11 ago 2011



EDUCACIÓN SOCIAL COMO POTENCIADORA DEL CAMBIO.

Autor: Belén Fernández Fdez, Educadora Social

Desde el año 1986 España forma parte de la Unión Europea, que promueve activamente los derechos humanos y la democracia. Toda la información que emana de dicha institución afecta a la directiva 123/2006, liberando servicios como es el caso de la ley omnibus y la ley paraguas . Estas leyes, potencian de esta forma un cambio en la realidad social, económica y profesional en España, en la teoría un paso importante para el educador social y sociedad en general.
Nuestro derecho positivo, reconoce lo que nuestras universidad mediante reforma de Bolonia está culminando, pero sin embargo estas leyes se encuentran interferidas o paralizadas por la inoperancia de los organismo públicos, políticos...No facilitando el bien hacer profesional, concretamente la educación y educador social, restringiendo parcelas en los ámbitos profesionales que le corresponde por regulación normativa, que regula la titulación profesional.
De esta forma se le está restringiendo la puesta en práctica de las funciones como educador social , ejemplo de esto se puede evidenciar dentro de la educación vial si accedemos a la página de la DGT:
http://www.dgt.es/educacionvial/_Que_es_Educacion_Vialu__Qu__es_educaci_n_vialu_.html
Nos aparece lo siguiente:
“Podemos definir la Educación Vial como parte de la Educación Social, siendo una eficaz base de actuación ciudadana, dado que trata de crear hábitos y actitudes positivas de convivencia, de calidad de vida, calidad medioambiental y la SEGURIDAD VIAL.”
Se postula que la la educación Social es parte de la Educación Vial sin embargo en la práctica no tenemos competencia ya que a quienes se les ha concedido pleno derecho a ejercer este tipo de educación son los psicólogos y las autoescuelas. En cuanto a la creación de impartición de educación vial por cuenta ajena no les esta permitido a ningún profesional, solamente tiene pleno derecho La Confederación Nacional de Autoescuelas de España.
Para ejemplificar más detalladamente la presente situación de desamparo de la figura del educador social, se puede materializar dentro de los cursos de los educación vial que se están impartiendo en la ciudad de Vigo desde el año 2008. Los encargados de realizar esta tarea, cuentan con el título de monitor pero no cuentan con ningún profesional diplomado.
Dichos monitores están estudiando Magisterio, y Pedagogía pero no tienen terminada la carrera.
El perfil de magisterio está destinado a la impartición de cursos Educación formal que es lo que se imparte en la escuela teniendo conocimientos sobre didáctica, es decir, sobre el tratamiento de una asigantura en particular( historia, lengua) pero no tienen formación en lo que respecta para trabajar el campo de cambio de actitudes, adquisición de habilidades visualizando de esta forma más allá del problema. Ya que es meramente el educador social el que debe desenvolver estas funciones porque es un agente de cambio y intervención social.
Si desde DGT se especifica que la educación vial como parte de la educación social como es posible que no se les tenga en cuenta, si tienen las competencias ya que son agentes de cambio y ese es uno de los objetivos de este tipo de educación producir un cambio de hábitos y de actitudes. Dentro de la misma planificación de las actividades tendría que ser quien coordina y quien lo ejecuta, sin embargo quien realiza estas tareas es el Inspector de policía que no tiene ningún tipo de nociones ni conocimientos sobre “educación”. El real decreto 1420 que regula la profesión y titulación de el educador social indica claramente que las competencias en reeducacion, re-inserción y sensibilización son propias y exclusivas de educación social nos preguntamos cómo es posible que se este constantemente vulnerando nuestro títulos competenciales y además la normativa europea anteriormente señalada que rige el estado español, sin que nadie haga nada; estamos hablando de unos pilares fundamentales de nuestro estado de derecho que es del área de lo social. No es un poco paradójico que un profesional que dentro de su perfil no tiene competencias re-educativas ejerza cómo tal, teniendo en cuenta en la página de la DGT se afirme que la Educación Social se encuadra dentro de la Educación Vial....
Quiero resaltar y confirmar que los datos anteriormente expuestos provienen de la fuente de la DGT que es organismo competente en esta materia, para mayor énfasis señalar la responsable de tráfico Aurora Cedenilla Díaz subdirectora general de Formación para la Seguridad Vial, hacia si nuestra figura es competente para realizar cursos sobre la educación vial es que; da potestad a los educadores sociales para la impartición de los presentes cursos de Educación Vial por parte de un Educador Social siempre que sean gratuitos...
Entonces podemos afirmar que la preparación que realizamos durante la carrera las capacidades y competencias que adquirimos se pueden llevar a la práctica pero solamente si lo realizamos de manera no lucrativa, de forma gratuita...De esta forma un médico también que tiene una consulta privada no puede tener potestad para poder cobrar por los servicios cobrados a sus pacientes debería realizar su trabajo gratuitamente. Es decir, igualmente que los informes sociales y educativos no se dan validez si no los presta un organismo público no tienen valor, pues de estos hechos se deberían trasladar también al ámbito de la medicina, ingeniería,arquitectura... que si no es un organismo público quien realice los informes no deberían de tener validez.
Si se describe que el educador Social es el perfil idóneo para la puesta en práctica del presente labor pero no se lleva a la práctica.....se están cerrando los yacimientos de empleo y cercenando al derecho profesional de libre elección de profesion y derecho al trabajo.
Quienes están llevando la educación vial es la policía que no tiene formación educativa ni preparación para la impartición en la transmisión de valores y cambio de actitudes, tiene conocimiento en circulación pero eso también lo tienen los propios conductores sobre las normas. ¿Qué es lo que se quiere inculcar?o ¿conocimiento de lo que se puede hacer o no?Si se pretende inculcar normas eso ya aparece en los libros cuando uno saca el carné.
De esta forma el ciudadano no cambiará actitudes se necesita un educador que reeduque en esas malas actitudes y valores contraídas se necesita un agente de cambio que crea conductores concienciados.
En la constitución en artículo 35 todos ” los españoles tienen deber de trabajar y derecho al trabajo, y a la libre elección de su profesión sin que haya discriminación por sexo”, no debemos olvidar del articulo 38 de la carta magna que habla de la libertad de empresa dentro de la economía de mercado, los poderes público se defenderán y garantizarán el ejercicio profesional evitando discriminación. No entro en más detalles como son la ley de competencia desleal y ley de defensa de la competencia.
Si la constitución y la Unión Europea es quien marca las pautas de actuación en nuestra sociedad,¿ quienes son los que no garantizan la ley? Si desde los poderes, la política las normas no ejecutadas no salvaguardan nuestro derechos, podemos confirmar que nos encontramos ante un Estado no democrático ni liberal sino que la época actual promueve un Estado de libertinaje dónde se hace caso omiso a las normas y los que gobiernas modifican, crean a su modo a favor de unos pocos sin tener en cuenta todos los estamentos sociales en este caso, promoviendo unas profesiones para que sean competitivas(medicina, arquitectura) y otras como educación social sean de segunda. De esta forma se está yendo en contra el ordenamiento jurídico vigente, contra un pilar fundamental de nuestra sociedad democrática la educación

