informe fantasma, la portavoz del PP en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, aseguró que su grupo parlamentario estaba estudiando "seriamente" plantear una reforma de la Constitución para que los meses de enero y junio sean periodos ordinarios de trabajo y puedan convocarse sesiones plenarias. Sáenz de Santamaría argumentó, entre otras razones, que los continuos paréntesis en la actividad de la Cámara impedían a la oposición ejercer su labor de control del Gobierno.

Sin embargo, los socialistas nunca recogieron el guante de la reforma constitucional lanzado hace un año por los populares, y éstos no han vuelto a desempolvar su propuesta. Los grupos minoritarios del Congreso tampoco han presentado ninguna iniciativa para acortar las vacaciones parlamentarias.

El portavoz del PSOE en la Cámara Baja, José Antonio Alonso, también apoyó el pasado año que los servicios jurídicos del Congreso estudiasen cuál es la alternativa más viable para alargar los periodos de sesiones. Alonso se mostró reticente a una reforma de la Constitución, y dijo que era más partidario de cambiar el reglamento del hemiciclo para reforzar el papel de la Diputación Permanente, el órgano que sustituye al Pleno en los meses inhábiles. Pero los socialistas ya no han vuelto a airear esa El confidenciál.

2 feb 2010

Josman, escriba dónde y cómo, siempre estará al lado de los más desfavorecidos.

En ocasiones escribo en esta mesa, suelo hacerlo en una servilleta, mientras degusto un café con leche, pero realmente donde mejor escribimos los poetas -amateur- sociales, es en soledad, cuando cae la medianoche, y vemos sin ver la TV, otras, es el El Butarque, también en la soledad, aunque El Butarque, es más para madurar la idea, después, es cuando realmente se escribe, equivocadamente o no, lo reflexionado, lo que ha dejado uno durante unas horas en los anaqueles del alma.

Lo importante es la gestación butarqueña, lo de la mesa, es un simple parto literario.

Los que escribimos de forma amateur–mejor o peor- crítica política y sindical, siempre tememos a aquellos a quienes criticamos, yo he sido amenazado en alguna ocasión de forma anónima, -por actividades asociativas y también por beneméritas- y sé que algún día, se acercará a mí un “Frank Kalen de Antwerpen” -adlátere de Felipe el Hermoso-, a derribar la mesa donde escribo.

Si los católicos reyes

echaron a los judíos.

Leganés lleva a los pobres

a un hostal triste y frío,

fuera de nuestra ciudad,

y derrumba sus chamizos.

Se acabó la indigencia…

¿irá hoy contra el morisco?


Yo llevo sangre asturiana,

y ahora, temo por mi piso.

¡Que me amparen San Nicasio,

o aquellos clavos de Cristo!


Cualquier día de nieve,

se que un desconocido

querrá derribar mi mesa

esta mesa donde escribo…

Leganés,1 de febrero de 2010

José Manuel García García (JOSMAN)



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Publicado por JOSMAN. para JOSMAN el 2/01/2010 09:54:00 PM

Una parte muy pequeña de la historia de la casta política o de los nuevos ricos.

Diputados y senadores pueden jubilarse a los 60 años si han cotizado durante 40

Vista general del Congreso de los Diputados (Efe).

Si es usted un trabajador de a pie, ya sabe que se jubilará a los 67 años, y no a los 65, si prospera la propuesta de reforma de las pensiones aprobada el pasado viernes por el Consejo de Ministros. Lo que quizá no sepa es que sus señorías, diputados y senadores, que discutirán la propuesta del Gobierno pueden jubilarse a los 60 años de edad si han cotizado a la Seguridad Social durante al menos cuarenta. Así lo recoge el ‘Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas a favor de los ex parlamentarios’ aprobado en julio de 2006 por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado, que establece que la regulación de las mismas “tiene como objeto situar a los parlamentarios españoles en un nivel equiparable a la media de los países de nuestro entorno”.

No es la única ventaja de quienes en breve comenzarán a discutir sobre el cuándo y el cómo abandonamos el mercado de trabajo. Un ejemplo más: mientras la cuantía de la jubilación de cualquier trabajador se determina según su cotización a la Seguridad Social durante los quince últimos años de vida laboral (de los 50 a los 65), sin que se tenga en cuenta periodos anteriores, diputados y senadores tienen garantizada la pensión máxima (2.466,20 euros frente a la mínima de 557,50 euros de quien se jubila a los 65 y no tiene cónyuge a su cargo) con once años de actividad parlamentaria.

