3 ago 2015
2 ago 2015
"Reivindicamos que se haga justicia con los guardias civiles que se movilizaron en defensa de sus derechos"
28 de Febrero de 2013
Ayer, fue aprobada en la comisión de Interior la PNL que presentó UPyD relativa a la readmisión de los agentes de la Guardia Civil perseguidos y expulsados del servicio por reivindicar sus derechos constitucionales.
Rosa Díez recordó que el pasado 16 de octubre del 2009, por unanimidad en la comisión de Interior, se aprobó una PNL de Partido Popular que hacía referencia a la revisión de los casos de guardias civiles expedientados, anulando todas las sanciones injustas. Han pasado 4 años y esta iniciativa se ha quedado en una mera solicitud unánime dirigida al Gobierno pasado y no se ha cumplido en ninguno de sus términos.
UPyD vuelve a plantear esta cuestión que le parece de justicia estricta para estas personas y para todos los políticos que votaron a favor de este asunto en la legislatura pasada.
"Reivindicamos que se haga justicia con unas personas, guardias civiles, que se movilizaron en defensa de los derechos civiles propios y de todos sus compañeros, y en la defensa y extensión de esos derechos civiles al conjunto de la sociedad española para hacer una democracia de mayor calidad", añadió la portavoz de UPyD.
La diputada de UPyD destacó algunos momentos positivos de esta lucha por parte de los guardias civiles, como en noviembre de 2006, que recibieron el reconocimiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo que condenó al Gobierno español por la aplicación del Real Decreto de las Fuerzas Armadas de ser ilegal. Años más tarde, se ha demostrado que las reivindicaciones realizadas por este colectivo eran justas y que el poder político, tras varios años, las ha acometido por considerarlas necesarias para la modernización y puesta en día de dicho colectivo.
UPyD reclama el regreso, con todos sus derechos de la carrera, a los que fueron injustamente separados. (Sargento primero D. José Morata Gargallo, el cabo primero D. Manuel Rosa Recuerda, el guardia segundo D. Manuel Linde Falero y el guardia segundo D. José Carlos Piñeiro González)
UPyD concluye que instemos de una forma sencilla al Gobierno "para cumplir con sus compromisos de hacer justicia a estos hombres y mujeres de la Guardia Civil, que no sólo han defendido legítimamente sus derechos civiles y constitucionales, sino que han dado la vida a muchos de ellos por defender los derechos y libertades de todos los españoles"
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Rosa Díez intervino ayer en la comisión de Interior defendiendo la PNL que presentó su Grupo Parlamentaria sobre la readmisión de los agentes de la Guardia Civil perseguidos y expulsados del servicio por solicitar el derecho de asociación amparado en el artículo 22 de la Constitución.
28 jul 2015
Formación
José Saramago
¿A dónde pretendo llegar con este plática? A la universidad. Y también la democracia. A la universidad porque deberá ser tanto una institución dispensadora de conocimientos como el lugar por excelencia de formación del ciudadano, de la persona educada en los valores de la solidaridad humana y del respeto por la paz, educada para la libertad y para la crítica, para el debate responsable de las ideas. Se argumentará que una parte importante de esa tarea pertenece a la familia como célula básica de la sociedad, sin embargo, como sabemos, la institución familiar atraviesa una crisis de identidad que la hace impotente ante las transformaciones de todo tipo que caracterizan nuestra época. La familia, salvo excepciones, tiende a adormecer la conciencia, mientras que la universidad, siendo lugar de pluralidades y encuentros, reúne todas las condiciones para suscitar un aprendizaje práctico y efectivo de los más amplios valores democráticos, empezando por el que me parece fundamental: el cuestionamiento de la propia democracia. Hay que buscar el modo de reinventarla, de arrancarla del inmovilismo de la rutina y de la descreencia, bien ayudadas, una y otra, por los poderes económico y político a los que le conviene mantener la decorativa fachada del edificio democrático, aunque nos vienen impidiendo verificar si por detrás de esa fachada subsiste todavía algo. En mi opinión, lo que queda, se usa, casi siempre, más para armar eficazmente las mentiras que para defender las verdades. Lo que llamamos democracia comienza a parecerse tristemente al paño solemne que cubre el féretro donde ya está descomponiéndose el cadáver. Reinventemos, pues, la democracia antes de que sea demasiado tarde. Y que la universidad nos ayude. ¿Querrá? ¿Podrá?
Esta entrada fue publicada el a las Junio 26, 2009 y está archivada bajo las categorías El cuaderno de Saramago. Puedes seguir las respuestas de esta entrada a través de sindicación RSS 2.0. Tanto comentarios como pings de momento quedan cerrados.
27 jul 2015
Periodo democrático Casos de Corrupción del Gobierno de Felipe González Márquez (1982-1996)
• Caso Flick: trama española de un gran caso de financiación ilegal de partidos y evasión de impuestos en la RFA, por parte del multimillonario ultraderechista Friedrich Karl Flick. La Fundación Friedrich Ebert, próxima al SPD, destinó donaciones de Flick por valor de millón de marcos para financiar al PSOE.7
• Caso KIO: suspensión de pagos por valor de 300.000 millones de pesetas (1.803 millones de euros). El gerente de esta sociedad en España, Javier de la Rosa, y sus colaboradores habrían robado, según la acusación particular, 30.000 millones de pesetas (180 millones de euros).8
o Caso Wardbase, una causa separada del anterior, referida a un pago fraudulento realizado por Javier de la Rosa a Manuel Prado y Colon de Carvajal por importe de 1.900 millones de pesetas.9
• Caso de los fondos reservados: desvío de partidas destinadas a la lucha contra el terrorismo y el narcotráfico por valor de 5 millones de euros entre los años 1987 y 1993 para uso privado, enriquecimiento personal y pago de sobresueldos y gratificaciones a siete altos funcionarios del ministerio del Interior.10
• Caso Rumasa: expropiación, venta y liquidación de este holding en una operación que supuso su quiebra total, debido a las irregularidades en su gestión por parte de la familia Ruiz-Mateos.11
• Caso Filesa: financiación ilegal del PSOE a través de las empresas tapadera Filesa, Malesa y Time-Export, que entre 1988 y 1990 cobraron importantes cantidades de dinero en concepto de estudios de asesoramiento para destacados bancos y empresas de primera línea que nunca llegaron a realizarse. Entre las personas vinculadas a estas operaciones se encontraban el diputado socialista por Barcelona, Carlos Navarro, y el responsable de finanzas del PSOE, Guillermo Galeote.12 Posteriormente fue desglosado en:
o Caso Ave, cohecho y falsedad en relación con las supuestas comisiones ilegales obtenidas por la adjudicación del proyecto del tren de alta velocidad Madrid-Sevilla;13 a su vez desglosado en:
Caso Seat: pago de 175 millones de pesetas por parte del PSOE a directivos de SEAT, para la recalificación irregular de terrenos de esta empresa, con el objetivo de financiar ilegalmente al PSOE. Aunque en la Sentencia consideró probados los hechos, abosolvió a los acusados por haber prescrito el delito.14
Otros 3 sumarios.
