Moncloa publica el informe sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios
Los objetivos del Anteproyecto de Ley son promover la creación de empleo, introducir más competencia, reducir el diferencial de inflación y favorecer el espíritu emprendedor. Como principio general, el ejercicio de una actividad de servicios no estará sujeto a autorización previa, sino a control a posteriori, lo que reducirá los trámites, el tiempo y el coste de iniciar un negocio con ganancias de eficiencia, productividad y empleo. Se refuerzan los derechos y garantías de los consumidores, pues dispondrán de más información sobre el prestador y sus servicios, y se reduce a un mes el plazo máximo para dar respuesta a las reclamaciones presentadas. Se pondrá en marcha una ventanilla única, donde se podrán realizar por vía telemática todos los trámites administrativos (europeos, nacionales, autonómicos y locales), para desarrollar la actividad de servicios en cualquier país de la Unión Europea. El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Vicepresidente Segundo y Ministro de Economía y Hacienda sobre el Anteproyecto de Ley sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios que, a partir de hoy, se someterá a audiencia pública y será remitido a las Comunidades Autónomas, a los órganos consultivos (Consejo de Consumidores y Usuarios, Comisión Nacional de Competencia, Comisión Nacional de Administración Local y Consejo Económico y Social) y al Consejo de Estado.
Esta norma supone la trasposición de la Directiva de Servicios al ordenamiento jurídico español. Se trata de una trasposición ambiciosa, gracias a la cual se impulsará la creación de empresas, la competencia y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas españolas en el sector servicios, que representa el 66 por 100 del PIB y del empleo en España, donde aún existe un amplio margen de mejora tanto en términos de productividad como de contención de precios.
Afectadas prácticamente todas las actividades de servicios Esta norma será de aplicación a prácticamente todas las actividades de servicios. Sólo se excluirán, tal y como establece la Directiva, los servicios financieros, comunicaciones electrónicas, transporte y servicios portuarios, empresas de trabajo temporal, servicios sanitarios y audiovisuales, determinadas actividades de juego, las actividades vinculadas al ejercicio de la autoridad pública, los servicios sociales prestados en virtud de acuerdo con la Administración o los servicios de seguridad privados.
La futura Ley establecerá criterios comunes para todas las Administraciones Públicas, con el objetivo de servir de guía a todas ellas a la hora de establecer su regulación, bajo los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación.
Entre las principales novedades, y como criterio general, propone eliminar los procesos de autorización previa y, cuando sea necesario, sustituirlas por notificaciones posteriores o declaraciones para su seguimiento por las autoridades competentes, y en las que el prestador de servicios se responsabilice del cumplimiento de los requisitos necesarios para el correcto funcionamiento de su actividad. Se garantiza la calidad de las prestaciones a través de los servicios de inspección y control a posteriori, que se refuerzan con esta norma.
Sólo podrán exigirse requisitos a la libre prestación de servicios cuando estén debidamente justificados por razones de salud pública, de protección del medio ambiente, de orden público o de seguridad pública; sean proporcionados y no sean discriminatorios por razón de nacionalidad o domicilio social.
Simplificación administrativa Con todo ello, se avanzará notablemente en la simplificación administrativa, eliminando todos los trámites que no sean necesarios y optando por las alternativas que sean menos gravosas para el ciudadano; por ejemplo, facilitando la tramitación por vía telemática y a distancia. Para ello, se creará una ventanilla única, donde se podrán realizar de manera ágil todos los trámites administrativos -europeos, nacionales, autonómicos y locales- para poder desarrollar la actividad de servicios en cualquier país europeo.
También se reforzarán los derechos y garantías de los consumidores, ya que se impondrán mayores obligaciones de información sobre el prestador y sus servicios. Además, se establece la obligatoriedad de dar respuesta a las reclamaciones en el plazo de un mes, a partir de la fecha en que hayan sido formuladas.
Por último, es preciso destacar que este borrador de Anteproyecto refuerza los mecanismos de cooperación entre las autoridades españolas y las del resto de los Estados miembros. Las Administraciones de todos los países de la Unión Europea deberán cooperar a efectos de información, control, inspección e investigación sobre los prestadores de servicios establecidos en su territorio, así como con la Comisión Europea. Se crearán los mecanismos necesarios para que el intercambio de información sea constante entre las distintas administraciones, con el fin de salvaguardar y proteger los intereses de los consumidores ante conductas indebidas o irregulares. Amplio alcance El alcance de este borrador de Anteproyecto de Ley es muy amplio, ya que se han identificado, al menos, siete mil procedimientos o disposiciones normativas que deberán revisarse a luz de esta nueva regulación y garantizar así su adecuación a los principios de esta normativa. El Ministerio de Economía y Hacienda elaborará, en el marco del grupo de trabajo para la transposición de la Directiva de Servicios, en el que participan el resto de los Ministerios, una propuesta de modificación de la normativa estatal de rango legal dirigida a garantizar el principio de libre acceso y ejercicio de las actividades del sector servicios. En ella se introducirán los cambios normativos necesarios para la supresión o adaptación de cualquier régimen de autorización, traba o requisito que limite o restrinja la realización de una actividad de servicios, y se fomente la mejora regulatoria. Enlace informe completo sobre transposición de la Directiva de servicios (presentación rueda de prensa)Libro Blanco sobre la reforma del sector servicios (pdf)Preguntas frecuentes (pdf)
Para más información sobre la reforma de los colegios profesionales, pulse aquí.