Es lo que se denomina ‘pensión parlamentaria’, que consiste en que si la jubilación que le correspondería al diputado o senador como consecuencia de su actividad profesional, previa o posterior a su carrera política, no le da para llegar a la pensión máxima, la diferencia hasta llegar a ella se la pagan las Cortes Generales con cargo a su presupuesto. Eso sí, con algunas salvedades. Si el diputado o senador tienen una ‘antigüedad’ entre 7 y 9 años, las Cortes les abonan el 80% de la citada diferencia. Si su actividad parlamentaria se encuentra entre los 9 y 11 años, le abonan el 90%. Finalmente, quienes acumulan 11 años como representantes de la soberanía popular tienen asegurado el 100%.

Planes privados de pensiones

Además de la pensión pública, las Cortes Generales costean también un plan privado a sus señorías mientras mantengan su escaño, por importe del 10% de sus emolumentos. Todos los diputados tienen una asignación de 3.126,52 euros brutos mensuales por 14 pagas. A esta cifra se añade una ‘indemnización’ por gastos indispensables para el cumplimiento de su función que se eleva a 870,56 euros para los diputados y senadores electos por Madrid, que obviamente no tienen que desplazarse a la capital, y de 1.823,86 euros para los del resto de circunscripciones. Estos importes, que sus señorías pueden gastar o no, están exentos de tributación. A estos salarios mínimos se añaden otros complementos en función del cargo.

Los diputados y los senadores no tienen derecho a paro cuando cesan en su actividad, como cualquier otro trabajador, pero el reglamento antes citado también prevé esta contingencia. “La dedicación a la actividad política obliga, en muchas ocasiones, a quien forma parte de las Cámaras a dejar la que ha sido su ocupación habitual, de modo que cuando se produce el cese, la vuelta a dicha ocupación suele acarrear diversas dificultades; quizá la más relevante de las mismas es la carencia de cobertura por desempleo (…) sin desdeñar la necesidad de reciclaje profesional, de reanudación de las actividades industriales o mercantiles, y otras circunstancias semejantes”, dice textualmente el Reglamento de pensiones parlamentarias.

Señorías sin derecho a paro

Para compensar la prestación por desempleo, diputados y senadores tienen derecho a una ‘indemnización de transición’ que cubre el periodo que va entre la disolución de la Cámara para la convocatoria de elecciones y la constitución de la surgida de los comicios. Una indemnización que se hace efectiva mediante un pago único cuya cuantía deciden las mesas del Congreso y del Senado. Si se da la circunstancia de que el diputado no ha sido reelegido y, en consecuencia, debe abandonar el escaño, tiene también derecho a una ‘indemnización por cese’, que consiste en un mes de salario por cada año de mandado o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 24 mensualidades. Los pagos son mensuales y es necesario tener una antigüedad mínima de dos años como representante popular.

Si, además, el diputado o senador cesados carece de ingresos o de patrimonio tienen derecho a percibir una ayuda equivalente al 60 % de su asignación constitucional (los 3.126,52 euros mensuales antes citados) hasta que complete el periodo de cotización necesario para tener derecho a la pensión de jubilación. En el caso de que el cese en sus funciones de sus señorías se produzca cuando tienen 55 años cumplidos, o los cumplen en el año en que se produce la disolución de la Cámara, y carecen de una actividad laboral permanente las Cortes corren con el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social hasta que completen el periodo de cotización necesario para tener derecho a la jubilación.

Para terminar, en el desgraciado supuesto de fallecimiento, los cónyuges viudos o los hijos menores de 25 años de sus señorías tienen derecho a una ayuda de dos meses de salario por año de mandato, que se hace efectivo en un pago único.

Siete mas menos dos , un mágico número en el procesamiento humano.


Siete más menos dos, o la revolución Cognitiva

Hace ya algún tiempo George Miller publicó un trabajo ensayo que trataba o tenía su base de investigación en los límites de nuestra capacidad para procesar información, que encontramos dentro de los rangos de la memoria a corto plazo (MCP). Según Miller, la memoria a corto plazo presenta una capacidad de almacenamiento limitada, que está entre 5 y 9, es decir, 7 más o menos dos; dado que todos estos procesos se encuentran proporcionados por nuestras limitaciones biológicas que nos entrega nuestro sistema nervioso característico de cada ser humano, debido a que cada persona suele procesar de distinta manera la información o datos.

Para este profesional de la psicología , este número 7 no era accidental ya que representaba las limitaciones de las capacidades de los seres humanos para el procesamiento de información, lo cual, en el momento que presenta su ensayo, fue una idea totalmente rechazada por los empiristas radicales, aún cuando, su teoría formal presentaba datos empíricos consistentes.