• Caso Osakidetza: en las oposiciones al Servicio Vasco de Salud de 1990 se detectó un "cambiazo" masivo de exámenes que obligó a repetir gran parte de las pruebas, a las que se habían presentado cerca de 50.000 aspirantes. Por su presunta relación con este caso fueron detenidos Pedro Pérez, director de gestión económica de Osakidetza, y otras tres personas militantes del PSOE, acusadas de fraude con objeto de beneficiar a miembros del PSOE y UGT e instalar un grupo de personas afines en posiciones de responsabilidad. 15
• Caso Cesid: escuchas ilegales practicadas por los servicios secretos españoles en la sede de Herri Batasuna en Vitoria.16
• Operación Mengele: presunto secuestro y expermientación ilegal con tres mendigos, uno de los cuales murió, por parte del Cesid y el cardiólogo Diego Figuera, con objeto de probar un sedante que debía administrarse al dirigente etarra Josu Urrutikoetxea Bengoetxea, al que se planeaba secuestrar. La causa procesal, instruída por el juez Garzón, fue sobreseída en 1999 a petición de la Fiscalía General.17
• Caso Guerra: condena de Juan Guerra, hermano del vicepresidente Alfonso Guerra, por los delitos de cohecho, fraude fiscal, tráfico de influencias, prevaricación, malversación de fondos y usurpación de funciones.18
• Caso Casinos: desvío de unos 3.000 millones de pesetas de la sociedad Casinos-Inverama por parte de su presidente, Artur Suqué, mil de los cuales habrían sido destinados a la financiación ilegal de Convergencia i Unió.19
• Caso Ibercorp: especulación bursátil con valores bancarios por parte de Mariano Rubio, entonces gobernador del Banco de España.20
• Caso Urbanor: una serie de irregularidades en las transacciones para la construcción de las famosas torres KIO, cuando la sociedad Urbanor vendió los terrenos de la Plaza Castilla de Madrid, al grupo kuwaití KIO. Reconociendo los hechos delictivos, el Tribunal Supremo absolvió a los acusados por las prescripción de los mismos. Sin embargo, la Audiendia de Madrid dictó en 2010 pena de cárcel, ratificada por el propio Supremo, por falsedad documental en su defensa.21
• Caso Sarasola: gestión irregular por parte de este empresario guipuzcoano del Hipódromo de La Zarzuela y la concesión de la quiniela hípica; presuntos delitos de estafa y alzamiento de bienes en la Sociedad Española de Banca de Negocios.22
• Caso Urralburu: una trama de prevaricación y cohecho por el cobro de comisiones ilegales en las obras públicas realizadas por el gobierno del presidente socialista de Navarra, Gabriel Urralburu, entre 1987 y 1991. Urralburu, fue procesado y condenado junto al ex consejero Antonio Aragón.23
• Caso Bardellino: la liberación bajo fianza y huida del dirigente de la camorra napolitana Antonio Tonino Bardellino.24
• Caso Godó: escuchas ilegales o espionaje telefónico realizadas en 1992 por ex agentes del CESID a personal del periódico La Vanguardia, por encargo del empresario Javier Godó, el cual fue finalmente exculpado. El informe policial acusaba al propio CESID de controlar la red.25
• Caso BFP: en 1992 se descubrió un delito de estafa cometido a través de una red de pagarés de empresa falsos de BFP Gestión y Asesoramiento Financiero, por valor de 4.000 millones de pesetas. En 1994 fueron procesados y encarcelados Jordi Planasdemunt, alto cargo de CiU y director general del Institut Català de Finances, y otras 10 personas, entre ellas Salvador Forcadell, Caries Vila y Joan Basols.26
• Caso Gran Tibidabo: causa contra el empresario Javier de la Rosa y otras siete personas, entre ellas Manuel Prado y Colón de Carvajal y la esposa de la Rosa, Mercedes Misol, por la descapitalización de la compañía Grand Tibidabo presuntamente en beneficio propio, bajo la acusación de delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad documental y contra la Hacienda Pública.27
• Caso Estevill, trama de corrupción judicial en torno al ex juez y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial, Luis Pascual Estevill, condenado por delitos de cohecho y prevaricación.28
• Caso Turiben: una presunta red de facturas falsas utilizada por miles de militares y agentes de policía para estafar al Estado justificando dietas.29
• Caso Salanueva: Detención de la ex directora del BOE, Carmen Salanueva, por una presunta malversación de fondos el 29 de noviembre de 1993. Se estima que pudo cometer un fraude al adquirir papel prensa por un valor total de 2.385 millones de pesetas, prtecio muy superior al del mercado, causando un perjuicio de más de 653 millones para el BOE y Hacienda. Fue puesta en libertad el 1 de diciembre. En 1994 fue denunciada por imitar por teléfono la voz de Carmen Romero y de la Reina para quedarse con cuadros de un pintor famoso con falsas promesas.30
• Caso Expo'92: cohecho, prevaricación y un agujero de más de 210 millones de euros. Fue arhivada por juez Garzón tras siete años de instrucción.31
• Caso Roldán: llamado así por Luis Roldán, director de la Guardia Civil entre 1986 y 1993, enriquecido ilícitamente con el robo de 400 millones de pesetas de fondos reservados y 1.800 millones más en comisiones de obras del Instituto Armado.32
o Caso Paesa, vinculado al anterior.33
• Caso Banesto: un agujero patrimonial de 3.636 millones de euros (605.000 millones de pesetas) que dejó en la estacada a siete millones de clientes, medio millón de accionistas, 15.000 trabajadores y 50 empresas en las que la entidad participaba. 34
• Caso Palomino: el cuñado de Felipe González, Francisco Palomino, ganó 346 millones de pesetas gracias a la venta de su empresa, en quiebra técnica, por 310 millones a CAE, (luego comprada por Dragados), cuya cartera de obras para el MOPU se multiplicó. Posteriormente, una investigación le vinculó con la mala calidad de las rejas de la cárcel de Sevilla 1.35
• Caso GAL: creación y financiación ilegal de una organización terrorista que asesinó a 27 personas del entorno de ETA entre 1982 y 1987, con implicación de policías, guardias civiles y altos cargos del gobierno socialista, entre ellos el ministro del Interior José Barrionuevo, el secretario de Estado de seguridad Rafael Vera, el gobernador civil de Vizcaya, Julián Sancristóbal, el secretario general del PSOE en Vizcaya, Ricardo García Damborenea y el General de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo. El propio González fue acusado de ser el "señor X", el dirigente del entramado GAL.
• Petromocho: fraude perpetrado por un tal Jean-Maurice Lauze, presunto intermediario en una falsa inversión saudí de 100.000 millones de pesetas en un proyecto para construir una refinería de petróleo en las cercanías del puerto de El Musel, en Gijón. El proyecto debía recibir una subvención estatal de 1.000 millones de pesetas. El escándalo provocó la dimisón del presidente socialista de Asturias, Juan Luis Rodríguez-Vigil, sin que el asunto llegara nunca a aclararse completamente.36
• Caso Naseiro: financiación ilegal del Partido Popular a través de la exigencia de pagos a empresas inmobiliarias.
• Caso PSV: fraude y apropiación indebida de 18.588 millones de pesetas, para enriquecimiento personal y financiación ilegal de la UGT a través de esta cooperativa de viviendas y de su gestora, IGS.
• Caso Hormaechea: prevaricación y malversación de caudales públicos por parte del popular Juan Hormaechea, ex alcalde de Santander y ex presidente de Cantabria, condenado en octubre de 1994 a seis años de prisión mayor y 14 de inhabilitación.
• Caso de la minería: subvención ilegal de compañías mineras por parte de Miguel Angel Pérez Villar, ex senador por el PP y consejero de Economía de Castilla y León, condenado por el Tribunal Supremo a ocho años de inhabilitación por prevaricación continuada.37
• Caso Sóller: prevaricación y cohecho en la adjudicación de las obras del túnel de Sóller por parte del ex presidente de Baleares por el PP, Gabriel Cañellas. Absuelto de prevaricación en los tribunales, se dio por prescrito el probado delito de cohecho.38
Durante los últimos años del gobierno de Felipe González (especialmente en la IV y V Legislaturas de España), se sucedieron diversos escándalos de corrupción:
• Caso Flick: trama española de un gran caso de financiación ilegal de partidos y evasión de impuestos en la RFA, por parte del multimillonario ultraderechista Friedrich Karl Flick. La Fundación Friedrich Ebert, próxima al SPD, destinó donaciones de Flick por valor de millón de marcos para financiar al PSOE.7
• Caso KIO: suspensión de pagos por valor de 300.000 millones de pesetas (1.803 millones de euros). El gerente de esta sociedad en España, Javier de la Rosa, y sus colaboradores habrían robado, según la acusación particular, 30.000 millones de pesetas (180 millones de euros).8
o Caso Wardbase, una causa separada del anterior, referida a un pago fraudulento realizado por Javier de la Rosa a Manuel Prado y Colon de Carvajal por importe de 1.900 millones de pesetas.9
• Caso de los fondos reservados: desvío de partidas destinadas a la lucha contra el terrorismo y el narcotráfico por valor de 5 millones de euros entre los años 1987 y 1993 para uso privado, enriquecimiento personal y pago de sobresueldos y gratificaciones a siete altos funcionarios del ministerio del Interior.10
• Caso Rumasa: expropiación, venta y liquidación de este holding en una operación que supuso su quiebra total, debido a las irregularidades en su gestión por parte de la familia Ruiz-Mateos.11
• Caso Filesa: financiación ilegal del PSOE a través de las empresas tapadera Filesa, Malesa y Time-Export, que entre 1988 y 1990 cobraron importantes cantidades de dinero en concepto de estudios de asesoramiento para destacados bancos y empresas de primera línea que nunca llegaron a realizarse. Entre las personas vinculadas a estas operaciones se encontraban el diputado socialista por Barcelona, Carlos Navarro, y el responsable de finanzas del PSOE, Guillermo Galeote.12 Posteriormente fue desglosado en:
o Caso Ave, cohecho y falsedad en relación con las supuestas comisiones ilegales obtenidas por la adjudicación del proyecto del tren de alta velocidad Madrid-Sevilla;13 a su vez desglosado en:
Caso Seat: pago de 175 millones de pesetas por parte del PSOE a directivos de SEAT, para la recalificación irregular de terrenos de esta empresa, con el objetivo de financiar ilegalmente al PSOE. Aunque en la Sentencia consideró probados los hechos, abosolvió a los acusados por haber prescrito el delito.14
Otros 3 sumarios.