Borrador Anteproyecto de Ley sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios. Abierto el plazo de trámite de audiencia pública hasta el 5 de noviembre. Ministerio de Economía y Hacienda. 20 de octubre de 2008
Los objetivos del Anteproyecto de Ley son promover la creación de empleo, introducir más competencia, reducir el diferencial de inflación y favorecer el espíritu emprendedor. Como principio general, el ejercicio de una actividad de servicios no estará sujeto a autorización previa, sino a control a posteriori, lo que reducirá los trámites, el tiempo y el coste de iniciar un negocio con ganancias de eficiencia, productividad y empleo. Se refuerzan los derechos y garantías de los consumidores, pues dispondrán de más información sobre el prestador y sus servicios, y se reduce a un mes el plazo máximo para dar respuesta a las reclamaciones presentadas. Se pondrá en marcha una ventanilla única, donde se podrán realizar por vía telemática todos los trámites administrativos (europeos, nacionales, autonómicos y locales), para desarrollar la actividad de servicios en cualquier país de la Unión Europea. El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Vicepresidente Segundo y Ministro de Economía y Hacienda sobre el Anteproyecto de Ley sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios que, a partir de hoy, se someterá a audiencia pública y será remitido a las Comunidades Autónomas, a los órganos consultivos (Consejo de Consumidores y Usuarios, Comisión Nacional de Competencia, Comisión Nacional de Administración Local y Consejo Económico y Social) y al Consejo de Estado.
Esta norma supone la trasposición de la Directiva de Servicios al ordenamiento jurídico español. Se trata de una trasposición ambiciosa, gracias a la cual se impulsará la creación de empresas, la competencia y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas españolas en el sector servicios, que representa el 66 por 100 del PIB y del empleo en España, donde aún existe un amplio margen de mejora tanto en términos de productividad como de contención de precios.
Afectadas prácticamente todas las actividades de servicios Esta norma será de aplicación a prácticamente todas las actividades de servicios. Sólo se excluirán, tal y como establece la Directiva, los servicios financieros, comunicaciones electrónicas, transporte y servicios portuarios, empresas de trabajo temporal, servicios sanitarios y audiovisuales, determinadas actividades de juego, las actividades vinculadas al ejercicio de la autoridad pública, los servicios sociales prestados en virtud de acuerdo con la Administración o los servicios de seguridad privados.
La futura Ley establecerá criterios comunes para todas las Administraciones Públicas, con el objetivo de servir de guía a todas ellas a la hora de establecer su regulación, bajo los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación.
Entre las principales novedades, y como criterio general, propone eliminar los procesos de autorización previa y, cuando sea necesario, sustituirlas por notificaciones posteriores o declaraciones para su seguimiento por las autoridades competentes, y en las que el prestador de servicios se responsabilice del cumplimiento de los requisitos necesarios para el correcto funcionamiento de su actividad. Se garantiza la calidad de las prestaciones a través de los servicios de inspección y control a posteriori, que se refuerzan con esta norma.
Sólo podrán exigirse requisitos a la libre prestación de servicios cuando estén debidamente justificados por razones de salud pública, de protección del medio ambiente, de orden público o de seguridad pública; sean proporcionados y no sean discriminatorios por razón de nacionalidad o domicilio social.
Simplificación administrativa Con todo ello, se avanzará notablemente en la simplificación administrativa, eliminando todos los trámites que no sean necesarios y optando por las alternativas que sean menos gravosas para el ciudadano; por ejemplo, facilitando la tramitación por vía telemática y a distancia. Para ello, se creará una ventanilla única, donde se podrán realizar de manera ágil todos los trámites administrativos -europeos, nacionales, autonómicos y locales- para poder desarrollar la actividad de servicios en cualquier país europeo.
También se reforzarán los derechos y garantías de los consumidores, ya que se impondrán mayores obligaciones de información sobre el prestador y sus servicios. Además, se establece la obligatoriedad de dar respuesta a las reclamaciones en el plazo de un mes, a partir de la fecha en que hayan sido formuladas.
Por último, es preciso destacar que este borrador de Anteproyecto refuerza los mecanismos de cooperación entre las autoridades españolas y las del resto de los Estados miembros. Las Administraciones de todos los países de la Unión Europea deberán cooperar a efectos de información, control, inspección e investigación sobre los prestadores de servicios establecidos en su territorio, así como con la Comisión Europea. Se crearán los mecanismos necesarios para que el intercambio de información sea constante entre las distintas administraciones, con el fin de salvaguardar y proteger los intereses de los consumidores ante conductas indebidas o irregulares. Amplio alcance El alcance de este borrador de Anteproyecto de Ley es muy amplio, ya que se han identificado, al menos, siete mil procedimientos o disposiciones normativas que deberán revisarse a luz de esta nueva regulación y garantizar así su adecuación a los principios de esta normativa. El Ministerio de Economía y Hacienda elaborará, en el marco del grupo de trabajo para la transposición de la Directiva de Servicios, en el que participan el resto de los Ministerios, una propuesta de modificación de la normativa estatal de rango legal dirigida a garantizar el principio de libre acceso y ejercicio de las actividades del sector servicios. En ella se introducirán los cambios normativos necesarios para la supresión o adaptación de cualquier régimen de autorización, traba o requisito que limite o restrinja la realización de una actividad de servicios, y se fomente la mejora regulatoria. Enlace informe completo sobre transposición de la Directiva de servicios (presentación rueda de prensa)Libro Blanco sobre la reforma del sector servicios (pdf)Preguntas frecuentes (pdf)
Para más información sobre la reforma de los colegios profesionales, pulse aquí.
Borrador Anteproyecto de Ley sobre el libre acceso y ejercicio de las actividades de servicios. Abierto el plazo de trámite de audiencia pública hasta el 5 de noviembre. Ministerio de Economía y Hacienda. 20 de octubre de 2008
No hay comentarios:
Publicar un comentario