Otro claro ejemplo de exclusión del educador social es en los centros de penitenciarías siendo sujetos activos para el ejercicio de su profesión en el campo de reeducación y la reinserción social.
En la constitución en artículo 25 del Título I de los derechos y deberes fundamentales “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la re-educación y re-inserción social”
Podemos definir la Educación centrada en la re-inserción y re-educación como parte exclusiva de la Educación Social, dado que trata de crear hábitos, actitudes positivas de calidad de vida.

Para concluir, quería dejar en el aire : si las leyes lo acreditan como un profesional competente, si en la práctica se ha demostrado las ventajas que supone esta profesión ¿Porqué se limita su trabajo?¿no es suficientemente importante la educación en nuestra sociedad?¿Queremos cabezas bien llenas o bien hechas?
El labor de colegio de educadores es una pieza clave para luchar por nuestros derechos por eso en imprescindible la reforma de unos Estatutos que se encuentran obsoletos en lo que se creen unas pautas de actuación consideradas de manera unánime como éticas y contribuyan al bien social de la profesión, sino otras profesionales que no están capacitadas para las materias realizarán trabajo de educadores y se permitirá el intrusismo profesional.
De esta forma si cuando se va a aprobar una ley si formamos parte de ella se puede evitar ese intrusismo profesional.
Así que no quedemos como meros espectadores que ven la realidad y se quedan estáticos, debemos sumergirnos en ella ya que decir educador social lleva intrínseco ser agente de cambio.
Pero para que este cambio sea posible se necesita unión e implicación por parte de los educadores ya que la unión hace el poder, el grupo consigue lo que se propone. pieza clave para poder formar parte del cambio.

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