• Caso Osakidetza: en las oposiciones al Servicio Vasco de Salud de 1990 se detectó un "cambiazo" masivo de exámenes que obligó a repetir gran parte de las pruebas, a las que se habían presentado cerca de 50.000 aspirantes. Por su presunta relación con este caso fueron detenidos Pedro Pérez, director de gestión económica de Osakidetza, y otras tres personas militantes del PSOE, acusadas de fraude con objeto de beneficiar a miembros del PSOE y UGT e instalar un grupo de personas afines en posiciones de responsabilidad. 15
• Caso Cesid: escuchas ilegales practicadas por los servicios secretos españoles en la sede de Herri Batasuna en Vitoria.16
• Operación Mengele: presunto secuestro y expermientación ilegal con tres mendigos, uno de los cuales murió, por parte del Cesid y el cardiólogo Diego Figuera, con objeto de probar un sedante que debía administrarse al dirigente etarra Josu Urrutikoetxea Bengoetxea, al que se planeaba secuestrar. La causa procesal, instruída por el juez Garzón, fue sobreseída en 1999 a petición de la Fiscalía General.17
• Caso Guerra: condena de Juan Guerra, hermano del vicepresidente Alfonso Guerra, por los delitos de cohecho, fraude fiscal, tráfico de influencias, prevaricación, malversación de fondos y usurpación de funciones.18
• Caso Casinos: desvío de unos 3.000 millones de pesetas de la sociedad Casinos-Inverama por parte de su presidente, Artur Suqué, mil de los cuales habrían sido destinados a la financiación ilegal de Convergencia i Unió.19
• Caso Ibercorp: especulación bursátil con valores bancarios por parte de Mariano Rubio, entonces gobernador del Banco de España.20
• Caso Urbanor: una serie de irregularidades en las transacciones para la construcción de las famosas torres KIO, cuando la sociedad Urbanor vendió los terrenos de la Plaza Castilla de Madrid, al grupo kuwaití KIO. Reconociendo los hechos delictivos, el Tribunal Supremo absolvió a los acusados por las prescripción de los mismos. Sin embargo, la Audiendia de Madrid dictó en 2010 pena de cárcel, ratificada por el propio Supremo, por falsedad documental en su defensa.21
• Caso Sarasola: gestión irregular por parte de este empresario guipuzcoano del Hipódromo de La Zarzuela y la concesión de la quiniela hípica; presuntos delitos de estafa y alzamiento de bienes en la Sociedad Española de Banca de Negocios.22
• Caso Urralburu: una trama de prevaricación y cohecho por el cobro de comisiones ilegales en las obras públicas realizadas por el gobierno del presidente socialista de Navarra, Gabriel Urralburu, entre 1987 y 1991. Urralburu, fue procesado y condenado junto al ex consejero Antonio Aragón.23
• Caso Bardellino: la liberación bajo fianza y huida del dirigente de la camorra napolitana Antonio Tonino Bardellino.24
• Caso Godó: escuchas ilegales o espionaje telefónico realizadas en 1992 por ex agentes del CESID a personal del periódico La Vanguardia, por encargo del empresario Javier Godó, el cual fue finalmente exculpado. El informe policial acusaba al propio CESID de controlar la red.25
• Caso BFP: en 1992 se descubrió un delito de estafa cometido a través de una red de pagarés de empresa falsos de BFP Gestión y Asesoramiento Financiero, por valor de 4.000 millones de pesetas. En 1994 fueron procesados y encarcelados Jordi Planasdemunt, alto cargo de CiU y director general del Institut Català de Finances, y otras 10 personas, entre ellas Salvador Forcadell, Caries Vila y Joan Basols.26
• Caso Gran Tibidabo: causa contra el empresario Javier de la Rosa y otras siete personas, entre ellas Manuel Prado y Colón de Carvajal y la esposa de la Rosa, Mercedes Misol, por la descapitalización de la compañía Grand Tibidabo presuntamente en beneficio propio, bajo la acusación de delitos de estafa, apropiación indebida, falsedad documental y contra la Hacienda Pública.27
• Caso Estevill, trama de corrupción judicial en torno al ex juez y ex vocal del Consejo General del Poder Judicial, Luis Pascual Estevill, condenado por delitos de cohecho y prevaricación.28
• Caso Turiben: una presunta red de facturas falsas utilizada por miles de militares y agentes de policía para estafar al Estado justificando dietas.29
• Caso Salanueva: Detención de la ex directora del BOE, Carmen Salanueva, por una presunta malversación de fondos el 29 de noviembre de 1993. Se estima que pudo cometer un fraude al adquirir papel prensa por un valor total de 2.385 millones de pesetas, prtecio muy superior al del mercado, causando un perjuicio de más de 653 millones para el BOE y Hacienda. Fue puesta en libertad el 1 de diciembre. En 1994 fue denunciada por imitar por teléfono la voz de Carmen Romero y de la Reina para quedarse con cuadros de un pintor famoso con falsas promesas.30
• Caso Expo'92: cohecho, prevaricación y un agujero de más de 210 millones de euros. Fue arhivada por juez Garzón tras siete años de instrucción.31
• Caso Roldán: llamado así por Luis Roldán, director de la Guardia Civil entre 1986 y 1993, enriquecido ilícitamente con el robo de 400 millones de pesetas de fondos reservados y 1.800 millones más en comisiones de obras del Instituto Armado.32
o Caso Paesa, vinculado al anterior.33
• Caso Banesto: un agujero patrimonial de 3.636 millones de euros (605.000 millones de pesetas) que dejó en la estacada a siete millones de clientes, medio millón de accionistas, 15.000 trabajadores y 50 empresas en las que la entidad participaba. 34
• Caso Palomino: el cuñado de Felipe González, Francisco Palomino, ganó 346 millones de pesetas gracias a la venta de su empresa, en quiebra técnica, por 310 millones a CAE, (luego comprada por Dragados), cuya cartera de obras para el MOPU se multiplicó. Posteriormente, una investigación le vinculó con la mala calidad de las rejas de la cárcel de Sevilla 1.35
• Caso GAL: creación y financiación ilegal de una organización terrorista que asesinó a 27 personas del entorno de ETA entre 1982 y 1987, con implicación de policías, guardias civiles y altos cargos del gobierno socialista, entre ellos el ministro del Interior José Barrionuevo, el secretario de Estado de seguridad Rafael Vera, el gobernador civil de Vizcaya, Julián Sancristóbal, el secretario general del PSOE en Vizcaya, Ricardo García Damborenea y el General de la Guardia Civil Enrique Rodríguez Galindo. El propio González fue acusado de ser el "señor X", el dirigente del entramado GAL.
• Petromocho: fraude perpetrado por un tal Jean-Maurice Lauze, presunto intermediario en una falsa inversión saudí de 100.000 millones de pesetas en un proyecto para construir una refinería de petróleo en las cercanías del puerto de El Musel, en Gijón. El proyecto debía recibir una subvención estatal de 1.000 millones de pesetas. El escándalo provocó la dimisón del presidente socialista de Asturias, Juan Luis Rodríguez-Vigil, sin que el asunto llegara nunca a aclararse completamente.36
• Caso Naseiro: financiación ilegal del Partido Popular a través de la exigencia de pagos a empresas inmobiliarias.
• Caso PSV: fraude y apropiación indebida de 18.588 millones de pesetas, para enriquecimiento personal y financiación ilegal de la UGT a través de esta cooperativa de viviendas y de su gestora, IGS.
• Caso Hormaechea: prevaricación y malversación de caudales públicos por parte del popular Juan Hormaechea, ex alcalde de Santander y ex presidente de Cantabria, condenado en octubre de 1994 a seis años de prisión mayor y 14 de inhabilitación.
• Caso de la minería: subvención ilegal de compañías mineras por parte de Miguel Angel Pérez Villar, ex senador por el PP y consejero de Economía de Castilla y León, condenado por el Tribunal Supremo a ocho años de inhabilitación por prevaricación continuada.37
• Caso Sóller: prevaricación y cohecho en la adjudicación de las obras del túnel de Sóller por parte del ex presidente de Baleares por el PP, Gabriel Cañellas. Absuelto de prevaricación en los tribunales, se dio por prescrito el probado delito de cohecho.38
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NO se ejecutan las sentencias favorables a los Guardias Civiles Democráticos del TEDH y del TC, debido a que los Guardias Civiles denunciamos desde los años ochenta la terrible corrupción e impunidad de nuestra casta política.
Enlace a la sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Subimos sentencia del TEDH, del año 2006 en le que se les da la razón a los Guardias Civiles , sentencia que después de tantos años, los respectivos Gobiernos de España siguen sin ejecutar, los Gobiernos ilegítimos y desobedientes a los órganos judiciales que sólo cumplen las de los asesinos de ETA.
