21 oct 2008

El ministro del Interior contrata ilegales y no los da de alta en la seguridad social

Un juez condena a Interior a readmitir a una traductora que cobraba "en negro"
El Ministerio debería ser el primero en dar ejemplo y si no lo hace debe asumir sus responsabilidades, por lo tanto dimitir y pagar de su bolsillo, no es posible que ante un hecho tan grave el Ministro y el Presidente del Gobierno sigan como si no ha pasado nada.

También puede indemnizar a la mujer con 22.365 euros.
Trabajaba para este departamento desde 1998 sin ningún tipo de contrato y cobraba "en negro" un salario de 300 euros mensuales.
El salario que le correspondería es de 1.450,62 euros.

Un juez de Madrid ha condenado al Ministerio del Interior a readmitir o indemnizar con 22.365 euros a una traductora de polaco que fue despedida después de trabajar para este departamento desde marzo de 1998 sin ningún tipo de contrato y que cobraba "en negro" un salario de 300 euros mensuales.
La mujer no firmaba en ningún momento ninguna nómina o recibo
En la sentencia, el magistrado declara probado que la mujer prestaba sus servicios "sin suscripción de contrato" y que, desde el inicio de su relación laboral, "ha percibido la cantidad mensual de 300 euros, que le son abonados en un sobre, sin que en ningún momento firmase ninguna nómina o recibo".
El salario que, según el convenio colectivo, corresponde a un traductor -cuya categoría profesional es la de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes Nivel 3- es de 1.450,62 euros.
Sin embargo, a partir de 2006, con el ingreso de Polonia en la Unión Europea, la denunciante dejó de hacer funciones de intérprete y seguía acudiendo a su puesto de trabajo, donde se le pedía que hiciera fotocopias u otras labores, hasta que el pasado 2 de mayo un responsable de la Brigada de Extranjería y Documentación le comunicó que sus servicios ya no eran necesarios.
"Empleo precario"El juez ha considerado que, dadas las circunstancias del caso, "cabe declarar la existencia de relación laboral entre las partes" y estima que el despido se produjo "sin ningún tipo de justificación" y sin las formalidades exigidas para la extinción del contrato de trabajo conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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