La investigación de este psicólogo fue criticada y en principio rechazada, pero sirvió para aclarar que durante el procesamiento o de-codificación --proceso de preparación de la información para el almacenaje-- de los sujetos en función de su capacidad de atención, importancia y comprensión de lo que se habla, observa, o escucha es posible aumentar el número de elementos que procesa, al contrario si no es de su interés, no quedará almacenado en su memoria. Y dependiendo de esto podrá unir y complementar información, el proceso de codificación también implica aprendizaje deliberado, proceso del cual la gente intenta almacenar conocimiento y percepción; así Miller nos señala:

“Mi problema es que he sido perseguido por un número entero durante siete años este número me ha acosado por todas partes, se ha entrometido con mis datos más privados y me ha acometido desde las páginas de nuestras revistas de mayor difusión”.

Este trabajo fue el fundamento de otros descubrimientos dado por el conductismo en los que se encuentran dos variables involucradas que son la teoría de la información; que postulaba principios de transmisión de datos aplicados a cualquier clases de canal y la teoría de la ciencia computacional que incluía máquinas capaces de manipular símbolos.


29 ene 2010

El poder del agradecimiento

El Poder del Agradecimiento

Jueves, Noviembre 19th, 2009 |

Felicidad y satisfacción.

El agradecimiento genera abundancia en la vida. Convierte lo que tenemos en suficiente y más que suficiente. Transforma la negación en aceptación, el caos en orden, la confusión en claridad. Puede convertir una comida en banquete, una casa en hogar, un desconocido en amigo. El agradecimiento da sentido a nuestro pasado, trae paz para hoy, y crea una visión para mañana”

- Melody Beattie

Dos hombres vivían en la misma ciudad. Se conocían desde la niñez. Uno se había convertido en íntimo amigo del emperador y vivía en una gran casa dándose un banquete todas las noches. El otro vivía de modo modesto y comía platos sencillos como lentejas, garbanzos y pan. Un día el hombre rico dijo a su amigo: “Sabes, si sólo pudieras aprender a adular al emperador, hacerle la pelota, besarle el culo un poco, entonces comerías tan bien como yo.” Su amigo respondió: “Si tú pudieras aprender a alegrarte de comer platos sencillos como lentejas y garbanzos, entonces no tendrías que pasar tu vida haciéndole la pelota y besando el culo al emperador.”

El agradecimiento es una de las herramientas más poderosas que necesitas para sentirte verdaderamente feliz y pleno.

La práctica del agradecimiento es imprescindible para tener un matrimonio feliz, para tener relaciones valiosas y positivas con las personas a tu alrededor, para crear el trabajo perfecto, para que tu vida tenga sentido. No necesitamos practicar el darnos cuenta de lo que va mal, ya que lo hacemos todo el tiempo. Observamos a nosotros y a los demás con ojo crítico. Vemos lo que no está bien con mucha facilidad y nos quejamos. El tiempo es un buen ejemplo. Yo vivo en Cantabria donde a la gente le encanta quejarse o “catastrofear” sobre el tiempo. Hace demasiado calor, o llueve demasiado o no suficiente; es el tipo equivocado de lluvia, demasiado fría o caliente. O simplemente hace un tiempo “extraño”. El agradecimiento sirve no sólo para las cosas “buenas”, sino también para las “malas”. Estar agradecido por el arco iris significa estar agradecido también por la lluvia. No puedes tener una cosa sin la otra.

La práctica del agradecimiento transformará tu vida. Te permite vivir en paz, con alegría, amor y dignidad.

El agradecimiento es la llave a una vida feliz, la cual está en nuestras manos. Si no estamos agradecidos, entonces no importa cuánto tenemos no seremos felices – porque siempre querremos tener otra cosa o algo más. De manera que en las palabras de Buda: “Levantémonos y estemos agradecidos ya que si no hemos aprendido mucho hoy, al menos hemos aprendido un poco y si no aprendimos un poco, al menos no enfermamos, y si enfermamos, al menos no morimos; así que estemos agradecidos.”

Te dejo con un par de citas.

La apreciación puede alegrar el día, incluso cambiar una vida. Tu voluntad de convertirlo en palabras es lo único que se requiere.

- Margaret Cousins

Dar las gracias con palabras es de buena educación y agradable. Dar las gracias con una acción es generoso y noble pero vivir el agradecimiento es tocar el Cielo.

- Johannes A. Gaertner