Recordar, que han desobedecido la sentencia en recurso de amparo 871/1991 dictada por el Tribunal Constitucional , sentencia la igual que la anterior del TEDH, que sólo ha servido para limpiarnos el culo con ella. No hablamos de las dos PNL aprobadas por el parlamento español por unanimidad del año 2009 y 2013.
Como se puede ver los Gobiernos de este estado de deshecho, que han secuestrado la democracia hacen lo que les da la gana, cuando hay resoluciones de un mismo tribunal en favor de la ETA, las cumplen y cuando a favor de los Guardias Civiles Democráticos NO, será porque desde los años ochenta los Guardias Civiles venimos denunciando la corrupción que se estaba dando en España con total impunidad.
Enlace a la sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos
https://mega.co.nz/#!5IMWwZTB!ZyIiuntHupkm0-p_s6R1hVIemulQt4xHOq-0DYcgl8E
26 jul 2015
NO se ejecutan las sentencias favorables a los Guardias Civiles Democráticos del TEDH y del TC, debido a que los Guardias Civiles denunciamos desde los años ochenta la terrible corrupción e impunidad de nuestra casta política.
NO se ejecutan las sentencias favorables a los Guardias Civiles Democráticos del TEDH y del TC, debido a que los Guardias Civiles denunciamos desde los años ochenta la terrible corrupción e impunidad de nuestra casta política.
Enlace a la sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Subimos sentencia del TEDH, del año 2006 en le que se les da la razón a los Guardias Civiles , sentencia que después de tantos años, los respectivos Gobiernos de España siguen sin ejecutar, los Gobiernos ilegítimos y desobedientes a los órganos judiciales que sólo cumplen las de los asesinos de ETA.
Recordar, que han desobedecido la sentencia en recurso de amparo 871/1991 dictada por el Tribunal Constitucional , sentencia la igual que la anterior del TEDH, que sólo ha servido para limpiarnos el culo con ella. No hablamos de las dos PNL aprobadas por el parlamento español por unanimidad del año 2009 y 2013.
Como se puede ver los Gobiernos de este estado de deshecho, que han secuestrado la democracia hacen lo que les da la gana, cuando hay resoluciones de un mismo tribunal en favor de la ETA, las cumplen y cuando a favor de los Guardias Civiles Democráticos NO, será porque desde los años ochenta los Guardias Civiles venimos denunciando la corrupción que se estaba dando en España con total impunidad.
Enlace a la sentencia Tribunal Europeo de Derechos Humanos
https://mega.co.nz/#!5IMWwZTB!ZyIiuntHupkm0-p_s6R1hVIemulQt4xHOq-0DYcgl8E
11 jun 2014
27 may 2014
13 may 2014
21 abr 2014
18 mar 2014
Administrador pensionista
Administrador de una sociedad
a pesar de empezar a cobrar la jubilación
Algo que me pregunta a menudo en este blog es si, alcanzada la edad de jubilación y cobrando la pensión, se puede seguir siendo administrador de una sociedad o titular de un negocio. La respuesta es que sí, que ambas cosas son compatibles con la situación de pensionista. Y no solo eso; hay otros supuestos en los que también existe compatibilidad, al menos parcial.
Cobrar una pensión tiene una serie de incompatibilidades como la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia en determinadas circunstancias; sin embargo la ley permite compatibilizar el cobro de esta prestación con trabajos a tiempo parcial y con trabajos que no superen el SMI en cómputo anual. A grandes rasgos:
INCOMPATIBILIDADES:
- La realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia, que dé lugar a su inclusión en el Régimen General o en alguno de los Regímenes Especiales, con las salvedades y en los términos que legal o reglamentariamente se determinen.
- El desempeño de un puesto de trabajo en el sector público delimitado la Ley 53/1984 de incompatibilidades con la excepción de los profesores universitarios eméritos y el personal licenciado sanitario.
- Altos cargos.
No obstante, que sean incompatibles no significa que no puedan realizarse, solo que, el hacerlo, tiene algunas consecuencias que hay que valorar.
• La pensión se suspende, así como la asistencia sanitaria inherente a la condición de pensionista.
• El empresario debe solicitar el alta e ingresar las cotizaciones que correspondan.
A su vez, las nuevas cotizaciones tendrán sus efectos secundarios:
-Incrementar, en su caso, el porcentaje ordinario de la pensión.
-Devengar el porcentaje adicional que corresponda por prolongación de la vida activa laboral.
-Disminuir el coeficiente reductor aplicado.
-Las nuevas cotizaciones NO pueden modificar la base reguladora.
COMPATIBILIDADES:
-Trabajo a tiempo parcial en los términos establecidos. Durante dicha situación, denominada jubilación parcial, se reducirá la pensión en proporción inversa.
- Trabajos por cuenta propia cuyos ingresos anuales totales no superen el salario mínimo interprofesional, en cómputo anual. No están obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social y no generarán derechos adicionales.
- Profesionales colegiados en alta en una mutualidad alternativa o exentos de causar alta en el RETA.
- Mantener la titularidad del negocio y el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad. Se entiende también el cargo de administrador en una sociedad mercantil si se limita a las funciones de dicho cargo.
NOVEDAD aplicable desde marzo de 2013
Será compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia del pensionista, en los siguientes términos: El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar una vez cumplida la edad que en cada caso resulte de aplicación, sin que, a tales efectos, sean admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado.
El porcentaje aplicable a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión causada ha de alcanzar el 100%.
El trabajo compatible podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial.
La cuantía de la pensión de jubilación compatible con el trabajo será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial, una vez aplicado, si procede, el límite máximo de pensión pública, o del que se esté percibiendo, en el momento de inicio de la compatibilidad con el trabajo, excluido, en todo caso, el complemento por mínimos, cualquiera que sea la jornada laboral o la actividad que realice el pensionista.
La pensión se revalorizará en su integridad en los términos establecidos para las pensiones del sistema de la Seguridad Social. No obstante, en tanto se mantenga el trabajo compatible, el importe de la pensión más las revalorizaciones acumuladas se reducirá en un 50%.
El pensionista no tendrá derecho a los complementos para pensiones inferiores a la mínima durante el tiempo en el que compatibilice la pensión con el trabajo.
El beneficiario tendrá la consideración de pensionista a todos los efectos.
Finalizada la relación laboral por cuenta ajena o producido el cese en la actividad por cuenta propia, se restablecerá el percibo íntegro de la pensión de jubilación.
Durante la realización del trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, compatible con la pensión de jubilación, los empresarios y los trabajadores cotizarán a la Seguridad Social únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, según la normativa reguladora del régimen del sistema de la Seguridad Social correspondiente, si bien quedarán sujetos a una cotización especial de solidaridad del 8%, no computable para las prestaciones, que en los regímenes de trabajadores por cuenta ajena se distribuirá entre empresario y trabajador, corriendo a cargo del empresario el 6% y del trabajador el 2%.
19 ene 2014
Derechos y deberes ante la videovigilancia
Las cámaras de vigilancia se extienden dentro de organismos
públicos y empresas con fines de seguridad, pero pueden invadir la intimidad
del ciudadano
Son un ojo incansable e impasible que todo lo ve. La vida pública queda registrada en las cámaras de videovigilancia instaladas en algunas calles. Su objetivo es registrar las posibles malas acciones de algunos ciudadanos, pero para ello tienen que observar todo lo que sucede: las escenas de la vida cotidiana, quién se relaciona con quién o quiénes son pareja. Las cámaras de videovigilancia acechan en las esquinas de las calles y en el interior de empresas y comercios hasta el punto de crear preocupación incluso en la Agencia Española de Protección de Datos. ¿Qué derechos tienen los ciudadanos frente a esta práctica y qué deberes los que instalan estos sistemas?
Cámaras por prevención
Las cámaras de videovigilancia se colocan en los distintos lugares con el fin de prevenir delitos o reunir pruebas para perseguir a quienes los cometan. Esta práctica plantea la disyuntiva entre una suerte de seguridad preventiva y una cesión de la intimidad de los usuarios, que pueden ser captados en momentos privados. Sólo las Fuerzas de Seguridad pueden colocar las cámaras de seguridad en la vía pública. La Ley Orgánica 4/1997 de cuatro de agosto les reserva esta atribución. Por otro lado, las que se sitúan en las carreteras dependen de las autoridades que gestionan el tráfico, como la DGT, y se encuentran obligadas a señalizar su situación.
Ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle
Por esta razón, en principio, ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle. Se tienen que limitar al entorno privado, con la única excepción de que la calle sea el único lugar posible para captar la escena deseada y siempre que el objeto de grabación pertenezca a la empresa. Un ejemplo de esta situación se produce cuando se sitúa una cámara en la calle para conseguir la perspectiva suficiente para vigilar un garaje. Inevitablemente se grabaría a las personas que pasearan por la acera en la parte correspondiente a dicho garaje.
