11 jul 2009

Reforma obligatoria de los colegios profesionales

Siempre he manifestado mi protesta por la forma de organizarse y tratar a los miles de colegiados que financiamos a infinidad de colegios profesionales a los que por ley estamos obligados a pertenecer, y yo añado , a mantener; nuevamente España, aunque tarde , tendrá que adaptarse a Europa y transponer las directivas que van a modificar sustancialmente el panorama colegial, en resumen era hora ya de que se metiera mano a la inoperancia de estructuras gremiales que sólo se miran el ombligo y no dan servicios, y adaptarse a la nueva realidad universitaria con el nuevo escenario de la reforma de Bolonia EEES, de todos modos España es diferente, véremos qué pasa.
Como colegio profesional, ¿estoy obligado a implantarlo?
La Directiva 2006/123/CE establece en su artículo 6 y 8 el derecho de los colegiados (prestadores del servicio) a realizar procedimientos y trámites relativos a su profesión a través de ventanilla única y de forma telemática.Los estados miembros están obligados a transponer la presente Directiva antes de final del presente año, lo que supondrá la creación directa de una obligación para los colegios profesionales de dar respuesta a los nuevos derechos de su colectivo y la implantación de las sedes electrónicas. España está en estos momentos en ese proceso de transposición. El Boletín Oficial de las Cortes publicaba el pasado 03 de abril el proyecto de ley de transposición (proyecto de ley de Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio) con lo que se inicia el debate parlamentario.


Qué ocurrirá si no desarrollo la ventanilla única en mi colegio profesional?
La no implantación de estos requisitos supondrá por parte del colegio profesional una disminución de la efectividad en el desarrollo profesional del colectivo al que representa.Por otro lado, desde la perspectiva colegial, la no implantación de nuevas tecnologías supondrá una limitación de captación de posibles colegiados y fidelización frente a otros colectivos similares debido a que uno de los principales objetivos de la Directiva de servicios es el de fomentar el crecimiento de la economía eliminando barreras nacionales y dando la opción a los profesionales para extender operaciones en toda Europa.En cuanto a posibles sanciones, se desconocen a día de hoy dado que la Ley está aún en fase de transposición a nuestro ordenamiento jurídico.

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