3 feb 2010

Los colegios profesionales no son los únicos en el mercado, deben adaptase si quiere sobrevivir al espacio económico global

Reproduzco un artículo corto y resumido de los cambios que se avecinan en España, debido a la adaptación a la directiva 2006-123-CEE, que por imperativo legal y aplazando hasta el último minuto aprobó en Noviembre diciembre nuestra administración , normas conocidas como Ley Paraguas y Ley Omnibus. Siempre pensé, y especialmente desde que se aprobó la reforma de Bolonia --1999- que el mercado no puede estar monopolizado y que un título no hace una profesión , sino que puede hacer muchas y en ese sentido trabajé desde mi puesto de responsabilidad como cabeza visible en el consejo de Gobierno de la UNED desde que fui elegido; logrando gracias a la colaboración de los órganos rectores que se apoye el saber hacer, no sólo el saber, y que se otorguen los títulos de especialistas universitarios con capacitación profesional. -- Como se viene haciendo en la actualidad con el INCUAL--. Esta reforma es vital y se apoya en la selección de los más aptos, en las teorías de la evolución y de la mejora y de la libre competencia, no se puede admitir que para restringir derechos humanos y fundamentales , nos apoyemos en nuestras titulaciones universitarias, para vapulear o robar a nuestros clientes, que además reciben un servicio en muchísimos casos carentes de los más elementales grafismos de profesionalismo. Como ejemplo multitud de casos que van a ser vapuleados en breve al no tener un bien jurídico superior a proteger, salvo hacer adinerados a los de siempre: Administraciones de loterías, taxistas, autoescuelas, Cursos de reeducación y recuperación por puntos, farmacias, Procuradores, Abogados, Visados, Estancos, etc. tantos y tantos ejemplos que por el mero hecho de ampararse en leyes incompetentes e inconstitucionales nos alejan de progreso y de la competencia en el marco de la excelencia que el mercado global nos impone y nos exige.

COMPETENCIA Y SERVICIOS PROFESIONALES

LUIS BERENGUER FUSTER. Pte del Tribunal Defensa Competencia de España


La Directiva fue aprobada limando algunas de sus aristas más problemáticas (de forma acertada en su no aplicación a los derechos sociales, si bien no puede decirse tanto en las exclusiones de otros servicios, verbigracia en el sector de las farmacias) y antes de final de año deberían adaptarse las legislaciones nacionales. Y, lógicamente, los lobbies de quienes veían en peligro sus privilegios se han puesto a cabalgar de nuevo, arrastrando extrañamente opiniones que uno podía pensar más ecuánimes o, mejor dicho, más preocupadas por el interés general que por los intereses de unos pocos.
Pero en cualquier caso el debate siempre es positivo y servirá para poner a cada uno en su sitio, para que los ciudadanos conozcan cuales son los efectos de cada reforma, de cada modificación legislativa. Vaya como ejemplo que recientemente han aparecido en estas páginas varios artículos referidos a los cambios que deben afrontar las profesiones colegiadas y los Colegios Profesionales ante dicha transposición de la Directiva de Servicios. Es éste un debate fundamental por la importancia de este sector en la economía española, y que no sólo debe preocupar a los profesionales afectados, sino que interesa a todos los usuarios, reales o potenciales, de los servicios profesionales. Es decir a todos.
Me gustaría empezar señalando los límites del debate planteado. En primer lugar, lo que tenemos que tener en mente no es la preocupación y los intereses de los operadores económicos y colectivos que dominan en ciertos sectores a día de hoy. Lo que deberíamos pensar es cuál es la mejor regulación de esos sectores para lograr que haya mejores servicios y más baratos para los consumidores y que, al mismo tiempo, aumente la actividad económica y se cree más empleo (éstos son, en definitiva, los beneficios de la competencia). Está claro que siempre encontraremos resistencias de los colectivos que gozan ahora de una situación privilegiada: a ellos sólo cabe ofrecerles una transición más o menos organizada hacia un entorno de mayor competencia que, a largo plazo, es inevitable.
En segundo lugar, no se trata de discutir sobre si los Colegios Profesionales deben o no seguir existiendo. La discusión básica es sobre los requisitos de acceso a determinadas profesiones y si la colegiación ha de ser obligatoria para ejercerlas o no. Es preciso romper con la unión automática de una profesión y un título. Sin perjuicio de que, en algunos casos, el interés general pueda justificar que una determinada profesión sólo sea ejercida por los poseedores de una titulación concreta, no debe ser ese el caso general, sino la excepción; de tal forma que se permita que profesionales con titulaciones diversas puedan competir en el mismo mercado.
Sólo en el caso, pues, de que razones de peso de interés general justifiquen la limitación de acceso a una determinada profesión, ésta tendrá razón de ser. Introducir barreras artificiales va contra la competencia, contra lo dispuesto en la Directiva de Servicios y, más en general, en contra del espíritu de nuestro tiempo. Y lo que es más importante: acaba perjudicando a los usuarios de esos servicios, es decir, a todos nosotros. Y me gustaría ilustrar con ejemplos concretos lo que quiero decir.
En una ocasión, en Extremadura, la apertura de una joyería tuvo que retrasarse casi dos años hasta que los Tribunales sentenciaron que el decorador era un profesional competente para firmar el proyecto de reforma del escaparte, porque el Ayuntamiento del lugar consideraba que debía estar firmado por un aparejador y no por un decorador (Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura de 12 de septiembre de 2002).
Los Colegios de Ingenieros Industriales y el de Ingenieros de Telecomunicaciones llegaron hasta el Tribunal Supremo tratando de atribuirse en exclusiva la firma del proyecto de instalación de antenas de la TDT. Finalmente, el Tribunal afirmó que cualquier ingeniero puede firmar el proyecto de instalación de antenas de TDT (Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de noviembre de 2007).
Los Colegios de Ingenieros de Caminos consideraban, por su parte, que un proyecto de instalación de una gasolinera debería ir firmado por un ingeniero de caminos, canales y puertos (superior) o bien por cuatro ingenieros técnicos de obras públicas, uno por especialidad: uno de obras hidráulicas, otro de tráfico, otro de obras civiles, y otro de comunicación y transporte. Llegaron hasta el Tribunal Supremo para tratar de atribuirse en exclusiva la firma de estos proyectos. El Tribunal falló, sin embargo, que cualquiera de ellos (el superior o el técnico) puede firmar estos proyectos (Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2000).
Sobre estos variados temas ha informado la Comisión Nacional de la Competencia ocasionando no pocas reacciones contrarias por parte de representantes de algunos (que no de todos pues hemos encontrado un buen número de adhesiones; también entre Colegios Profesionales) Colegios. Pero algunas de estas reacciones ponen de manifiesto lo que se encuentra detrás. El Presidente de un Consejo Superior de Colegios de Ingenieros, ante nuestras propuestas de eliminar la recomendación de honorarios y los visados porque encarecían los servicios, se permitió comentar en la prensa: "Si no es obligatorio el visado y no podemos aprobar tarifas, ¿de qué vamos a vivir?". Más claro, agua.
Estos ejemplos sirven para ilustrar el sinsentido de estas compartimentaciones artificiales o del mantenimiento de trámites que sólo sirven para retrasar y encarecer los servicios y que somos todos nosotros los que acabamos padeciendo estas rigideces, por medio de un servicio peor y unos precios más caros que si hubiera competencia entre los mejores profesionales para la prestación de servicios profesionales

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