En los lugares de trabajo también se pueden colocar cámaras y no es necesario el consentimiento de los trabajadores. Sin embargo, deben informar de que se han instalado. Según la legislación actual, hay que seguir el principio de la proporcionalidad. Es decir, que no haya un método menos invasivo para la intimidad y que se sitúen donde menos molesten a las personas. Así, no se pueden instalar en baños o vestuarios, zonas de descanso, taquillas, ni en las aulas de un colegio (salvo casos excepcionales) o en zonas donde la imagen de la persona pueda verse afectada, como los gimnasios.
Notificar la presencia de la cámara
Las empresas u organismos que instalen un sistema de videovigilancia deben notificárselo a la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD), incluso si se trata de comunidades de vecinos, tarea para la que tendrán que contratar a una empresa de seguridad privada autorizada, según la Ley de Seguridad Privada. Además, se debe designar quién será el responsable del visionado de las imágenes y qué personas están autorizadas a contemplar las mismas. Cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada.
Por otro lado, se debe señalar de forma clara la zona donde se produce la videovigilancia con "al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible", según la Instrucción 1/2006 de la AGPD. Esto no significa que se deba poner al lado de la cámara, sino que cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada. Al mismo tiempo, las empresas u organismos tienen la obligación de facilitar hojas a los ciudadanos donde se informe de los derechos de acceso y cancelación de su presencia en dichas imágenes. El propietario del sistema debe identificarse en aquellos casos en que haya varias posibilidades, por ejemplo, dentro de un centro comercial.
Si se graban y guardan las imágenes de las cámaras de videovigilancia, se debe crear un fichero y registrarlo en el Registro General de Protección de Datos de la AGPD. Las empresas se exponen a sanciones en caso de no hacerlo. Si las imágenes sólo se visualizan por un encargado de seguridad y no se registran en ningún soporte, desaparece la obligación de elaborar el fichero.
Se deben bloquear pasado un mes.
Según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD, 15/1999 de 13 de diciembre), los poseedores de estos sistemas deben garantizar la seguridad de las imágenes. Esta ley desarrollada en la instrucción 1/2006 de la AGPD explicita que se debe evitar su "alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado".
Por otro lado, los vídeos deben bloquearse como máximo un mes después del día en que se grabaron. Esto significa que una vez bloqueados sólo pueden acceder a ellos las administraciones públicas, jueces o tribunales para la "atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento" y sólo mientras prescriben éstas. Se refiere a supuestos como que se produzca un delito y éste haya sido captado por las cámaras. Entonces, se debe conservar la grabación como prueba hasta que se prescriba el plazo correspondiente, momento en que se deben suprimir los contenidos.
Las grabaciones realizadas por videocámaras domésticas, pensadas para captar momentos de ocio, se liberan de cualquiera de las obligaciones de la LOPD, igual que ocurre con las efectuadas por medios de comunicación y por otros elementos como los videoporteros.
Derechos y deberes ante la videovigilancia.
Son un ojo incansable e impasible que todo lo ve. La vida pública queda registrada en las cámaras de videovigilancia instaladas en algunas calles. Su objetivo es registrar las posibles malas acciones de algunos ciudadanos, pero para ello tienen que observar todo lo que sucede: las escenas de la vida cotidiana, quién se relaciona con quién o quiénes son pareja. Las cámaras de videovigilancia acechan en las esquinas de las calles y en el interior de empresas y comercios hasta el punto de crear preocupación incluso en la Agencia Española de Protección de Datos. ¿Qué derechos tienen los ciudadanos frente a esta práctica y qué deberes los que instalan estos sistemas?
Cámaras por prevención
Las cámaras de videovigilancia se colocan en los distintos lugares con el fin de prevenir delitos o reunir pruebas para perseguir a quienes los cometan. Esta práctica plantea la disyuntiva entre una suerte de seguridad preventiva y una cesión de la intimidad de los usuarios, que pueden ser captados en momentos privados. Sólo las Fuerzas de Seguridad pueden colocar las cámaras de seguridad en la vía pública. La Ley Orgánica 4/1997 de cuatro de agosto les reserva esta atribución. Por otro lado, las que se sitúan en las carreteras dependen de las autoridades que gestionan el tráfico, como la DGT, y se encuentran obligadas a señalizar su situación.
Ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle
Por esta razón, en principio, ninguna empresa u organización puede instalar sistemas de vigilancia en la calle. Se tienen que limitar al entorno privado, con la única excepción de que la calle sea el único lugar posible para captar la escena deseada y siempre que el objeto de grabación pertenezca a la empresa. Un ejemplo de esta situación se produce cuando se sitúa una cámara en la calle para conseguir la perspectiva suficiente para vigilar un garaje. Inevitablemente se grabaría a las personas que pasearan por la acera en la parte correspondiente a dicho garaje.
En los lugares de trabajo también se pueden colocar cámaras y no es necesario el consentimiento de los trabajadores. Sin embargo, deben informar de que se han instalado. Según la legislación actual, hay que seguir el principio de la proporcionalidad. Es decir, que no haya un método menos invasivo para la intimidad y que se sitúen donde menos molesten a las personas. Así, no se pueden instalar en baños o vestuarios, zonas de descanso, taquillas, ni en las aulas de un colegio (salvo casos excepcionales) o en zonas donde la imagen de la persona pueda verse afectada, como los gimnasios.
Notificar la presencia de la cámara
Las empresas u organismos que instalen un sistema de videovigilancia deben notificárselo a la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD), incluso si se trata de comunidades de vecinos, tarea para la que tendrán que contratar a una empresa de seguridad privada autorizada, según la Ley de Seguridad Privada. Además, se debe designar quién será el responsable del visionado de las imágenes y qué personas están autorizadas a contemplar las mismas. Cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada.
Por otro lado, se debe señalar de forma clara la zona donde se produce la videovigilancia con "al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible", según la Instrucción 1/2006 de la AGPD. Esto no significa que se deba poner al lado de la cámara, sino que cualquier persona, antes de ser grabada, debe saber que se dispone a transitar por una zona videovigilada. Al mismo tiempo, las empresas u organismos tienen la obligación de facilitar hojas a los ciudadanos donde se informe de los derechos de acceso y cancelación de su presencia en dichas imágenes. El propietario del sistema debe identificarse en aquellos casos en que haya varias posibilidades, por ejemplo, dentro de un centro comercial.
Si se graban y guardan las imágenes de las cámaras de videovigilancia, se debe crear un fichero y registrarlo en el Registro General de Protección de Datos de la AGPD. Las empresas se exponen a sanciones en caso de no hacerlo. Si las imágenes sólo se visualizan por un encargado de seguridad y no se registran en ningún soporte, desaparece la obligación de elaborar el fichero.
Se deben bloquear pasado un mes.
Según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD, 15/1999 de 13 de diciembre), los poseedores de estos sistemas deben garantizar la seguridad de las imágenes. Esta ley desarrollada en la instrucción 1/2006 de la AGPD explicita que se debe evitar su "alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado".
Por otro lado, los vídeos deben bloquearse como máximo un mes después del día en que se grabaron. Esto significa que una vez bloqueados sólo pueden acceder a ellos las administraciones públicas, jueces o tribunales para la "atención de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento" y sólo mientras prescriben éstas. Se refiere a supuestos como que se produzca un delito y éste haya sido captado por las cámaras. Entonces, se debe conservar la grabación como prueba hasta que se prescriba el plazo correspondiente, momento en que se deben suprimir los contenidos.
Las grabaciones realizadas por videocámaras domésticas, pensadas para captar momentos de ocio, se liberan de cualquiera de las obligaciones de la LOPD, igual que ocurre con las efectuadas por medios de comunicación y por otros elementos como los videoporteros.
Derechos y deberes ante la videovigilancia.
Las cámaras de vigilancia se extienden dentro de organismos
públicos y empresas con fines de seguridad, pero pueden invadir la intimidad
del ciudadano.
Riesgo para la privacidad
Ante el incremento del número de cámaras en entornos privados, los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia. Para ello, se debe entregar una fotografía personal reciente de forma que el responsable de la instalación pueda comparar la imagen con la que se supone que aparece en las grabaciones. Después, los responsables enviarán por escrito el momento en que se captó a la persona y lo que estaba haciendo en ese momento.
Los ciudadanos también tienen el derecho de cancelar su contenido, que será borrado después de ser examinado por las autoridades judiciales o los cuerpos de seguridad en un plazo determinado de tiempo. En caso de la denegación de uno de estos derechos, se puede solicitar la tutela del director de la AGPD.
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia situadas en entornos privados, salvo en bancos y cajas de ahorro.
Los bancos y las cajas de ahorros constituyen una excepción porque se encuentran obligados por ley a instalar cámaras de vigilancia. Además, sólo podrán acceder a ellas las Fuerzas de Seguridad en caso de que se cometa un delito y las imágenes sólo las pueden contemplar éstas y los servicios de seguridad privada. Por esta razón, en este caso los ciudadanos no tienen el derecho de acceso y tampoco de cancelación, que se produce automáticamente cuando transcurren 15 días.
Por otro lado, desde ámbitos académicos se ha analizado el resultado de la instalación de cámaras de vigilancia en las ciudades. Por ejemplo, un estudio (PDF) llevado a cabo por el CITRIS (siglas en inglés de Centro para la Investigación en Tecnologías de la Información para el Interés de la Sociedad) y la Universidad de Berkeley en la ciudad de San Francisco (Estados Unidos), y publicado en diciembre del año pasado, determinó que no se habían reducido los crímenes violentos pero que sí habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%.
Resistencia activa ante las cámaras.
Un estudio norteamericano llegó a la conclusión de que con la videovigilancia habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%
En Estados Unidos se han formado diversos grupos que protestan ante la colocación indiscriminada de cámaras en la vía pública. Por ejemplo, el grupo Surveillance Camera Players ofrece mapas de los equipos de grabación instalados en la ciudad de Nueva York, con gráficos de cómo se distribuyen por diferentes lugares como Times Square, la Quinta Avenida, Harlem, etcétera. También dispone de mapas de otras ciudades estadounidenses, como Boston, Chicago o Portland. Entre sus actividades proponen circuitos guiados por Nueva York para ver en persona los diferentes sitios donde se sitúan las cámaras.
Asimismo, resulta curiosa una iniciativa del Institute for Applied Autonomy denominada I-See. Se trata de una aplicación web que permite encontrar las rutas más adecuadas para caminar y evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York. En la práctica, dada la proliferación de estos equipos en Manhattan, resulta muy difícil evitarlos en ciertas calles. Además, ofrecen su propio mapa de la situación de los equipos de grabación.
Acceso a las imágenes vía Internet
El servicio web I-See permite encontrar las rutas más adecuadas para evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York
La tecnología permite enviar con facilidad las imágenes captadas a través de Internet. El vídeo comprimido no ocupa mucho y la extensión de accesos ADSL y cable permite la velocidad suficiente para una buena transferencia de las imágenes. Así, el control y tratamiento del vídeo se puede producir lejos de la instalación concreta, pero el riesgo para la privacidad de las personas aumenta, sobre todo en el caso de que no se cifre la conexión de datos.
En el mercado se venden cámaras de vigilancia inalámbricas y caseras que sirven para vigilar y que también se tienen que ajustar a los preceptos de la LOPD. Conviene tener en cuenta antes de adquirir uno de estos equipos que ofrezca cifrado en su conexión (si es WPA2, mejor), de forma que se dificulte al máximo que personas ajenas accedan a los contenidos registrados por la cámara
Riesgo para la privacidad
Ante el incremento del número de cámaras en entornos privados, los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia. Para ello, se debe entregar una fotografía personal reciente de forma que el responsable de la instalación pueda comparar la imagen con la que se supone que aparece en las grabaciones. Después, los responsables enviarán por escrito el momento en que se captó a la persona y lo que estaba haciendo en ese momento.
Los ciudadanos también tienen el derecho de cancelar su contenido, que será borrado después de ser examinado por las autoridades judiciales o los cuerpos de seguridad en un plazo determinado de tiempo. En caso de la denegación de uno de estos derechos, se puede solicitar la tutela del director de la AGPD.
Los ciudadanos tienen derecho a acceder a las grabaciones de las cámaras de videovigilancia situadas en entornos privados, salvo en bancos y cajas de ahorro.
Los bancos y las cajas de ahorros constituyen una excepción porque se encuentran obligados por ley a instalar cámaras de vigilancia. Además, sólo podrán acceder a ellas las Fuerzas de Seguridad en caso de que se cometa un delito y las imágenes sólo las pueden contemplar éstas y los servicios de seguridad privada. Por esta razón, en este caso los ciudadanos no tienen el derecho de acceso y tampoco de cancelación, que se produce automáticamente cuando transcurren 15 días.
Por otro lado, desde ámbitos académicos se ha analizado el resultado de la instalación de cámaras de vigilancia en las ciudades. Por ejemplo, un estudio (PDF) llevado a cabo por el CITRIS (siglas en inglés de Centro para la Investigación en Tecnologías de la Información para el Interés de la Sociedad) y la Universidad de Berkeley en la ciudad de San Francisco (Estados Unidos), y publicado en diciembre del año pasado, determinó que no se habían reducido los crímenes violentos pero que sí habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%.
Resistencia activa ante las cámaras.
Un estudio norteamericano llegó a la conclusión de que con la videovigilancia habían disminuido los robos entre un 20% y un 30%
En Estados Unidos se han formado diversos grupos que protestan ante la colocación indiscriminada de cámaras en la vía pública. Por ejemplo, el grupo Surveillance Camera Players ofrece mapas de los equipos de grabación instalados en la ciudad de Nueva York, con gráficos de cómo se distribuyen por diferentes lugares como Times Square, la Quinta Avenida, Harlem, etcétera. También dispone de mapas de otras ciudades estadounidenses, como Boston, Chicago o Portland. Entre sus actividades proponen circuitos guiados por Nueva York para ver en persona los diferentes sitios donde se sitúan las cámaras.
Asimismo, resulta curiosa una iniciativa del Institute for Applied Autonomy denominada I-See. Se trata de una aplicación web que permite encontrar las rutas más adecuadas para caminar y evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York. En la práctica, dada la proliferación de estos equipos en Manhattan, resulta muy difícil evitarlos en ciertas calles. Además, ofrecen su propio mapa de la situación de los equipos de grabación.
Acceso a las imágenes vía Internet
El servicio web I-See permite encontrar las rutas más adecuadas para evitar las cámaras de seguridad que se encuentran dispersas por Nueva York
La tecnología permite enviar con facilidad las imágenes captadas a través de Internet. El vídeo comprimido no ocupa mucho y la extensión de accesos ADSL y cable permite la velocidad suficiente para una buena transferencia de las imágenes. Así, el control y tratamiento del vídeo se puede producir lejos de la instalación concreta, pero el riesgo para la privacidad de las personas aumenta, sobre todo en el caso de que no se cifre la conexión de datos.
En el mercado se venden cámaras de vigilancia inalámbricas y caseras que sirven para vigilar y que también se tienen que ajustar a los preceptos de la LOPD. Conviene tener en cuenta antes de adquirir uno de estos equipos que ofrezca cifrado en su conexión (si es WPA2, mejor), de forma que se dificulte al máximo que personas ajenas accedan a los contenidos registrados por la cámara
15 ene 2014
La Carta de la Tierra
Preámbulo
Estamos en un momento crítico de la historia de la Tierra, en el cual la humanidad debe elegir su futuro. A medida que el mundo se vuelve cada vez más interdependiente y frágil, el futuro depara, a la vez, grandes riesgos y grandes promesas. Para seguir adelante, debemos reconocer que en medio de la magnífica diversidad de culturas y formas de vida, somos una sola familia humana y una sola comunidad terrestre con un destino común. Debemos unirnos para crear una sociedad global sostenible fundada en el respeto hacia la naturaleza, los derechos humanos universales, la justicia económica y una cultura de paz. En torno a este fin, es imperativo que nosotros, los pueblos de la Tierra, declaremos nuestra responsabilidad unos hacia otros, hacia la gran comunidad de la vida y hacia las generaciones futuras.
La Tierra, nuestro hogar
La humanidad es parte de un vasto universo evolutivo. La Tierra, nuestro hogar, está viva con una comunidad singular de vida. Las fuerzas de la naturaleza promueven a que la existencia sea una aventura exigente e incierta, pero la Tierra ha brindado las condiciones esenciales para la evolución de la vida. La capacidad de recuperación de la comunidad de vida y el bienestar de la humanidad dependen de la preservación de una biosfera saludable, con todos sus sistemas ecológicos, una rica variedad de plantas y animales, tierras fértiles, aguas puras y aire limpio. El medio ambiente global, con sus recursos finitos, es una preocupación común para todos los pueblos. La protección de la vitalidad, la diversidad y la belleza de la Tierra es un deber sagrado.
La situación global
Los patrones dominantes de producción y consumo están causando devastación ambiental, agotamiento de recursos y una extinción masiva de especies. Las comunidades están siendo destruidas. Los beneficios del desarrollo no se comparten equitativamente y la brecha entre ricos y pobres se está ensanchando. La injusticia, la pobreza, la ignorancia y los conflictos violentos se manifiestan por doquier y son la causa de grandes sufrimientos. Un aumento sin precedentes de la población humana ha sobrecargado los sistemas ecológicos y sociales. Los fundamentos de la seguridad global están siendo amenazados. Estas tendencias son peligrosas, pero no inevitables.
Los retos venideros
La elección es nuestra: formar una sociedad global para cuidar la Tierra y cuidarnos unos a otros o arriesgarnos a la destrucción de nosotros mismos y de la diversidad de la vida. Se necesitan cambios fundamentales en nuestros valores, instituciones y formas de vida. Debemos darnos cuenta de que, una vez satisfechas las necesidades básicas, el desarrollo humano se refiere primordialmente a ser más, no a tener más. Poseemos el conocimiento y la tecnología necesarios para proveer a todos y para reducir nuestros impactos sobre el medio ambiente. El surgimento de una sociedad civil global, está creando nuevas oportunidades para construir un mundo democrático y humanitario. Nuestros retos ambientales, económicos, políticos, sociales y espirituales, están interrelacionados y juntos podemos proponer y concretar soluciones comprensivas.
Responsabilidad Universal
Para llevar a cabo estas aspiraciones, debemos tomar la decisión de vivir de acuerdo con un sentido de responsabilidad universal, identificándonos con toda la comunidad terrestre, al igual que con nuestras comunidades locales. Somos ciudadanos de diferentes naciones y de un solo mundo al mismo tiempo, en donde los ámbitos local y global, se encuentran estrechamente vinculados. Todos compartimos una responsabilidad hacia el bienestar presente y futuro de la familia humana y del mundo viviente en su amplitud. El espíritu de solidaridad humana y de afinidad con toda la vida se fortalece cuando vivimos con reverencia ante el misterio del ser, con gratitud por el regalo de la vida y con humildad con respecto al lugar que ocupa el ser humano en la naturaleza.
Necesitamos urgentemente una visión compartida sobre los valores básicos que brinden un fundamento ético para la comunidad mundial emergente. Por lo tanto, juntos y con una gran esperanza, afirmamos los siguientes principios interdependientes, para una forma de vida sostenible, como un fundamento común mediante el cual se deberá guiar y valorar la conducta de las personas, organizaciones, empresas, gobiernos e instituciones transnacionales.
Principios
I. RESPETO Y CUIDADO DE LA COMUNIDAD DE LA VIDA
1. Respetar la Tierra y la vida en toda su diversidad
- Reconocer que todos los seres son interdependientes y que toda forma de vida independientemente de su utilidad, tiene valor para los seres humanos.
- Afirmar la fe en la dignidad inherente a todos los seres humanos y en el potencial intelectual, artístico, ético y espiritual de la humanidad.
2. Cuidar la comunidad de la vida con entendimiento, compasión y amor.
- Aceptar que el derecho a poseer, administrar y utilizar los recursos naturales conduce hacia el deber de prevenir daños ambientales y proteger los derechos de las personas.
- Afirmar, que a mayor libertad, conocimiento y poder, se presenta una correspondiente responsabilidad por promover el bien común.
3. Construir sociedades democráticas que sean justas, participativas, sostenibles y pacíficas
- Reconocer que la libertad de acción de cada generación se encuentra condicionada por las necesidades de las generaciones futuras.
- Promover la justicia social y económica, posibilitando que todos alcancen un modo de vida seguro y digno, pero ecológicamente responsable.
4. Asegurar que los frutos y la belleza de la Tierra se preserven para las generaciones presentes y futuras.
- Reconocer que la libertad de acción de cada generación se encuentra condicionada por las necesidades de las generaciones futuras.
- Transmitir a las futuras generaciones valores, tradiciones e instituciones, que apoyen la prosperidad a largo plazo, de las comunidades humanas y ecológicas de la Tierra.
Para poder realizar estos cuatro compromisos generales, es necesario:
II. INTEGRIDAD ECOLÓGICA
5. Proteger y restaurar la integridad de los sistemas ecológicos de la Tierra, con especial preocupación por la diversidad biológica y los procesos naturales que sustentan la vida.
- Adoptar, a todo nivel, planes de desarrollo sostenible y regulaciones que permitan incluir la conservación y la rehabilitación ambientales, como parte integral de todas las iniciativas de desarrollo.
- Establecer y salvaguardar reservas viables para la naturaleza y la biosfera, incluyendo tierras silvestres y áreas marinas, de modo que tiendan a proteger los sistemas de soporte a la vida de la Tierra, para mantener la biodiversidad y preservar nuestra herencia natural.
- Promover la recuperación de especies y ecosistemas en peligro.
- Controlar y erradicar los organismos exógenos o genéticamente modificados, que sean dañinos para las especies autóctonas y el medio ambiente; y además, prevenir la introducción de tales organismos dañinos.
- Manejar el uso de recursos renovables como el agua, la tierra, los productos forestales y la vida marina, de manera que no se excedan las posibilidades de regeneración y se proteja la salud de los ecosistemas.
- Manejar la extracción y el uso de los recursos no renovables, tales como minerales y combustibles fósiles, de forma que se minimice su agotamiento y no se causen serios daños ambientales.
6. Evitar dañar como el mejor método de protección ambiental y cuando el conocimiento sea limitado, proceder con precaución.
- Tomar medidas para evitar la posibilidad de daños ambientales graves o irreversibles, aun cuando el conocimiento científico sea incompleto o inconcluso.
- Imponer las pruebas respectivas y hacer que las partes responsables asuman las consecuencias de reparar el daño ambiental, principalmente para quienes argumenten que una actividad propuesta no causará ningún daño significativo.
- Asegurar que la toma de decisiones contemple las consecuencias acumulativas, a largo término, indirectas, de larga distancia y globales de las actividades humanas.
- Prevenir la contaminación de cualquier parte del medio ambiente y no permitir la acumulación de sustancias radioactivas, tóxicas u otras sustancias peligrosas.
- Evitar actividades militares que dañen el medio ambiente.
7. Adoptar patrones de producción, consumo y reproducción que salvaguarden las capacidades regenerativas de la Tierra, los derechos humanos y el bienestar comunitario.
- Reducir, reutilizar y reciclar los materiales usados en los sistemas de producción y consumo y asegurar que los desechos residuales puedan ser asimilados por los sistemas ecológicos.
- Actuar con moderación y eficiencia al utilizar energía y tratar de depender cada vez más de los recursos de energía renovables, tales como la solar y eólica.
- Promover el desarrollo, la adopción y la transferencia equitativa de tecnologías ambientalmente sanas.
- Internalizar los costos ambientales y sociales totales de bienes y servicios en su precio de venta y posibilitar que los consumidores puedan identificar productos que cumplan con las más altas normas sociales y ambientales.
- Asegurar el acceso universal al cuidado de la salud que fomente la salud reproductiva y la reproducción responsable.
- Adoptar formas de vida que pongan énfasis en la calidad de vida y en la suficiencia material en un mundo finito.
8. Impulsar el estudio de la sostenibilidad ecológica y promover el intercambio abierto y la extensa aplicación del conocimiento adquirido.
- Apoyar la cooperación internacional científica y técnica sobre sostenibilidad, con especial atención a las necesidades de las naciones en desarrollo.
- Reconocer y preservar el conocimiento tradicional y la sabiduría espiritual en todas las culturas que contribuyen a la protección ambiental y al bienestar humano.
- Asegurar que la información de vital importancia para la salud humana y la protección ambiental, incluyendo la información genética, esté disponible en el dominio público.
III. JUSTICIA SOCIAL Y ECONÓMICA
9. Erradicar la pobreza como un imperativo ético, social y ambiental.
- Garantizar el derecho al agua potable, al aire limpio, a la seguridad alimenticia, a la tierra no contaminada, a una vivienda y a un saneamiento seguro, asignando los recursos nacionales e internacionales requeridos.
- Habilitar a todos los seres humanos con la educación y con los recursos requeridos para que alcancen un modo de vida sostenible y proveer la seguridad social y las redes de apoyo requeridos para quienes no puedan mantenerse por sí mismos.
- Reconocer a los ignorados, proteger a los vulnerables, servir a aquellos que sufren y posibilitar el desarrollo de sus capacidades y perseguir sus aspiraciones.
10. Asegurar que las actividades e instituciones económicas, a todo nivel, promuevan el desarrollo humano de forma equitativa y sostenible.
- Promover la distribución equitativa de la riqueza dentro de las naciones y entre ellas.
- Intensificar los recursos intelectuales, financieros, técnicos y sociales de las naciones en desarrollo y liberarlas de onerosas deudas internacionales.
- Asegurar que todo comercio apoye el uso sostenible de los recursos, la protección ambiental y las normas laborales progresivas.
- Involucrar e informar a las corporaciones multinacionales y a los organismos financieros internacionales para que actúen transparentemente por el bien público y exigirles responsabilidad por las consecuencias de sus actividades.
11. Afirmar la igualdad y equidad de género como prerrequisito para el desarrollo sostenible y asegurar el acceso universal a la educación, el cuidado de la salud y la oportunidad económica.
- Asegurar los derechos humanos de las mujeres y las niñas y terminar con toda la violencia contra ellas.
- Promover la participación activa de las mujeres en todos los aspectos de la vida económica, política, cívica, social y cultural, como socias plenas e iguales en la toma de decisiones, como líderes y como beneficiarias.
- Fortalecer las familias y garantizar la seguridad y la crianza amorosa de todos sus miembros.
12. Defender el derecho de todos, sin discriminación, a un entorno natural y social que apoye la dignidad humana, la salud física y el bienestar espiritual, con especial atención a los derechos de los pueblos indígenas y las minorías.
- Eliminar la discriminación en todas sus formas, tales como aquellas basadas en la raza, el color, el género, la orientación sexual, la religión, el idioma y el origen nacional, étnico o social.
- Afirmar el derecho de los pueblos indígenas a su espiritualidad, conocimientos, tierras y recursos y a sus prácticas vinculadas a un modo de vida sostenible.
- Honrar y apoyar a los jóvenes de nuestras comunidades, habilitándolos para que ejerzan su papel esencial en la creación de sociedades sostenibles.
- Proteger y restaurar lugares de importancia que tengan un significado cultural y espiritual.
IV. DEMOCRACIA, NO VIOLENCIA Y PAZ
13. Fortalecer las instituciones democráticas en todos los niveles y brindar transparencia y rendimiento de cuentas en la gobernabilidad, participación inclusiva en la toma de decisiones y acceso a la justicia.
- Sostener el derecho de todos a recibir información clara y oportuna sobre asuntos ambientales, al igual que sobre todos los planes y actividades de desarrollo que los pueda afectar o en los que tengan interés.
- Apoyar la sociedad civil local, regional y global y promover la participación significativa de todos los individuos y organizaciones interesados en la toma de decisiones.
- Proteger los derechos a la libertad de opinión, expresión, reunión pacífica, asociación y disensión.
- Instituir el acceso efectivo y eficiente de procedimientos administrativos y judiciales independientes, incluyendo las soluciones y compensaciones por daños ambientales y por la amenaza de tales daños.
- Eliminar la corrupción en todas las instituciones públicas y privadas.
- Fortalecer las comunidades locales, habilitándolas para que puedan cuidar sus propios ambientes y asignar la responsabilidad ambiental en aquellos niveles de gobierno en donde puedan llevarse a cabo de manera más efectiva.
14. Integrar en la educación formal y en el aprendizaje a lo largo de la vida, las habilidades, el conocimiento y los valores necesarios para un modo de vida sostenible.
- Brindar a todos, especialmente a los niños y los jóvenes, oportunidades educativas que les capaciten para contribuir activamente al desarrollo sostenible.
- Promover la contribución de las artes y de las humanidades, al igual que de las ciencias, para la educación sobre la sostenibilidad.
- Intensificar el papel de los medios masivos de comunicación en la toma de conciencia sobre los retos ecológicos y sociales.
- Reconocer la importancia de la educación moral y espiritual para una vida sostenible.
15. Tratar a todos los seres vivientes con respeto y consideración.
- Prevenir la crueldad contra los animales que se mantengan en las sociedades humanas y protegerlos del sufrimiento.
- Proteger a los animales salvajes de métodos de caza, trampa y pesca, que les causen un sufrimiento extremo, prolongado o evitable.
- Evitar o eliminar, hasta donde sea posible, la toma o destrucción de especies por simple diversión, negligencia o desconocimiento.
16. Promover una cultura de tolerancia, no violencia y paz.
- Alentar y apoyar la comprensión mutua, la solidaridad y la cooperación entre todos los pueblos tanto dentro como entre las naciones.
- Implementar estrategias amplias y comprensivas para prevenir los conflictos violentos y utilizar la colaboración en la resolución de problemas para gestionar y resolver conflictos ambientales y otras disputas.
- Desmilitarizar los sistemas nacionales de seguridad al nivel de una postura de defensa no provocativa y emplear los recursos militares para fines pacíficos, incluyendo la restauración ecológica.
- Eliminar las armas nucleares, biológicas y tóxicas y otras armas de destrucción masiva.
- Asegurar que el uso del espacio orbital y exterior apoye y se comprometa con la protección ambiental y la paz.
- Reconocer que la paz es la integridad creada por relaciones correctas con uno mismo, otras personas, otras culturas, otras formas de vida, la Tierra y con el todo más grande, del cual somos parte.
El camino hacia adelante
Como nunca antes en la historia, el destino común nos hace un llamado a buscar un nuevo comienzo. Tal renovación es la promesa de estos principios de la Carta de la Tierra. Para cumplir esta promesa, debemos comprometernos a adoptar y promover los valores y objetivos en ella expuestos.
El proceso requerirá un cambio de mentalidad y de corazón; requiere también de un nuevo sentido de interdependencia global y responsabilidad universal. Debemos desarrollar y aplicar imaginativamente la visión de un modo de vida sostenible a nivel local, nacional, regional y global. Nuestra diversidad cultural es una herencia preciosa y las diferentes culturas encontrarán sus propias formas para concretar lo establecido. Debemos profundizar y ampliar el diálogo global que generó la Carta de la Tierra, puesto que tenemos mucho que aprender en la búsqueda colaboradora de la verdad y la sabiduría.
La vida a menudo conduce a tensiones entre valores importantes. Ello puede implicar decisiones difíciles; sin embargo, se debe buscar la manera de armonizar la diversidad con la unidad; el ejercicio de la libertad con el bien común; los objetivos de corto plazo con las metas a largo plazo. Todo individuo, familia, organización y comunidad, tiene un papel vital que cumplir. Las artes, las ciencias, las religiones, las instituciones educativas, los medios de comunicación, las empresas, las organizaciones no gubernamentales y los gobiernos, están llamados a ofrecer un liderazgo creativo. La alianza entre gobiernos, sociedad civil y empresas, es esencial para la gobernabilidad efectiva.
Con el objeto de construir una comunidad global sostenible, las naciones del mundo deben renovar su compromiso con las Naciones Unidas, cumplir con sus obligaciones bajo los acuerdos internacionales existentes y apoyar la implementación de los principios de la Carta de la Tierra, por medio de un instrumento internacional legalmente vinculante sobre medio ambiente y desarrollo.
Que el nuestro sea un tiempo que se recuerde por el despertar de una nueva reverencia ante la vida; por la firme resolución de alcanzar la sostenibilidad; por el aceleramiento en la lucha por la justicia y la paz y por la alegre celebración de la vida.
8 ene 2014
2 ene 2014
Los aplazamientos de impuestos pueden tener los días contados
APLAZAMIENTOS
Se acabaron los aplazamientos
Hacienda da otra estocada a las empresas al negarse a tramitar aplazamientos en deudas inferiores a 18.000 euros y limitar la concesión en los casos de deudas superiores, en especial cuando provengan de retenciones.
Según Hacienda los empresarios se han estado aprovechando de la ligereza con que se han estado otorgando los aplazamientos para de ese modo conseguir una financiación improcedente.
La Instrucción 6/2013 hace hincapié a los funcionarios de recaudación que los aplazamientos y fraccionamientos solo deben concederse cuando afecten de manera sustancial al mantenimiento de la capacidad productiva de la empresa y/o al nivel de empleo de la misma, y cuando ello pudiese acabar con serios quebrantos para Hacienda Pública.
Evidentemente este criterio no es nuevo, lo que ocurre es que de alguna manera se ha estado levantando la mano a la hora de aprobar los aplazamientos.
Según palabras de la directora general de recaudación, Soledad García López, se ha detectado "una cierta utilización de forma fraudulenta de la figura del aplazamiento de las deudas tributarias", "que los periodos de ingreso voluntario señalados en la normativa de cada tributo traten de ser sustituidos, en estos casos, por los plazos de ingreso propuestos por los propios obligados tributarios", "La Hacienda Pública no solo tiene derecho a percibir las correspondientes cuotas tributarias, sino también a percibirlas en tiempo y forma".
Claro que por otra parte estos señores demoran las devoluciones importantes todo lo que les viene en gana, así que una vez más hablamos de la doble vara de medir. Para ellos, cobrar y pagar son cosas muy distintas.
Conozco casos en los que la administración le debe una ingente cantidad de dinero a empresas que, por otra parte, se ven obligadas a pedir aplazamientos para evitar embargos. ¿Qué ocurrirá en estos casos? ¿Se les denegará la posibilidad de aplazar sus pagos aunque sigan teniendo pendientes los cobros?
Ramón Cerdá
22 dic 2013
“La educación: la inculcación de
lo incomprensible al indiferente por parte de un incompetente” (Keynes)
Mark de Zabaleta
P.S: Ya saben lo que Galbraith dijo… “hay dos clases de economistas, los que no saben nada y los que no saben ni eso”.
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